Compra de un vehículo a un difunto - Dudas y consejos

aneiker

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Buenas noches a todos:

Esta post que abro va dirigido a todo aquel que pueda ayudarme en temas de papeleo.

La cuestión es que me acabo de tropezar con una auténtica preciosidad del 68 pero ……..

Está matriculada en Madrid.

En tráfico he pedido el “informe de antecedentes” y tras trastear me encuentro con que el dueño murió en el 2008.

No ha pasado la ITV desde el 1988.

Trasteando más y más, he encontrado a su familiar más cercano que en su día heredó todas sus propiedades.

Me dice que sabía de la joya pero que no la veía desde hace unos 15 años.

De hecho, en su día no apareció señalado en el testamento.

Me comenta que si pago las tasas pendientes de Madrid (si es que las tiene) me la quede ya que a él no le interesa para nada.

Está claro de que no sabe de lo que está hablando.

Me dice (sin pensarlo 2 veces) que intentaría ampliar el testamento y me la vendería por 1 € pero me debería de hacer cargo de todo el papeleo.

Mis consultas:

¿sabéis como puedo enterar si tiene cargas municipales?

Alguna gente me dice que me deje de hacer una “declaración de herederos” y pase a hacer un contrato de compraventa con el difunto y fechado antes de que muriese.

Parece ser que es mejor y más fácil hacerlo “intervivos” que “mortis causa”

¿Cómo lo veis?

¿Hay alguien que controle de temas de gestoría y se pueda poner en contacto conmigo para ayudarme?

Un saludo y gracias a todos.

ANEIKER
 
Hola aneiker viendo el titulo del post me ha entrado curiosidad " Compra de un vehículo a un difunto - Dudas y consejos " porque ya tiene que ser dificil que un difunto venda algo.

Saludos y suerte con la compra.
 
  • Si se trata de una transferencia por fallecimiento, hay que aportar la declaración de herederos o el testamento junto al certificado de últimas voluntades o el cuaderno particional (cómo se divide la herencia) donde figure la adjudicación del vehículo y el impuesto de sucesiones.Si hay algun tramitae mas ya se me escapa.Espero haberte ayudado.Si llega a buen puerto el tema queremos foto!!!!!!
 
Si no han pasado tres meses desde el fallecimiento, puedes hacer un contrato de compraventa, le hechas una firma y cuela. Si han pasado los tres meses y hasta los seis meses, con un contrato firmado por la viuda tambien es valido.
Pasados los seis meses si tienes que aportar declaración de herederos, certificado de últimas voluntades y autorización de todos los herederos que te otorgan realizar la transferencia del vehículo.
Los contratos de compraventas de vehiculos sin pasar por registro tienen tres meses de validez.
 
Mmmm Que curioso.

Juraría que esa moto no tiene dueño. El dueño se murió. No la puso en el testamento. El heredero no la heredó. ¿Era heredero universal? Si quieres ir por aquí contactar con un abogado especialista.

Otra ruta. ¿Habéis pensado en el camino de las motos indocumentadas de + de 25 años? Acta en el notario con dos testigos diciendo que es tuya, y con eso ya puedes ir por el camino que podrás conocer a través del foro hermano www.lamaneta.com, en el hilo de temas legales, un verdadero maná para casos de motos con problemas de documentación, propiedad, etc.

Manuel
 
Si no han pasado tres meses desde el fallecimiento, puedes hacer un contrato de compraventa, le hechas una firma y cuela. Si han pasado los tres meses y hasta los seis meses, con un contrato firmado por la viuda tambien es valido.
Pasados los seis meses si tienes que aportar declaración de herederos, certificado de últimas voluntades y autorización de todos los herederos que te otorgan realizar la transferencia del vehículo.
Los contratos de compraventas de vehiculos sin pasar por registro tienen tres meses de validez.

El dueño falleció en 2008, indica el creador del hilo.

Manuel.
 
Y otra cosa cautelar... haceros un contrato privado escribiendo toda la situación, no un contrato de compraventa de vehículos estándar, sino un contrato de opción de compra, para evitar que si en el interín el señor se entera de lo que vale la bicha, te haga un corte de mangas y donde todo eran facilidades pase a decirte que mejor si le das 6.000 euros...

Lo malo es que igual el señor si te empeñas en aferrar mucho la jugada empiece a preocuparse y se informe....

Manuel
 
Y como o que hay que hacer para ir a ese notario para que me ratifique que es mía ????

Y que tipo de testigos me valdrían para hacer ver a todas luces que la moto es mía ???[

Para que no haya mal entendidos, haría un contrato privado de compraventa adicional con el heredero por 50 €, solo para archivarlo.

Saludos por anticipado


UOTE=ManuelZGZ;6625640]Mmmm Que curioso.

Juraría que esa moto no tiene dueño. El dueño se murió. No la puso en el testamento. El heredero no la heredó. ¿Era heredero universal? Si quieres ir por aquí contactar con un abogado especialista.

Otra ruta. ¿Habéis pensado en el camino de las motos indocumentadas de + de 25 años? Acta en el notario con dos testigos diciendo que es tuya, y con eso ya puedes ir por el camino que podrás conocer a través del foro hermano www.lamaneta.com, en el hilo de temas legales, un verdadero maná para casos de motos con problemas de documentación, propiedad, etc.

Manuel[/QUOTE]
 
Tienes información completa en http://www.lamaneta.org/forolamaneta/viewforum.php?f=8&start=25 es su foro legal.

El acta de notoriedad es en el notario con dos testigos que reconocen que tu tienes esa moto. "El acta de notoriedad es un acta mediante la cual dos personas o más dan fe ante un funcionario público de que se conoce de manera general un hecho particular ...". En nuestro caso, la propiedad de un vehículo.
"El objetivo de un acta de notoriedad consiste en proporcionar a las personas interesadas un instrumento para probar un hecho." Por tanto, provistos de este tipo de actas, los propietarios de vehículos pueden dirigirse a Tráfico para efectuar las gestiones oportunas cuando no haya sido posible demostrar la propiedad del vehículo de otras maneras.

Manuel
 
Vamos a ver. Si el hombre falleció en el 2.008 si alguien tiene el DNI guardado eso facilita las cosas. Lo que hay que hacer es contactar con una gestoría especializada en temas de Tráfico que seguro que en tu zona las hay. Por ejemplo, si conoces algún concesionario que te faciliten el dato. ¿Y por qué?. Pues muy fácil. Porque las gestorías especializadas están todo el día en Tráfico y conocen todos los palos que hay que manejar. Esa gestoría con el DNI del fallecido y una declaración jurada del heredero natural, que por orden debe ser cónyuge, descendientes y ascendientes, debería tener suficiente para, previo paso de ITV y estar al día de liquidación de impuestos, dejarlo todo OK.

Mi consejo es que en el mismo momento aproveches para cambiar matrícula a histórica que te hace ahorrarte seguro y futuros problemas de ITV. De hecho, si la gestoría tramita todo a la vez Tráfico pone menos trabas que si es un vehículo normal.
 
Vamos a ver. Si el hombre falleció en el 2.008 si alguien tiene el DNI guardado eso facilita las cosas. Lo que hay que hacer es contactar con una gestoría especializada en temas de Tráfico que seguro que en tu zona las hay. Por ejemplo, si conoces algún concesionario que te faciliten el dato. ¿Y por qué?. Pues muy fácil. Porque las gestorías especializadas están todo el día en Tráfico y conocen todos los palos que hay que manejar. Esa gestoría con el DNI del fallecido y una declaración jurada del heredero natural, que por orden debe ser cónyuge, descendientes y ascendientes, debería tener suficiente para, previo paso de ITV y estar al día de liquidación de impuestos, dejarlo todo OK.

Mi consejo es que en el mismo momento aproveches para cambiar matrícula a histórica que te hace ahorrarte seguro y futuros problemas de ITV. De hecho, si la gestoría tramita todo a la vez Tráfico pone menos trabas que si es un vehículo normal.

El problema que cita el autor del post es que la moto no estaba en la masa hereditaria que se legalizó en su día...

Y ahora el que tiene la moto pasa de gastarse un euro en integrar la moto en la herencia y "legalizar la propiedad".

Con lo cual y después de comentarlo con amigos del mundillo de los clásicos de cuatro ruedas esta mañana, lo razonable es averiguar cuanto cuesta legalizar la moto como herencia para el señor que la tiene, y una vez valorado ese gasto, decidir si vas por lo fino o por lo gordo.

No creo que estos gastos (notario + impuestos atrasados que te puedan exigir) lleguen al valor real que puede tener la moto, deduzco.

Por lo tanto no hay que ser rata y acatar que los regalos no caen del cielo gratis.

Una clasicorra tan sexy necesitará une sfuerzo para conseguirla, ¿o qué?

Manuel
 
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