Coyote, que los agentes sean menos "cabrones" que la reglamentacion, lo acepto, pero el año pasado solo eran válidas, oficialmente, las selladas (y cotizadas) en tráfico. Ahora parece que han hecho marcha atrás.
Ojo, SOLO EN ESPAÑA (y mas ojo, ANDORRA no es españa....)
Sacado de un foro de consutoria juridica:
Respuesta (09/10/2001 11:38)
.................. la fotocopias han de estar debidamente cotejadas y compulsadas por un Organismo Oficial que tenga competencia para ello (Tráfico ), y le cotejarán el permiso de circulación, la ficha técnica y el recibo del seguro. El permiso de conducir ha de llevar el original.<br>
En cuanto al seguro de su vehículo, si lo tuviera, le informamos que cubre los daños causados por cualquier conductor que tenga las mismas características de riesgo, esto quiere decir que las condiciones objetivas del conductor sean las mismas, (la edad, tiempo de permiso). ASESORIA JURIDICA DE CEA.
de otro:
LAS FOTOCOPIAS DE LA DOCUMENTACIÓN NO SON VÁLIDAS EN EL EXTRANJERO (viernes, 19 de julio de 2002)
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La validez de las fotocopias de la documentación del vehículo, siempre que se encuentren debidamente cotejadas, se limita a los solos efectos de acreditar la existencia del documento ante los agentes encargados de la vigilancia del tráfico cuando se circule por territorio español, pero nunca podrán sustituir a los originales en viajes al extranjero debido a que los convenios internacionales no contemplan la posibilidad de sustituirlos por fotocopias.
Esto es mas moderno, de la revista de la DGT. Amplia las posibilidades de compulsa:
http://www.dgt.es/revista/num153/pdf/153-Cartas.pdf