impuesto de circulación

SEBASTIAN_MIGUEL

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saludos al foro.
¿quisiera saber si es verdad lo que me han dicho esta mañana?
para hacer el traspaso de la suzuki,he tenido que pagar el último impuesto,que estaba pendiente y,me dicen que debo los de la guzzi que tengo en el garaje para reparar cuando pueda.
La moto es del 75 y me han dicho que a partir de 25 años no pagan impuestos.

gracias por adelantado.



V'ssssssssssssssssss

PD:si me han cobrado impuestos de mas,será un placer reclamar a la administración.
 
joder no se como va eso pero lo q si te puedo decir de q eso de reclamar....uff es jodio y a la administracion joderrrr
 
A partir de los 25 años, estan exentas del Impto. de Circulación, "pero" la última palabra siempre la tiene el Ayuntamiento de cada localidad. En el mío, Elda-Alicante, hay un descuento del 50% y sin embargo el Petrel (pueblo pegado a Elda) está exento completamente.
Con respecto a la guzzi, quizá tengas que solicitar la exención y no tendrías que pagar los 2 que debes, pero imagino que tendran recargo por no pagarlos, etc.....
Hablalo con el SUMA de tu ciudad, con mucho cariño y quizá ........
 
En Granada estás exento, pero si debes alguno anterior a que cumpliera 25 añitos, ya sabes, a pagar tocan.... y con recargo. Saludos desde Granada. ;)
 
Todo salvo la prescripción, ahora de cuatro años si no te han notificado nada de forma fehcaciente e indubitada. Perp, hijo, con la iglesia topamos. NO hay nada mas cerril que un ayuntamiento.
 
las motos de más de veinticino años son clásicas y están exentas de impuesto de circulación....pero tienes que ir al ayuntamiento a darles la brasa pá que te lo reconozcan.....a mí me pasó al hacer el traspaso de una de las vespas, y como tenía prisa y eras pocas pelas lo pagué y punto, pero el año siguiente reclamé la exención......
 
No obstante, existe una solucion para no pagar,.......y es solocitar la baja temporal,no la definitiva. Esto es siempre que no vayas ha circular con ella......
 
jacfr80gs dijo:
    No obstante, existe una solucion para no pagar,.......y es solocitar la baja temporal,no la definitiva. Esto es siempre que no vayas ha circular con ella......
egfectivamente si no vas andar con ella solicita esta baja que despues la puedes dar de alta cuando quieras y en ese tiempo no pagas impuestso y cuando la des de alta la puedes dar de alta directamente como vehiculo historico.
En cuando a la excesion de los 25 años depende de cada ayuntamiento como dice el gordi conla iglesia hemos topao ;) :-/
 
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