MOTO LIMITADA EN DOCUMENTACION Y SEGURO.

EMILIO

Curveando
Registrado
19 Ene 2005
Mensajes
1.158
Puntos
38
Ubicación
Caudete (Albacete)
Bueno, pues una pregunta de "culturilla de lola".

Esta tarde estabamos comentando los amigos moteros en una de esas charlas en las que te fumas un cigarro tranquilamente e intercambias opiniones.

el tema ha surgido, porque uno de ellos ,lleva la moto limitada en documentacion, pero no fisicamente, el dispone de carnet tipo A.

las cuestiones son:

-En caso de siniestro, te cubre el seguro al no llevar la moto como especifica la ficha tecnica?
-la policia te puede inmobilizar el vehiculo por esta causa?

En fin,respuestas de todo tipo como ya os podeis imaginar, pero alguien me puede aclarar el tema y decirme lo que dice la ley al respecto.

Esta mas que claro, que el puede conducir cualquier moto, pero yo por mi parte interpreto, que ese vehiculo en cuestion tiene alteradas sus caracteristicas con lo que especifica en su ficha tecnica, pero no asi el resto de compañeros-amigos.

bueno, cualquier apunte al respecto sera bien recibido y debidamente expuesto en la siguiente charla-coloquio entre amigos. :)

gracias.
 
en caso de accidente al tener unas caracteristicas tecnicas diferentes a la de la documentacion aunque tu amiga pueda llevar cualquier tipo de moto pueden poner trabar.

merece la pena pagar los 150e de deslimitacion y dejarse de problemas, absurdos, pero problemas
 
Es muy sencillo de aclarar, si la motocicleta no cumple las condiciones técnicas que le marca en la documentación, no puede ampararse en nada, ni siquiera en el seguro, que supongo tendrá sus cláusulas pertinentes para evitar este tipo de engaños, porque es un engaño.
 
585A515A4D5E535A4D5E4C5A4D3F0 dijo:
Es muy sencillo de aclarar, si la motocicleta no cumple las condiciones técnicas que le marca en la documentación, no puede ampararse en nada, ni siquiera en el seguro, que supongo tendrá sus cláusulas pertinentes para evitar este tipo de engaños, porque es un engaño.

Yo estoy totalmente de acuerdo con los comentarios, pero como se puede demostrar esto, estamps hablando de una limitacion que se hizo hace muchos años, cuando ni siquiera se les ponia precinto inviolable y ademas ha pasado un par de itv asi en este estado y no lo han detectado.

mi pregunta es algo mas compleja, si se desmonta esta claro,(por ejemplo siniestro) pero sin desmontar nada ( caso de parada policial) como se podria demostrar esto?.

yo se y no discuto, que es un engaño, habra que mirar como bien decis las clausulas del seguro, no vaya a ser que especifique que la moto esta limitada de potencia.

asi se lo expondre a mi amigo.

gracias por las respuestas.
 
A menos que sea un entendido en la materia, en ninguna parada policial te lo verían.......es un tema de ITV, pero si dices que ni ellos se han dado cuenta, pues no lo sé........lo malo de estos temas es cuando pasa algo grave (que no tiene porqué ocurrir), porque entonces sale todo y es cuando todo el mundo se agarra a lo que puede, ya me entiendes........

Es como cuando tienes un accidente y vas bebido.......nadie lo sabe, pero cuando te la pegas.........no hay seguro.....se agarran a un clavo ardiendo.

Yo, por lo que vale el tema, te aconsejo que lo legalices...y si la moto es muy vieja y no vale la pena, pues........
 
24262D2631222F263122302631430 dijo:
Yo, por lo que vale el tema, te aconsejo que lo legalices...

coño, yo pensaba que lo habia expuesto claramente.

que no quiero que haya confusiones, que mi rt esta en toda regla, y no tengo mas motos,que es la moto de un amigo y que le voy a exponer vuestros comentarios tal cual me los habeis dicho y ademas os doy las gracias por ello.
saludos.
 
Es una forma de decirlo Emilio...no me refiero a tí hombre....me refiero al dueño de la moto.
 
73717A71667578716675677166140 dijo:
Es una forma de decirlo Emilio...no me refiero a tí hombre....me refiero al dueño de la moto.


despues de escribirlo,me he dado cuenta del hecho.

pero bueno, tambien es sabido por el personal que hay mucha gente que escribe de esa manera ........................... " aun amigo le ha pasado............", (aunque este no es el caso).

le voy a transmitir a mi amigo vuestras opiniones , por que es muy buena gente y no quisiera yo que si por alguna de aquellas circunstancias que tiene la vida pasase algo , luego empezasemos con el tema de ""hay madre mia, si yo hubiese sabido"" . :'(

y pienso-creo que en breve le dara una solucion definitiva al asunto, que es pasar por el taller y con su certificado, la correspondiente itv y la anotacion en la ficha tecnica, que es como debe de ser.

gracias. ;)
 
2C2E252E392A272E392A382E394B0 dijo:
[highlight]A menos que sea un entendido en la materia, en ninguna parada policial te lo verían[/highlight].......es un tema de ITV, pero si dices que ni ellos se han dado cuenta, pues no lo sé........lo malo de estos temas es cuando pasa algo grave (que no tiene porqué ocurrir), porque entonces sale todo y es cuando todo el mundo se agarra a lo que puede, ya me entiendes........

Es como [highlight]cuando tienes un accidente y vas bebido.......nadie lo sabe, pero cuando te la pegas.........no hay seguro..[/highlight]...se agarran a un clavo ardiendo.

Yo, por lo que vale el tema, te aconsejo que lo legalices...y si la moto es muy vieja y no vale la pena, pues........
Dependiendo del tipo de moto esa afirmación es correcta, pero se puede ver en la centralita (hoy día casi todas las motos la llevan, la electrónica ya se sabe) si esta ha sido modificada, es decir falta el precinto, y si el número de serie de la centralita coincide o no, o si lleva los tacos correspondientes en el acelerador (no en el puño, sino donde tira el cable). En estos casos es una modificación de importancia en el vehículo (las características no se ajustan a las de la ficha) y a parte de la sanción una invitación a pasar la itv.
El siguiente problema sale en los accidentes con el seguro, que como todos los seguros se agarran a un clavo ardiendo por no pagar, y ante esto se fortarian las manos. Es más el sguro puede no hacerse responsable al no ajustarse las condiciones de la moto a la que se aseguró, y si se hace responsable, luego reclamar legal y judicialmente al propietario/asegurado lo que han pagado por tu accidente.
Ante un caso de accidente con una persona bebida, el seguro se hace cargo (hay jurisprudencia que así lo dictamina y como aseguran al vehículo y no al conductor, pues...) pero luego reclama al conductor los daños.
 
en realidad, lo que pasa en este pais es que vamos de "pillo a pillo"".

el otro dia le explique a mi amigo vuestras observaciones, y me explica, que en su seguro no tiene ninguna clausula de que la moto este limitada, es mas, ya se aseguro el agente de poner fecha de carnet de 2 años antes, asi el seguro era mas economico y no perdia un cliente. :'(

en fin, trampas por todos los lados.
y a todo esto el con la moto limitada solo en documentacion.
por cierto es una moto antigua y es de carburacion.
 
10181C191C1A550 dijo:
en realidad, lo que pasa en este pais es que vamos de "pillo a pillo"".

el otro dia le explique a mi amigo vuestras observaciones, y me explica, que en su seguro no tiene ninguna clausula de que la moto este limitada, es mas, ya se aseguro el agente de poner fecha de carnet de 2 años antes, asi el seguro era mas economico y no perdia un cliente. :'(

en fin, trampas por todos los lados.
y a todo esto el con la moto limitada  solo en documentacion.
por cierto es una moto antigua y es de carburacion.


Cuanta razón tienes chiquillo.......es la "picaresca nacional".....antes de que salga una Ley, ya hemos inventado la antítesis......
 
Atrás
Arriba