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http://www.lasprovincias.es/v/20120211/comunitat/juez-anula-multa-valenciana-20120211.html
Un magistrado de Lérida ha anulado una multa impuesta a una valenciana porque la Administración catalana se dirigió a ella siempre en catalán pese a que pidió expresamente que las comunicaciones escritas fueran en castellano.
La resolución del juzgado de lo Contencioso supone un severo varapalo a la forma de proceder de la Administración catalana y a su intento de imponer su lengua autonómica sobre otras comunidades.
La sanción de Tráfico se produjo en 2007. Fueron 240 euros, que se podrían haber quedado en unos 160 euros si la hubiera abonado dentro del periodo de descuento. Pero el abogado de la sancionada, Ernesto Carrascosa, decidió recurrir a los tribunales «por una cuestión de amor propio; orgullo». Cinco años más tarde obtiene un pronunciamiento favorable.
La sentencia explica cómo todas las notificaciones para que procediera al pago de la multa fueron realizadas en lengua catalana «cuando esta ni se habla ni es cooficial en la Comunidad». El magistrado recuerda que la cuestión ya quedó resuelta de manera «muy clara» en el Estatuto de Benicàssim en Peñíscola, que dispuso que serían cooficiales el valenciano y el castellano «sin hacer referencia ni siquiera indiciaria al catalán». Lo mismo ocurre tras la última reforma del Estatuto (2006).
El magistrado entiende que lo que no puede pretender la Generalidad de Cataluña es imponer su lengua cooficial a otra autonómía «pues ello supondría considerar menores de edad al resto». También expone sus críticas acerca de la «autoatribución» de querer ejercer una especie de «protectorado lingüístico-cultural». Esto equivale a un «ataque directo» a lo que libremente ha decidido otra región.
No queda ahí el argumentario del magistrado. En un paso más, califica la actitud de Cataluña como «falta de lealtad institucional» contra una autonomía que tiene el «mismo nivel competencial», que también «es una nacionalidad histórica» y que dispone de los mismos derechos para regular su lengua propia «sin recibir interferencias o condicionamientos exteriores». De hecho, la única posibilidad de que un documento redactado en catalán tenga validez es en las Islas Baleares. La sentencia concluye que si Cataluña quiere que sus resoluciones tengan eficacia jurídica «no le queda más remedio que traducirlas al castellano».
«Empecinamiento» catalán
No era la primera ocasión en que el mismo juzgado había resuelto asuntos relacionados con el «trato lingüístico» especialmente relacionado con las sanciones de Tráfico y que han conducido por «empecinamiento» en la anulación de muchas sanciones.
El juez recuerda sentencias similares. Llama la atención una de ellas porque recoge la 'extraña' discriminación que sufre el castellano. No ocurre lo mismo, por ejemplo, cuando los recursos se presentan en aranés. Entonces, la Administración catalana sí responde en la misma lengua que se le pregunta. La situación llega a definirse como «marginación lingüística».
La indefensión que esta forma de proceder causa al ciudadano es todavía más grave en los supuestos de Tráfico ya que son muchos los españoles que circulan por las carreteras de esa región y no conocen la lengua. La documentación que se les facilita siempre es en catalán incluso en el propio boletín de denuncia, que contiene al dorso una serie de indicaciones acerca de las consecuencias jurídicas. Además, incide en que se trata de una competencia que no le es propia a la autonomía sino que el Estado la traspasó en 1997.
El magistrado ordena que se envíe la sentencia a Les Corts y a la Generalitat Valenciana para que ejerciten -si consideraran que existe lealtad institucional- las acciones judiciales pertinentes.
El dinero para la cliente del letrado Carrascosa es lo de menos después de cinco años. Eso era más una anécdota dentro de la indignación que le produjo que no atendieran sus peticiones en Castellano. No obstante, exigirá a Hacienda que le devuelva los 240 euros -más los intereses- que le fueron retirados de la cuenta.
http://www.lasprovincias.es/v/20120211/comunitat/juez-anula-multa-valenciana-20120211.html
Un magistrado de Lérida ha anulado una multa impuesta a una valenciana porque la Administración catalana se dirigió a ella siempre en catalán pese a que pidió expresamente que las comunicaciones escritas fueran en castellano.
La resolución del juzgado de lo Contencioso supone un severo varapalo a la forma de proceder de la Administración catalana y a su intento de imponer su lengua autonómica sobre otras comunidades.
La sanción de Tráfico se produjo en 2007. Fueron 240 euros, que se podrían haber quedado en unos 160 euros si la hubiera abonado dentro del periodo de descuento. Pero el abogado de la sancionada, Ernesto Carrascosa, decidió recurrir a los tribunales «por una cuestión de amor propio; orgullo». Cinco años más tarde obtiene un pronunciamiento favorable.
La sentencia explica cómo todas las notificaciones para que procediera al pago de la multa fueron realizadas en lengua catalana «cuando esta ni se habla ni es cooficial en la Comunidad». El magistrado recuerda que la cuestión ya quedó resuelta de manera «muy clara» en el Estatuto de Benicàssim en Peñíscola, que dispuso que serían cooficiales el valenciano y el castellano «sin hacer referencia ni siquiera indiciaria al catalán». Lo mismo ocurre tras la última reforma del Estatuto (2006).
El magistrado entiende que lo que no puede pretender la Generalidad de Cataluña es imponer su lengua cooficial a otra autonómía «pues ello supondría considerar menores de edad al resto». También expone sus críticas acerca de la «autoatribución» de querer ejercer una especie de «protectorado lingüístico-cultural». Esto equivale a un «ataque directo» a lo que libremente ha decidido otra región.
No queda ahí el argumentario del magistrado. En un paso más, califica la actitud de Cataluña como «falta de lealtad institucional» contra una autonomía que tiene el «mismo nivel competencial», que también «es una nacionalidad histórica» y que dispone de los mismos derechos para regular su lengua propia «sin recibir interferencias o condicionamientos exteriores». De hecho, la única posibilidad de que un documento redactado en catalán tenga validez es en las Islas Baleares. La sentencia concluye que si Cataluña quiere que sus resoluciones tengan eficacia jurídica «no le queda más remedio que traducirlas al castellano».
«Empecinamiento» catalán
No era la primera ocasión en que el mismo juzgado había resuelto asuntos relacionados con el «trato lingüístico» especialmente relacionado con las sanciones de Tráfico y que han conducido por «empecinamiento» en la anulación de muchas sanciones.
El juez recuerda sentencias similares. Llama la atención una de ellas porque recoge la 'extraña' discriminación que sufre el castellano. No ocurre lo mismo, por ejemplo, cuando los recursos se presentan en aranés. Entonces, la Administración catalana sí responde en la misma lengua que se le pregunta. La situación llega a definirse como «marginación lingüística».
La indefensión que esta forma de proceder causa al ciudadano es todavía más grave en los supuestos de Tráfico ya que son muchos los españoles que circulan por las carreteras de esa región y no conocen la lengua. La documentación que se les facilita siempre es en catalán incluso en el propio boletín de denuncia, que contiene al dorso una serie de indicaciones acerca de las consecuencias jurídicas. Además, incide en que se trata de una competencia que no le es propia a la autonomía sino que el Estado la traspasó en 1997.
El magistrado ordena que se envíe la sentencia a Les Corts y a la Generalitat Valenciana para que ejerciten -si consideraran que existe lealtad institucional- las acciones judiciales pertinentes.
El dinero para la cliente del letrado Carrascosa es lo de menos después de cinco años. Eso era más una anécdota dentro de la indignación que le produjo que no atendieran sus peticiones en Castellano. No obstante, exigirá a Hacienda que le devuelva los 240 euros -más los intereses- que le fueron retirados de la cuenta.