Pues hoy me han parado ... y por tener BMW me han enseñado ...¡¡

angelsan

Curveando
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Hola a todos :

Hace ya un año que me compre la moto ( Oerr parece que fue hoy ¡¡ :)) , y después de mas de 14.000 km me han parado cuando iba de paseo unos señores de oliva que con toda la educación del mundo me han enseñado "cositas" que no hacemos bien y que ayudan a que nos empapelen por mucho que discutimos en nuestro querido foro :

Para vuestra info y aquellos incrédulos en algunos temas que se han comentado en otros post es importante lo siguiente " y mejor no entrar en discusiones con los agentes que le toquen a uno" :

1º- LUCES DE DIA EN LC ( Normal y ADV) : Son objeto de sanción sin duda, y tiene que ir encendida la luz de cruce . El agente me dice que en la Ley de Seguridad Vial en el apartado correspondiente a este tema en coches, camiones, furgonetas ...... si se especifica que luz de día diurna es ok , PERO que en motocicletas en amplio sentido no se menciona nada en el correspondiente artículo y que LA LUZ DE CRUCE ES OBLIGATORIA aunque la luz de día vaya encendida ( da igual que se vea bien,..... ) .
En la conversación el agente " me enseña a utilizar el cuadro de luces para que no me sancionen" jejej, y me dice que a alguno le han empapelado por " dudar de la autoridad " ¡¡

Por si esto no es suficiente

2º- REFLECTANTES MALETAS Y PARTE TRASERA MOTO : Son objeto de sanción los que yo llevo ( :shocked: :shocked: ) y eso que son de la mejor calidad ( 3M ) y que me costaron un egg .

Me han enseñado que " LOS REFLECTANTES DE LA PARTE POSTERIOR DEBEN SER ROJOS O AMARILLOS " ( como se ven en camiones, autobuses, ....) al proyectar la luz desde otro vehículo de noche .
Todos los adhesivos del tipo que llevo yo en la parte trasera como veis en la foto ( negros , o grises para mejor estética de la moto) " me enseñan son denunciables aunque se vean muy bien . Oerr con la ley ¡¡¡¡ Tendré que llevar mi chaqueta BMW streetguard a cambiar los reflectantes de la espalda en color rojo en vez de los grises actuales , ya que por la espalda no podré enseñar colores grises como en la moto no ??

p1FXYWDqj



Después de estos "dos caramelos ", petición de documentación ( todo ok , eso sí, no hace falta un folio o carpeta especifico para guardar
papeles jejej ) , me agradecen mi colaboración y me preguntan cosas sobre la nueva LC , ..... y tan amigos ¡¡¡

En fin después de esto, y de llevar la moto limpia , recién revisada y en estado de revista me he vuelto deprimido a casa pensando en que otras cosas tengo que cambiar " por si las moscas " ¡¡¡ :cool2:

Bueno suerte a todos y sobre todo buen rollito, y conversación constructiva con los agentes que ....... al final se aprenden cosas ¡¡

Saludos
 
Última edición:
Y el encuentro ha quedado en amigable charla? O ha habido algo más material?
 
Si se aplica la ley a raja-tabla, no se mueve en vehiculo por la carretera, te lo aseguro.
No creo que por no llevar los reflexivos negros o amarillos te vayan a denunciar, y por la luz diurna, si la itv no te la tira para atrás, una multa de alega y se gana, te lo aseguro.
Hay a ser mas estricto en otras cosas mas importantes y no en minucias como esa, y creeme, se de lo que hablo
 
Si se aplica la ley a raja-tabla, no se mueve en vehiculo por la carretera, te lo aseguro.
No creo que por no llevar los reflexivos negros o amarillos te vayan a denunciar, y por la luz diurna, si la itv no te la tira para atrás, una multa de alega y se gana, te lo aseguro.
Hay a ser mas estricto en otras cosas mas importantes y no en minucias como esa, y creeme, se de lo que hablo

Si si lo que tu me digas , pero a las 12:10 hrs de esta mañana he estado parado " hablando de estos temas " de buen rollo como 25 minutos y sin coste. En caso de " mal rollo " ( discusión,....) te aseguro que de entrada te empapelan con razón ( y presunción de veracidad , son agentes recuerda ¡¡ :cool2:) y luego a recurrir y que te salgan las cosas bien.

La verdad yo he optado por el BUEN ROLLO y la colaboración, cara de pena y sumisión y a casa a pensar con los mismos euros que salí ¡¡

Saludetes
 
Si si lo que tu me digas , pero a las 12:10 hrs de esta mañana he estado parado " hablando de estos temas " de buen rollo como 25 minutos y sin coste. En caso de " mal rollo " ( discusión,....) te aseguro que de entrada te empapelan con razón ( y presunción de veracidad , son agentes recuerda ¡¡ :cool2:) y luego a recurrir y que te salgan las cosas bien.

La verdad yo he optado por el BUEN ROLLO y la colaboración, cara de pena y sumisión y a casa a pensar con los mismos euros que salí ¡¡

Saludetes
Si es que eso de ser diplomatico y hablar se te da a ti muuuu mal no angelito?:p:p:p me alegro que no te hayan sancionado.

A la chaqueta ponle un tirante fluorescente como le compre a guille te acuerdas? Y punto:p

Y en cuanto a las maletas entonces se le pueden poner rojo o amarillo no? Y si no llevas nada?
 
Si se aplica la ley a raja-tabla, no se mueve en vehiculo por la carretera, te lo aseguro.
No creo que por no llevar los reflexivos negros o amarillos te vayan a denunciar, y por la luz diurna, si la itv no te la tira para atrás, una multa de alega y se gana, te lo aseguro.
Hay a ser mas estricto en otras cosas mas importantes y no en minucias como esa, y creeme, se de lo que hablo

Talamasca, no es así, esto ya se ha tratado mucho pero parece que no cala. La denuncia no es por llevar las luces diurnas, es por no llevar las de cruce ya que las motos están obligadas a llevarlas encendidas, después si llevas las diurnas pues muy bien, redundante pero bien. Las diurnas no son obligatorias, las de cruce sí.
 
No tiene nada que ver los reflectantes de la moto con los de la ropa.

Los reflectantes traseros como bien dices han de ser rojo o amarillo, y los laterales amarillos o blancos. Hubiese estado bien saber si los que llevas al reflejar blanco serían válidos en los laterales, aunque no lo creo.

Un saludo,
 
La Luz diurna, es igual que la de posición. "son legales". En el código de circulación pone que tienes que ir "obligatoriamente" con las luces de cruce. Confundimos, legalidad, con obligatioridad. La luz diurna, es legal, homologada y como lo querais llamar, si fuese roja, en lugar de blanca, ya no lo sería, por eso es "legal" llevarla. Lo mismo que no se puede ir con las de largo alcance sin las de cruce encendidas. De serie, no te lo permite, si las colocas tu con un sistema independiente, las puedes llevar, pero si te pillan, multa al canto.
Como apunte, el primer recurso de una multa, si las cosas no han cambiado, van al mismo agente que la pone, así que darlo por perdido.
Sabemos lo que jode que no podamos lucir nuestra herradura en todo su explendor, pero es lo que hay, todo queda en manos del agente que nos pare y en esto hay de todo, me he encontrado con ambos casos, desde el que se ve que le gustan las motos, hasta el que las odia a muerte (dicho por el mismo y en mi cara), porque somos un peligro.

Artículo 42. Uso obligatorio de alumbrado.
1. Todos los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol o a cualquier hora
del día, en los túneles y demás tramos de vía afectados por la señal «túnel», deben llevar
encendido el alumbrado que corresponda, de acuerdo con lo que reglamentariamente se
establezca.
2. También deberán llevar encendido durante el resto del día el alumbrado que
reglamentariamente se establezca:
a) Las motocicletas que circulen por cualquier vía objeto de esta Ley.

Artículo 104. Uso del alumbrado durante el día.
Deberán llevar encendida durante el día la luz de corto alcance o cruce:
a) Las motocicletas que circulen por cualquier vía objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Así creo que se acaba cualquier tipo de discusión. Cada uno que haga lo que crea, pero esta es la ley.

 
Si es que eso de ser diplomatico y hablar se te da a ti muuuu mal no angelito?:p:p:p me alegro que no te hayan sancionado.

A la chaqueta ponle un tirante fluorescente como le compre a guille te acuerdas? Y punto:p

Y en cuanto a las maletas entonces se le pueden poner rojo o amarillo no? Y si no llevas nada?

Sino hubiera sido diplomático seguro que hubiera escrito un post muuuuuuchooooo malas laaaargooooooo :cool2:

Sino llevas nada en las maletas ¿ PARA QUE LAS HAS PUESTO ? jejejejej :cheesy::cheesy:

Sino llevas nada aprobado y .... puedes seguir ¡¡¡ :cheesy:

Abzs
 
Última edición:
Talamasca, no es así, esto ya se ha tratado mucho pero parece que no cala. La denuncia no es por llevar las luces diurnas, es por no llevar las de cruce ya que las motos están obligadas a llevarlas encendidas, después si llevas las diurnas pues muy bien, redundante pero bien. Las diurnas no son obligatorias, las de cruce sí.

+1 :)
 
No tiene nada que ver los reflectantes de la moto con los de la ropa.--> Oerr q era broma ¡¡ :)

Los reflectantes traseros como bien dices han de ser rojo o amarillo, y los laterales amarillos o blancos. Hubiese estado bien saber si los que llevas al reflejar blanco serían válidos en los laterales, aunque no lo creo.

Un saludo,

Slds:)
 
Esto es lo que llevo yo. Me queda la duda de la zona de la esquina si debe ser blanca o roja :)

Los traseros claraente rojos y amarillos me ha dicho .

Los laterales están ok en tus maletas ya que "el profesor" me ha puesto de ejemplo los reflectantes laterales que llevan ellos (GC ) en los laterales de las puertas ( su coche era un Alfa 159 que son efectivamente grises y reflejan haz de luz en la noche de color blanco .

Slds
 
La Luz diurna, es igual que la de posición. "son legales". En el código de circulación pone que tienes que ir "obligatoriamente" con las luces de cruce. Confundimos, legalidad, con obligatioridad. La luz diurna, es legal, homologada y como lo querais llamar, si fuese roja, en lugar de blanca, ya no lo sería, por eso es "legal" llevarla. Lo mismo que no se puede ir con las de largo alcance sin las de cruce encendidas. De serie, no te lo permite, si las colocas tu con un sistema independiente, las puedes llevar, pero si te pillan, multa al canto.
Como apunte, el primer recurso de una multa, si las cosas no han cambiado, van al mismo agente que la pone, así que darlo por perdido.
Sabemos lo que jode que no podamos lucir nuestra herradura en todo su explendor, pero es lo que hay, todo queda en manos del agente que nos pare y en esto hay de todo, me he encontrado con ambos casos, desde el que se ve que le gustan las motos, hasta el que las odia a muerte (dicho por el mismo y en mi cara), porque somos un peligro.

Artículo 42. Uso obligatorio de alumbrado.
1. Todos los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol o a cualquier hora
del día, en los túneles y demás tramos de vía afectados por la señal «túnel», deben llevar
encendido el alumbrado que corresponda, de acuerdo con lo que reglamentariamente se
establezca.
2. También deberán llevar encendido durante el resto del día el alumbrado que
reglamentariamente se establezca:
a) Las motocicletas que circulen por cualquier vía objeto de esta Ley.

Artículo 104. Uso del alumbrado durante el día.
Deberán llevar encendida durante el día la luz de corto alcance o cruce:
a) Las motocicletas que circulen por cualquier vía objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Así creo que se acaba cualquier tipo de discusión. Cada uno que haga lo que crea, pero esta es la ley.



+1 esta clarísimo

Slds
 
Hay que ver el juego que da siempre cualquier actuación de las FFCCS, con lo sencillito que es todo... :):)
 
Los buenos modales sacan a los cimarrones del monte solía antaño decirse por mi tierra; haya o nó afán recaudatorio en la patrulla de la benemérita que por ventura te pare, es mejor siempre mantener la compostura. Poco podemos enseñarle a un Guardia de la Agrupación por muy claro que lo tengamos.
 
Sino hubiera sido diplomático seguro que hubiera escrito un post muuuuuuchooooo malas laaaargooooooo :cool2:

Sino llevas nada en las maletas ¿ PARA QUE LAS HAS PUESTO ? jejejejej :cheesy::cheesy:

Sino llevas nada aprobado y .... puedes seguir ¡¡¡ :cheesy:

Abzs
Me refiero a si no llevas nada puesto en las maletas!!!te empapelan? Es decir como vienen de la tienda:(
 
Los buenos modales sacan a los cimarrones del monte solía antaño decirse por mi tierra; haya o nó afán recaudatorio en la patrulla de la benemérita que por ventura te pare, es mejor siempre mantener la compostura. Poco podemos enseñarle a un Guardia de la Agrupación por muy claro que lo tengamos.

tal cual!! y asi incluso no te libras de la multa si quieren joderte..aun recuerdo una multa mia de los pitufos de verde zona extremadura por adelantar con la moto en autovia sin señalizar todos y cada uno de los adelantamientos que hacia..la cara a cuadros la mia..y mas al ver que ni dios señaliza todos y cada uno de los adelantamientos, ya sea coche o moto
 
Hola angelsan, que interesante...
...yo casi siempre q cojo mi gs lc, le pongo la luz de cruce, por si acaso, que se nos ve muy bien, pero con la de cruce tambien se nos ve, y mejor, y asi evitamos q nos puedan parar (me alegro q todo lo tuyo quedara en una amigable charla)...
...y yo tambien le puse dos tiras reflectantes en las maletas vario, y por suerte en rojo, asi q acerte de casualidad, ya que estuve a punto de ponerlas en negro, je je jee

un saludo...
 
Me refiero a si no llevas nada puesto en las maletas!!!te empapelan? Es decir como vienen de la tienda:(

En principio NO sería objeto de sanción .

Si las maletas son un accesorio homologado por el fabricante ( de la moto o de la industria auxiliar) que sea que puede venir con reflectantes o no , y en el caso de venir deben cumplir la norma ( color rojo o amarillo como me decían esta mañana) y si los añades tu también ( mismas características) PERO sino pones o llevan nada las maletas ya te ven suficientemente bien ( aunque se pueda mejorar ¡¡) con el poder reflectante de la matrícula y del catadioptrico rojo del portamatriculas .

Abzs:)
 
Talamasca, no es así, esto ya se ha tratado mucho pero parece que no cala. La denuncia no es por llevar las luces diurnas, es por no llevar las de cruce ya que las motos están obligadas a llevarlas encendidas, después si llevas las diurnas pues muy bien, redundante pero bien. Las diurnas no son obligatorias, las de cruce sí.

Ok, no sabia que las motos que llevan luz diurna no llevan encendida la de cruce automaticamente, gracias
 
Yo llevo reflectantes blancos en las maletas y en el top case. Y mi lógica me dice que no están permitidos. Nunca me han dicho nada al respecto.

Peeero..... Fijaros en los coches de la guardia civil, los que son de atestados por ejemplo, coches familiares, o utilitarios grandes, que están rotulados, y en la parte trasera llevan reflectantes blancos. Seguro que lo lo llevan, porque llevo tiempo fijándome en ese detalle. (También llevan sirenas, y creo que yo no puedo...ajjajaj ).
 
Última edición:
Lo de la luz de cruce, es sancionable por que no se enciende la luz posterior.
 
Lo de la luz de cruce, es sancionable por que no se enciende la luz posterior.

Con la luz de cruce sí se enciende la de posición posterior. El problema es que la diurna no es la de cruce o corto alcance. Con la diurna y la de posición posterior seguiría habiendo infracción.
 
ni dios señaliza todos y cada uno de los adelantamientos, ya sea coche o moto

Pues me vas a perdonar, aunque nadie señale TODOS los adelantamientos, es precisamente lo que TODOS deberíamos hacer. Estoy agotado de tener que ir previniendo si el listo de delante se va a meter o no en mi carril cuando llego desde atrás...... motos y coches. Y adivinar luego cuando se va a quitar...... A 100 euros de denuncia por cada uno de esos gestos (creo que ese es el importe), si quisieran recaudar, lo tenía bien fácil. No sería yo quien criticara el 99% de esas sanciones (alguna tendría una motivación irrefutable...).

La falta de información a otros usuarios cuando realizamos maniobras, está relacionada con el 45% de los accidentes / incidentes que ocurren a diario.

Y como estoy sensible estos días con los temas de tráfico (¿Se nota?), escribo: Pensad en qué ocurre si cuando adelantamos al que nos precede sin poner el intermitente, lo hace él también....... Ha mirado por el espejo, no ha visto "actividad" en nuestro vehículo, y cambia de carril. Aunque salgamos a la vez, seguramente al acelerar con nuestra moto, lo alcancemos cuando lo tengamos en medio....... Si te cierra (que no sea nada peor), encima te enfadas, pero realmente, lo único que ha hecho, es exactamente lo mismo que tu.

Ya doy por hecho que no venía nadie detrás nuestro, porque si viene alguien un poco más rápido, y no indicamos el cambio de carril, cuando menos, le molestaremos......

Eso todos lo sabemos, y que si hay que prever, que hay que calcular, que si la experiencia....... pues sí, pero llevo 26 años en moto, y por desgracia, cada vez se conduce mucho peor, y todo lo que se aporte a la seguridad, y más en moto, es poco.

Perdonad el tocho, pero necesitaba desahogarme.

Saludos, y tened cuidado (sobre todo con los demás).
 
tal cual!! y asi incluso no te libras de la multa si quieren joderte..aun recuerdo una multa mia de los pitufos de verde zona extremadura por adelantar con la moto en autovia sin señalizar todos y cada uno de los adelantamientos que hacia..la cara a cuadros la mia..y mas al ver que ni dios señaliza todos y cada uno de los adelantamientos, ya sea coche o moto




Hombre a mi lo que hagan los demas me la refanfinfla, porque evidentemente la receta a los demas no se la voy a pagar yo.
 
quizas no di demasiados datos en afirmar lo que ni dios señala,
el caso fue que iba por la autovia adelantando tranquilamente y no siempre indicaba tal gesto al rebasar al vehiculo que me precedia, detrás mio llevaba una pareja de la GC en sendas motos siguiendome, me adelantaron y me puse yo a seguirlos a ellos, como es normal otros vehiculos adelantaban y no ponian todos la intermitencia para realizar dicho adelantamiento...al cabo de unos minutos me pusieron la sirena y el GC que me precedia me hizo indicaciones para que parara..mi cara fue de alucine, dejaba margen de sobra con ellos, no me pegaba a ningun vehiculo que adelantaba e iba a la velocidad permitida de la via..

sancion por no indicar la maniobra de adelantamiento

en fin,

a veces toca y punto, un peaje mas
 
Siempre de bien rollo con la autoridad con respeto sin chulerias si te encuentras con un buen nacido no tendrás problemas sin te encuentras con un mal nacido minimizaras las malas consecuencias, tengo que decir que yo hasta la fecha solo me han parado bien nacidos :-) , solo decir que nuestros politicos y autoridades estan para servirnos siempre que respetemos la LEY por muy desfasada o injusta nos parezca
 
Alex, si "a tu alrededor" otros usuarios tampoco lo usaban, pues no es muy justo sancionar a unos y a otros no. Estaban pendientes de ti por ir en moto, y es en quien se fijaron. Mala suerte. Pero si los tienes cerca..... afina, hombre.

Por experiencia (al margen de lo que diga la normativa), si hay "uniformes" delante, reglas a rajatabla, y si puede ser, que se alejen lo máximo posible. Yo he llegado a parar para perderlos de vista. Hay muchos grandes profesionales entre los diferentes cuerpos de seguridad, pero también hay, como en todas partes, algunos más maniáticos, y por desgracia, un grupo de puñeteros, sin demasiado sentido de la Justicia para con el resto de los conductores que nos rodean. Cuando te toca uno, no hay nada que hacer. Peaje, como bien dices, y resignación.

Saludos
 
La Luz diurna, es igual que la de posición. "son legales". En el código de circulación pone que tienes que ir "obligatoriamente" con las luces de cruce. Confundimos, legalidad, con obligatioridad. La luz diurna, es legal, homologada y como lo querais llamar, si fuese roja, en lugar de blanca, ya no lo sería, por eso es "legal" llevarla. Lo mismo que no se puede ir con las de largo alcance sin las de cruce encendidas. De serie, no te lo permite, si las colocas tu con un sistema independiente, las puedes llevar, pero si te pillan, multa al canto.
Como apunte, el primer recurso de una multa, si las cosas no han cambiado, van al mismo agente que la pone, así que darlo por perdido.
Sabemos lo que jode que no podamos lucir nuestra herradura en todo su explendor, pero es lo que hay, todo queda en manos del agente que nos pare y en esto hay de todo, me he encontrado con ambos casos, desde el que se ve que le gustan las motos, hasta el que las odia a muerte (dicho por el mismo y en mi cara), porque somos un peligro.

Artículo 42. Uso obligatorio de alumbrado.
1. Todos los vehículos que circulen entre la puesta y la salida del sol o a cualquier hora
del día, en los túneles y demás tramos de vía afectados por la señal «túnel», deben llevar
encendido el alumbrado que corresponda, de acuerdo con lo que reglamentariamente se
establezca.
2. También deberán llevar encendido durante el resto del día el alumbrado que
reglamentariamente se establezca:
a) Las motocicletas que circulen por cualquier vía objeto de esta Ley.

Artículo 104. Uso del alumbrado durante el día.
Deberán llevar encendida durante el día la luz de corto alcance o cruce:
a) Las motocicletas que circulen por cualquier vía objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Así creo que se acaba cualquier tipo de discusión. Cada uno que haga lo que crea, pero esta es la ley.


Asi es y no hay mas,
cuando en Europa ya se usaban las luces de dia, aqui para ser iguales, habia quien circulaba con las de cruce o las de posicion
pero solo multaban a algunos por circular solo con las de posicion en los coches de dia ya que estas indican que el coche esta parado
 
Yo pongo muy en duda lo de los reflectantes....yo les llevo rojos detrás y naranjas en los laterales por lógica pero ejemplos hay de coches oficiales de la GC y de mantenimiento de carreteras, ambulancias y demás vehiculos de emergencias que los llevan de distinto color.Creo que una cosa es proyectar luz y otra reflectar, a mi humilde juicio si no proyecta luz distinta a la roja detrás o naranja en el lateral....es legal.
 
Una cosilla que acabo de comprobar en la moto: con la luz de día puesta, el piloto trasero también está encendido.
Sólo para que conste.
 
Yo pongo muy en duda lo de los reflectantes....yo les llevo rojos detrás y naranjas en los laterales por lógica pero ejemplos hay de coches oficiales de la GC y de mantenimiento de carreteras, ambulancias y demás vehiculos de emergencias que los llevan de distinto color.Creo que una cosa es proyectar luz y otra reflectar, a mi humilde juicio si no proyecta luz distinta a la roja detrás o naranja en el lateral....es legal.

Antes no estaba regulado, pero hace menos de 5 años que lo hicieron, siendo sus requisitos que en la parte trasera sean rojos o amarillos y en los laterales amarillos o blancos. No puedes tomar como ejemplo vehículos especiales tales como policía, servicios de urgencia u obras públicas, ya que estos vehículos lleva un mayor equipamiento ya que están pensados para estar en arcenes o incluso cortando carriles de la circulación. Asimismo llevan sirenas y demás.

Un saludo,
 
[h=3]Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos[/h]
Artículo 17
Dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica


Con las excepciones que se señalan en el artículo 18, los únicos dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica que se regulan en la reglamentación que se recoge en los anexos I y X para los distintos tipos de vehículos de motor y remolcados, son los que se especifican a continuación:



  • 2. Toda motocicleta puede llevar:
    • Luz antiniebla delantera.
    • Luz antiniebla trasera.
    • Catadióptricos laterales no triangulares.
    • Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.

ANEXO X:

[TABLE="class: tPb"]
[TR]
[TD="class: ac"]Descripción[/TD]
[TD="class: ac, colspan: 4"]Motocicletas[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Tipo de luz[/TD]
[TD]Número[/TD]
[TD]Color[/TD]
[TD]Situación (30) [/TD]
[TD]Obligatorio o no[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Luz de cruce[/TD]
[TD]1 ó 2[/TD]
[TD]BLANCO[/TD]
[TD]Delante (31) [/TD]
[TD]Obligatorio[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Luz de carretera[/TD]
[TD]1 ó 2[/TD]
[TD]BLANCO[/TD]
[TD]Delante (31) [/TD]
[TD]Obligatorio[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Luces indicadoras de dirección[/TD]
[TD]2 delante y dos detrás[/TD]
[TD]AMARILLO AUTO[/TD]
[TD]Bordes exteriores[/TD]
[TD]Opcional (32) [/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Señal de emergencia[/TD]
[TD]Igual número que los indicadores de dirección[/TD]
[TD]AMARILLO AUTO[/TD]
[TD]Igual que los indicadores de dirección[/TD]
[TD]Opcional[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Luz de frenado[/TD]
[TD]1 ó 2[/TD]
[TD]ROJO[/TD]
[TD]Detrás (31) [/TD]
[TD]Obligatorio[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Luz de la placa de matrícula trasera[/TD]
[TD]1[/TD]
[TD]BLANCO[/TD]
[TD]La necesaria para iluminar la placa[/TD]
[TD]Obligatorio[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Luz de posición delantera[/TD]
[TD]1 o 2[/TD]
[TD]BLANCO[/TD]
[TD]Delante (31) [/TD]
[TD]Obligatorio[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Luz de posición trasera[/TD]
[TD]1 ó 2[/TD]
[TD]ROJO[/TD]
[TD]Detrás (31) [/TD]
[TD]Obligatorio[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Luz antiniebla trasera[/TD]
[TD]1 ó 2[/TD]
[TD]ROJO[/TD]
[TD]Detrás (31) [/TD]
[TD]Opcional[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Luz antiniebla delantera[/TD]
[TD]1 ó 2[/TD]
[TD]BLANCO o AMARILLO SELECTIVO[/TD]
[TD]Delante (31) [/TD]
[TD]Opcional[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Catadióptricos traseros no triangulares[/TD]
[TD]1[/TD]
[TD]ROJO[/TD]
[TD]Detrás (31) [/TD]
[TD]Obligatorio[/TD]
[/TR]
[TR]
[TD]Catadióptricos laterales no triangulares[/TD]
[TD]1 o 2 por cada lado[/TD]
[TD]AMARILLO AUTO [/TD]
[TD]Lateral[/TD]
[TD]Opcional
[/TD]
[/TR]
[/TABLE]

Artículo 15 Condiciones técnicas de los dispositivos de alumbrado y señalización óptica

5.
No se instalarán en los vehículos más luces que las autorizadas en el presente Reglamento, prohibiéndose expresamente el uso de pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizados, salvo en los supuestos y condiciones previstos en la reglamentación que se recoge en los anexos I y XI.

Así las cosas no parece que tenga encaje legal los dispositivos reflectantes en la moto, lo único que veo es la posibilidad de colocar catadióptricos en los laterales, uno o dos por cada lado de color amarillo auto no triangulares.

Que alguien me saque del error.
 
Una pegatina reflectante no hace la misma función que el catadióptrico?
 
En una actualización más reciente introdujeron los reflectantes obligatorios para vehículos largos (camiones, autobuses,...) nuevos. Los viejos, así como el resto de vehículos pueden ponerlos siempre y cuando cumplan los requisitos de colores y creo que hay alguno más de altura y así.
 
Antes no estaba regulado, pero hace menos de 5 años que lo hicieron, siendo sus requisitos que en la parte trasera sean rojos o amarillos y en los laterales amarillos o blancos. No puedes tomar como ejemplo vehículos especiales tales como policía, servicios de urgencia u obras públicas, ya que estos vehículos lleva un mayor equipamiento ya que están pensados para estar en arcenes o incluso cortando carriles de la circulación. Asimismo llevan sirenas y demás.

Un saludo,

+1 :)
 
En una actualización más reciente introdujeron los reflectantes obligatorios para vehículos largos (camiones, autobuses,...) nuevos. Los viejos, así como el resto de vehículos pueden ponerlos siempre y cuando cumplan los requisitos de colores y creo que hay alguno más de altura y así.

Creo que te refieres a las bandas perimetrales reflectantes V-23, las encontrarás en el ANEXO XI, obligatorias para determinados vehículos de transporte de mercancías matriculados a partir de 2011 y opcionales en el resto pero si no me equivoco está limitado a vehículos de cuatro o más ruedas.
 
Creo que te refieres a las bandas perimetrales reflectantes V-23, las encontrarás en el ANEXO XI, obligatorias para determinados vehículos de transporte de mercancías matriculados a partir de 2011 y opcionales en el resto pero si no me equivoco está limitado a vehículos de cuatro o más ruedas.

Eso es!

No sabía lo de cuatro o más ruedas. De todas formas, al tema de sí catadioptrico y reflectante si es lo mismo o no, el catadioptrico sigue sin poder ser blanco, ese es el lío.
 
Última edición:
Eso es!

No sabía lo de cuatro o más ruedas. De todas formas, al tema de sí catadioptrico y reflectante es lo mismo o no, el catadioptrico sigue sin poder ser blanco, ese es el lío.

No es lo mismo catadióptrico o retrocadióptrico que reflectante.

Además las bandas reflectantes tampoco pueden ser de cualquier clase, han de cumplir unas normas, échale un vistazo a: Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. ANEXO XI. SEÑALES EN LOS VEHÍCULOS.
 
No es lo mismo catadióptrico o retrocadióptrico que reflectante.

Además las bandas reflectantes tampoco pueden ser de cualquier clase, han de cumplir unas normas, échale un vistazo a: Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. ANEXO XI.*SEÑALES EN LOS VEHÍCULOS.

Ya lo sé. A lo que me refería es que esas cosas al margen, los catadióptricos traseros son rojos. El GC le dijo aquello por ser blancos, y eso es lo que empezó a debatir el personal. A ese punto me refería.

Un saludo,
 
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