Para ir en bici, carnet, seguro y matricula

Pd: Que hace 60 años hasta los bueyes llevarán matrícula (por cierto una dictadura -con lo que de control administrativo conlleva-) no justifica /prueba nada más allá de que hace 60 años hasta los bueyes llevaban matrícula.

Dictadura dice, y hoy en que vivimos si no en una dictadura?

Acaso te puedes saltar las leyes, o si te las saltas no te sancionan? acaso no nos obligan a hacer ciertas o muchas cosas? si leyes, normas y obligaciones hay mil mas que antes, a no que eso los políticos le llaman democracia que queda mejor y al final es una dictadura de las grandes encubierta por una palabra que suena mejor.
 
Dictadura dice, y hoy en que vivimos si no en una dictadura?

Acaso te puedes saltar las leyes, o si te las saltas no te sancionan? acaso no nos obligan a hacer ciertas o muchas cosas? si leyes, normas y obligaciones hay mil mas que antes, a no que eso los políticos le llaman democracia que queda mejor y al final es una dictadura de las grandes encubierta por una palabra que suena mejor.
Eh! Que no era un comentario político solo he recalcado que los regímenes autoritarios tienen un control administrativo más férreo del ciudadano (en lo que se refiere a permisos, licencias, matrícula, registro....)

O sea que no es comparable. En el resto no entro.
 
Eh! Que no era un comentario político solo he recalcado que los regímenes autoritarios tienen un control administrativo más férreo del ciudadano (en lo que se refiere a permisos, licencias, matrícula, registro....)

O sea que no es comparable. En el resto no entro.

OK, pero me puedes decir porque una moto ni que sea 49cc tiene que pagar impuesto de circulación cuando usa la via estándar de los coches, ya consume gasolina que significa que paga algo mas y las bicis que se les hace carriles especiales, que ocupan su espacio en la via que hay que mantener una infraestructura solo para bicis y pueden aparcar igual en la calle como una moto y no pagan impuesto de circulacion y las motos si, me puedes dar una respuesta con sentido y entendible? cuales son las diferencias? para que uno pague y otro no?

A no, como las motos ya hace años que pagan pues es normal, las bicis ya pagaron pero como ahora ya hace años que no pagan pues ahora no, esa no me vale.
 
OK, pero me puedes decir porque una moto ni que sea 49cc tiene que pagar impuesto de circulación cuando usa la via estándar de los coches, ya consume gasolina que significa que paga algo mas y las bicis que se les hace carriles especiales, que ocupan su espacio en la via que hay que mantener una infraestructura solo para bicis y pueden aparcar igual en la calle como una moto y no pagan impuesto de circulacion y las motos si, me puedes dar una respuesta con sentido y entendible? cuales son las diferencias? para que uno pague y otro no?

A no, como las motos ya hace años que pagan pues es normal, las bicis ya pagaron pero como ahora ya hace años que no pagan pues ahora no, esa no me vale.
Por que es un vehículo a motor y la bicicleta no.
 
Tu por suerte tratas poco con los seguros, verdad, vaquero?

Te voy a responder sin acritud. Trato poco sí, pero lo suficiente para saber que se agarran a un clavo ardiendo con tal de no pagar. No obstante, si tú has visto o leído en algún sitio que montar en bici (no de manera profesional o en competición) es una actividad de riesgo y que los seguros la excluyen de su cobertura de RC me gustaría que me lo hicieses saber.

Si lo dices por la cantidad de cafres que van en cuatro ruedas, evidentemente te tengo que dar la razón.
 
Ya pero el impuesto de circulación es el

"Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica"

Por ejemplo el agua es un líquido y no por ello paga el impuesto sobre hidrocarburos.

Los caballos y los burros también son vehículos y tampoco pagan.
 
El tema de la licencia tiene sentido, claro pero....
Igual que el carnet de conducir en los USA, en la escuela y obligatorio.
No pagando examenes, tasas y autoescuelas a precios desorbitados.
Un saludo, Pepe.
 
En Japon

[video=youtube_share;pcZSU40RBrg]http://youtu.be/pcZSU40RBrg[/video]

En Holanda

[video=youtube_share;UuhLv1AN0bE]http://youtu.be/UuhLv1AN0bE[/video]
 
Si la ignorancia fuese atrevida tú desde luego que serías muy valiente.

Léete el Reglamento General de Vehículos en la parte que se refiere a los vehículos de tracción animal y luego vienes y nos lo cuentas.
 
Lo que me faltaba por leer! Jajaja y ja
Voy a ver a mi perro a ver si le tengo que poner matrícula:eek:

Pues si no la tiene pienso que en muchas comunidades estás incumpliendo alguna norma, claro que le tienes que poner "matricula" al perro, el chip que yo sepa es obligatorio y el chip es lo equivalente a la matricula en un vehiculo, y un perro también paga impuestos pero es en otra forma ya que el chip es un impuesto y las vacunas obligadas también y según que raza de perro también hay que hacer ciertas cosas, asegurarlos y cumplir unas normas para poder poseerlos.
Será que no paga impuestos un perro, entre unas cosas y las otras todo suma y encima hay que darle de comer y la comida tiene un IVA asi que nada barato no sale un perro, en cambio una bici todo por la patilla y usando infraestructuras solo para ellos.
 
Última edición:
Pues si no la tiene pienso que en muchas comunidades estás incumpliendo alguna norma, claro que le tienes que poner "matricula" al perro, el chip que yo sepa es obligatorio y el chip es lo equivalente a la matricula en un vehiculo, y un perro también paga impuestos pero es en otra forma ya que el chip es un impuesto y las vacunas obligadas también y según que raza de perro también hay que hacer ciertas cosas, asegurarlos y cumplir unas normas para poder poseerlos.
Será que no paga impuestos un perro, entre unas cosas y las otras todo suma y encima hay que darle de comer y la comida tiene un IVA asi que nada barato no sale un perro, en cambio una bici todo por la patilla y usando infraestructuras solo para ellos.
A ver "amigo":

El chip del perro es el chip de perro no la matricula de un vehículo (lo mismo que mi DNI nada tiene que ver con la matrícula de mi moto).

Las vacunas del perro no son impuestos (ni se le parece) son vacunas.

Dejamos de hacer paralelismos sin sentido y nos centramos en lo importante?

Y el IVA es un impuesto directo al consumo, nada tiene que ver con si lo que compres sea para el perro para el niño o para el salón de casa.
 
A ver "amigo":

El chip del perro es el chip de perro no la matricula de un vehículo (lo mismo que mi DNI nada tiene que ver con la matrícula de mi moto).

Las vacunas del perro no son impuestos (ni se le parece) son vacunas.

Dejamos de hacer paralelismos sin sentido y nos centramos en lo importante?

Y el IVA es un impuesto directo al consumo, nada tiene que ver con si lo que compres sea para el perro para el niño o para el salón de casa.

Ya veo que no quieres entrar, cuando uno se cierra y no admite entrada se bloquea y no hay respuesta lógica, la matricula es al coche un impuesto, un gasto una obligación que sirve para identificar un vehiculo con un propietario, evidentemente a un animal no se le llama matricula pero el chip en un perro es la "matricula" para que la ley pueda identificar un animal y asociarlo a una persona, se llama de otra manera pero tiene la misma función, un DNI es una matricula para las personas, con el DNI tienen nuestra información y eso es único para cada persona, el chip lo mismo, la matricula lo mismo, la finalidad es la misma, identificar algo, una escrituras de una casa no se llama matricula pero es para el mismo fin, en unas cosa se paga mas en otras menos pero la función en el fondo es lo mismo con diferente nombre.


El chip es un chip un boli es un boli un camión es un camión, un barco es un barco, hasta aquí llego pero la finalidad es la misma, la ley obliga a "matricular" a los perros y como una placa no la pueden llevar por su sentido común les implantan un chip y que es lo mismo que un impuesto ya que te obligan a hacerlo si lo quieres tener bien y para poner un simple chip te cobran lo que les da la gana y la función del chip es un numero identificativo asociado a un persona y un matricula de coche también pero es en otro formato.

Por mi parte termino las aportaciones en este hilo ya que ya veo que es NO a todo lo que se diga, ni se plantean razonamientos lógicos, si no que pelotas fuera.
 
Los caballos y los burros también son vehículos y tampoco pagan.

Como primera y única aportación a este hilo: Ni los burros ni los caballos son vehículos...¡faltaría más!. El vehículo es lo que arrastran: Carruajes, calesas, carros de carga, vehículos de paseo turísticos, etc. Los que tiran son animales y de lo que tiran es el vehículo...ahora todo junto: vehículos de tracción animal.

Ta luego
 
Perdone usted no haber matizado tanto. Efectivamente es lo que pone en el RGV, al cual derivé al forero RogeRT.
Entiendo que si no dices nada sobre si esos vehículos de tracción animal van matriculados, pagan algún tipo de impuesto y han de disponer de seguro obligatorio, es que no tienen que tenerlo, no? Porque es a lo que iba.
 
Los caballos y los burros también son vehículos y tampoco pagan.

Como primera y única aportación a este hilo: Ni los burros ni los caballos son vehículos...¡faltaría más!. El vehículo es lo que arrastran: Carruajes, calesas, carros de carga, vehículos de paseo turísticos, etc. Los que tiran son animales y de lo que tiran es el vehículo...ahora todo junto: vehículos de tracción animal.

Ta luego
Un caballo puede ser un vehículo sin tirar de nada.
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Cabalgadura creo que se llama.
 
Ya se habrá dicho en el hilo (no me he parado a leerlo) pero en el Feibu me salió una comunicación de la Degeté (si, la sigo, que pasa ) donde de desmentía eso de que pretendieran censar, matricular y obligar a asegurar las bicicletas.
 
Ya se habrá dicho en el hilo (no me he parado a leerlo) pero en el Feibu me salió una comunicación de la Degeté (si, la sigo, que pasa ) donde de desmentía eso de que pretendieran censar, matricular y obligar a asegurar las bicicletas.

Entonces se ha aclarado el origen del debate


"La Dirección General de Tráfico ha difundido una encuesta para sondear la opinión de los usuarios de la vía sobre la necesidad de un permiso de conducir, matricula y un seguro obligatorio para circular en bicicleta. Estas cuestiones surgieron el pasado fin de semana durante el Encuentro Nacional sobre la Bicicleta celebrado en el Centro Superior de Educación Vial, un organismo dependiente de la DGT.

En relación al tema, la subdirectora general de Intervención y Políticas Viales, Mónica Colás, confirmó que estas posibilidades del permiso de circulación del ciclista, el seguro privado y la matriculación de las mismas, son ideas aún en estudio. Durante dicho evento, los representantes de todos los sectores evaluaron cómo promocionar un uso más seguro de la bicicleta en España. La ejecutiva quiso destacar también el uso de la bici como un medio de transporte "económico, no contaminante y sostenible".
 
La directora general de Tráfico, María Seguí, ha asegurado eset viernes que la DGT no va a pedir a los ciclistas ni un carné para poder utilizarlas, ni un seguro.

En la inauguración del Salón del Vehículo de Ocasión de Madrid, que se celebra desde este viernes hasta el próximo 14 de junio en Ifema, Seguí ha negado que estén estudiando esta posibilidad.
 
Perdone usted no haber matizado tanto. Efectivamente es lo que pone en el RGV, al cual derivé al forero RogeRT.
Entiendo que si no dices nada sobre si esos vehículos de tracción animal van matriculados, pagan algún tipo de impuesto y han de disponer de seguro obligatorio, es que no tienen que tenerlo, no? Porque es a lo que iba.

Pues hay que matizar...hay que matizar, el matiz es importante. Ahora...quién debe dar un repaso al reglamento? :rolleyes2:

Un caballo puede ser un vehículo sin tirar de nada.
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Cabalgadura creo que se llama.


Negativo. Otra chorrada más
 
Pues hay que matizar...hay que matizar, el matiz es importante. Ahora...quién debe dar un repaso al reglamento? :rolleyes2:




Negativo. Otra chorrada más
Ok entonces esta señal de

Prohibido animales de montura en esa via tampoco existe no?

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O la multa que pusieron los mossos hace poco a un jinete por circular borracho tampoco.... total no es un vehículo.

O incluso si buscas un poco veras que hasta hay normas de prioridad referentes a carros de tracción animal y "animales de montura".
 
Última edición:
Claro que si. Ojo, que no significa que no tengan que cumplir las normas viales ya que usan la vía pública.
 
Claro que si. Ojo, que no significa que no tengan que cumplir las normas viales ya que usan la vía pública.
Y como explicas la multa por superar la tasa de alcohol permitida a un jinete si supuestamente no circula en un vehículo?

http://elpais.com/m/elpais/2011/11/04/actualidad/1320398233_850215.html

O los controles de alcoholemia que se hacen a jinetes en fiestas populares llegando a quitarles PUNTOS del carnet por dar positivo?

Como es posible si no circulas en un vehículo?
 
Última edición:
....Pablo, creo que no tienes razón y estás defendiendo posturas que no son defendibles..........lo del caballo fue una cagada de los mossos y así se dictaminará en el recurso correspondiente.........un caballo no es un vehículo, a menos que sea de cartón y le pongas ruedas o motor..........abre tu mente y no te enroques en posturas que no son de recibo...........y la señal esa de peligro "jinetes", eso no dictamina que sea un vehículo, si en la señal hubiera un corzo o una vaca, eso no los cataloga como vehículos.......

...PD.. si el caballo hubiera tenido un accidente o estuviera implicado en un accidente y se viera que el conductor iba borracho, pues si que estaría justificada la alcoholemia, pero por la implicación en el accidente, no por der un vehículo, igusl que en un momento dado se le pudiera hacer a un peatón implicado en un accidente.........pero una persona montada a caballo, en burro o en canguro, no es un vehículo.....de verdad.......


...todo esto dicho con el mayor de mis respetos.......
 
....Pablo, creo que no tienes razón y estás defendiendo posturas que no son defendibles..........lo del caballo fue una cagada de los mossos y así se dictaminará en el recurso correspondiente.........un caballo no es un vehículo, a menos que sea de cartón y le pongas ruedas o motor..........abre tu mente y no te enroques en posturas que no son de recibo...........y la señal es de peligro "jinetes", eso no dictamina que sea un vehículo, si en la señal hubiera un corzo o una vaca, eso no los cataloga como vehículos.......

...PD.. si el caballo hubiera tenido un accidente o estuviera implicado en un accidente y se viera que el conductor iba borracho, pues si que estaría justificada la alcoholemia, pero por la implicación en el accidente, no por der un vehículo, igusl que en un momento dado se le pudiera hacer a un peatón implicado en un accidente.........pero una persona montada a caballo, en burro o en canguro, no es un vehículo.....de verdad.......


...todo esto dicho con el mayor de mis respetos.......
No mira te lo explico, tenemos razón ambos aunque estoy siendo un poco manipulador.

Este tema empezó en 2009 con unas sanciones que impuso la guardia civil en Galicia (no recuerdo la localidad pero creo que era Coruña) a jinetes por superar el límite de alcoholemia.

Se recurre y la resolución viene a decir algo así como "un caballo no se considera vehículo en el sentido de no ser un artefacto mecánico pero a todos los efectos se considera "conductor" al jinete"

Con lo cual sí te pueden sancionar.

Con respecto al caballo lo llames o no vehículo si a todos los efectos se le aplican las normas al jinete lo llames como lo llames se le considera como tal.
 
....Pablo, todo lo que pisa la calle, la calzada o el asfalto es sancionable, incluso se puede sancionar al dueño de un perro o a un patinete, pero se le sanciona por una infracción que pudiera cometer, por provocar accidentes, por hacer el ganso, por no respetar señalizaciones, etc, y basta que te pongan en el boletín si eres peatón, ciclista, jinete o vas en silla de ruedas o patinete, pero eso no quiere decir que "pilotes" un vehiculo......
.y ya te digo que todo el que pise calzada es ssncionable de una manera u otra, pero a cada cosa hay que llamarla por su nombre.......
 
....Pablo, todo lo que pisa la calle, la calzada o el asfalto es sancionable, incluso se puede sancionar al dueño de un perro o a un patinete, pero se le sanciona por una infracción que pudiera cometer, por provocar accidentes, por hacer el ganso, por no respetar señalizaciones, etc, y basta que te pongan en el boletín si eres peatón, ciclista, jinete o vas en silla de ruedas o patinete, pero eso no quiere decir que "pilotes" un vehiculo......
.y ya te digo que todo el que pise calzada es ssncionable de una manera u otra, pero a cada cosa hay que llamarla por su nombre.......
Si pero no, tu no puedes aplicar los niveles de alcoholemia a quienes no sean conductores y la resolución lo que aplica a los jinetes son los niveles de alcohol al considerar que son conductores.

Tu no puedes sancionar a un peatón (dueño de perro...) por superar 0.25/0.50 de alcoholemia, le podrás sancionar por representar un riesgo para la circulación, infringir normas de circulación que le apliquen lo que quieras... pero al jinete (según la resolución que te comentaba, y creo que no hay más) se le aplicó la sanción por ser conductor y superar el límite permitido de alcoholemia.

Es más después (en la multa de los mossos que aplica el mismo criterio) hasta le querían inmovilizar el caballo -no te digo mas-.
 
Última edición:
....ya que has editado tu mensaje, te añado que la historia terminaba así...:


""""""""El denunciado no entiende por qué debe pagar la multa y ha puesto el asunto en manos de abogados para que recurran la sanción de los Mossos. La clave para resolver la legitimidad de esta denuncia radica en si el caballo tiene o no categoría de vehículo. Diversos juristas citados por El Punt Avui apuntan que el reglamento de tráfico regula las infracciones cometidas por los conductores de todo tipo de vehículos, pero consideran que el caballo o cualquier otro animal no está incluido en la categoría de vehículos dado que la ley define los vehículos como aquellos aparatos de funcionamiento mecánico. Y si el caballo no es un vehículo, argumentan, su conductor no podría ser multado en virtud del reglamento de tráfico.""""""



........y yo te añado que todo ser viviente que pise la carretera y de su comportamiento se produzca un accidente o cualquier tipo de infracción o daño a si mismo o a terceros, podrá ser sometido a la prueba de alcoholemia, con rl alcoholímetro si vive, en el hospital si está herido o en el depósito si es cadáver...........lo que no es legal es que efectúes la prueba a nadie en el que no concurran las circunstancias que te he explicado........es más, si el jinete de los mossos hubiera causado un accidente con su caballo, pues tendría justificación la alcoholemia, es más, te la exigiría el mismo juzgado............


.....si quieres entenderlo me parecerá cojonudo y habrás aprendido algo, si sigues obstinado en tus creencias, no seré yo quien te las discuta, porque más claro no te lo puedo explicar..........
 
....ya que has editado tu mensaje, te añado que la historia terminaba así...:


""""""""El denunciado no entiende por qué debe pagar la multa y ha puesto el asunto en manos de abogados para que recurran la sanción de los Mossos. La clave para resolver la legitimidad de esta denuncia radica en si el caballo tiene o no categoría de vehículo. Diversos juristas citados por El Punt Avui apuntan que el reglamento de tráfico regula las infracciones cometidas por los conductores de todo tipo de vehículos, pero consideran que el caballo o cualquier otro animal no está incluido en la categoría de vehículos dado que la ley define los vehículos como aquellos aparatos de funcionamiento mecánico. Y si el caballo no es un vehículo, argumentan, su conductor no podría ser multado en virtud del reglamento de tráfico.""""""



........y yo te añado que todo ser viviente que pise la carretera y de su comportamiento se produzca un accidente o cualquier tipo de infracción o daño a si mismo o a terceros, podrá ser sometido a la prueba de alcoholemia, con rl alcoholímetro si vive, en el hospital si está herido o en el depósito si es cadáver...........lo que no es legal es que efectúes la prueba a nadie en el que no concurran las circunstancias que te he explicado........es más, si el jinete de los mossos hubiera causado un accidente con su caballo, pues tendría justificación la alcoholemia, es más, te la exigiría el mismo juzgado............


.....si quieres entenderlo me parecerá cojonudo y habrás aprendido algo, si sigues obstinado en tus creencias, no seré yo quien te las discuta, porque más claro no te lo puedo explicar..........

Vamos a ver,

1. Según anexo I de la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, en su punto 1 establece que se considera conductor a la “Persona que, con las excepciones del párrafo segundo del apartado 2 de este artículo, maneja el mecanismo de dirección o va al mando de un vehículo, o a cuyo cargo está un animal" Por lo tanto UN JINETE ES UN CONDUCTOR

2. Según el artículo 17 del Reglamento General de Circulación sobre control de vehículos o animales se establece que “Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales"

y ahora vamos con las dudas

1. Se debe someter un jinete a un control de alcoholemia cuando lo requiera un agente de la autoridad?

a. En caso de accidente es evidente que sí.
b. En caso de infracción también.
c. En cualquier caso?, la respuesta estricta sería no, PERO como el art 17 del reglamento establece “Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales" si el agente considera que el conductor (jinete) no está en condiciones SÍ debe someterse, puesto que el propio reglamento establece que deberán someterse a las pruebas
"c) A los conductores que sean denunciados por la comisión de alguna de las infracciones a las normas contenidas en este reglamento." (incluido lógicamente el art 17 ya mencionado)
con lo cual como queda a la apreciación del agente determinar si infringe el art 17, LA RESPUESTA CORRECTA ES SÍ, DEBE SOMERTESE SIEMPRE QUE SE LO SOLICITE UN AGENTE Y SI SE NIEGA PUEDE SER SANCIONADO.

2. Que pasa con los resultados del control de alcoholemia, pues bien, analicemos los posibles resultados:

a. El control da cero.... lógicamente no pasa nada, no se le puede sancionar (aunque si tiene sintomatología se le podría someter a un control de drogas).

b. La tasa de alcoholemia está por debajo de los limites legales previstos para los conductores de vehículos, pues aún así el agente puede denunciarle por sintomatología con base en el art 17 PERO lo mas probable es que no le sancionen al aportar el acta con la tasa de alcoholemia con un nivel inferior al general.

c. La tasa supera los limites legales establecidos para conductores de vehículos y bicicletas, pues es el caso contrario, el agente puede denunciarle por sintomatología con base en el art 17 del reglamento y lo mas probable es que LE SANCIONEN precisamente por que se aporta una tasa superior a la prevista con carácter general.

En definitiva se puede hacer un control de alcoholemia a un jinete (sin necesidad de que este involucrado en un accidente)?, sí, pues es decisión del agente interpretar si es necesario o no para comprobar si cumple con la obligación establecida en el art 17 del reglamento de "controlar al animal".

Y también le puede denunciar con toda tranquilidad si supera los limites generales.
 
Última edición:
....pues nada, Pablo, que Dios te guarde muchos años.........no me voy a cabrear contigo por ser tan terco y obtuso, lo mejor es darte la razón y esperar que toda la gente que se dedican, han dedicado o dedicaràn a estos temas, se pasen por el foro y aprendan de tus conclusiones..........la verdad es que ha sido un placer postear contigo..............


...PD...si un día de estos te montas a caballo no tendràs problema alguno en someterte a la prueba de alcoholemia, y eso siempre es bueno............un saludo y por aquí andaré si me necesitas para algo.............ah...y por favor, no me enumeres tantos artículos, ya que me los sé de memoria desde hace muchos años aunque ahora no me sirvan para nada según tus nuevas teorías del significado de "vehículo"..................es interesante.
 
....pues nada, Pablo, que Dios te guarde muchos años.........no me voy a cabrear contigo por ser tan terco y obtuso, lo mejor es darte la razón y esperar que toda la gente que se dedican, han dedicado o dedicaràn a estos temas, se pasen por el foro y aprendan de tus conclusiones..........la verdad es que ha sido un placer postear contigo..............


...PD...si un día de estos te montas a caballo no tendràs problema alguno en someterte a la prueba de alcoholemia, y eso siempre es bueno............un saludo y por aquí andaré si me necesitas para algo.............ah...y por favor, no me enumeres tantos artículos, ya que me los sé de memoria desde hace muchos años aunque ahora no me sirvan para nada según tus nuevas teorías del significado de "vehículo"..................es interesante.
Lo mismo te digo compañero puedes ignorar todo lo que quieras la legislación en tanto en cuanto no establezca lo que tu creas oportuno.

Nada más una pregunta mi terquedad se debe a que niegas la existencia de alguno de artículos que he citado.
Por que vamos el comentario se circunscribe exclusivamente a eso.

Edito: No se a que viene el tema del vehiculo ahora puesto que en ningún caso afecta dado que:

- El art 17 enumera ambos, animal y vehiculo (por si hay alguna duda) con respecto a la obligación de estar en circunstancias de mantener el control de los mismos.

-El anexo I establece que son conductores ambos (el que maneja un vehiculo o esta a cargo de un animal) con lo cual tampoco cabe duda de que se trata de un conductor (el jinete) es más lo dice expresamente.

-Y respecto de la obligatoriedad del control de alcoholemia, la letra c (a diferencia de los otros supuestos) habla solo de "conductor" (no de conductor de un "vehiculo" con lo cual ni tan siquiera por ahí lo puedes poner en duda).

Es muy sencillo mira:

¿Es un jinete un conductor? SÍ, LO DICE LA LEGISLACIÓN EXPRESAMENTE
¿Si no está en condiciones de controlar el animal comete una infracción? SI, LO DICE LA LEGISLACIÓN EXPRESAMENTE.
¿Un conductor (el jinete) que comete una infracción tiene obligación de someter a un control? SI.

No te gusta la legislación, problema tuyo.
 
Última edición:
Soy ciclista de carretera, montaña y ocasionalmente de ciudad.

Me resulta curioso como el tema de las bicis en el foro provoca encendidos debates. Y digo que me resulta curioso porque muchos de los que aquí ponen a parir a los ciclistas, son los que en otros hilos se rasgan las vestiduras cuando las atacadas por incívicas son las motos. Vemos la paja en el ojo ajeno pero no la viga en el propio.

En mi ciudad hay aceras en las calles del centro, desgastadas por el paso de la gente. Ahora el Ayuntamiento está con una maquinilla dándole de nuevo textura al mármol para que agarre pues cuando llueve es peligroso.... Creo que sería necesario empezar a pensar en que los peatones paguemos un impuesto por el desgaste de acera.

En mi ciudad hay mucha gente que cruza por donde le sale del alma y si me la trago en mi bici de 2500 pavos, probablemente me quede sin ella... Creo que sería necesario que los peatones pagasen un seguro por los daños que pueden provocar.

Es cierto e innegable, que el uso de la bicicleta se está extendiendo de una forma enorme pero mas que seguros, impuestos y licencias, se debería esmerar más la policía local en pillar por banda a los inconscientes que van como locos. Probablemente, con un mayor control de gilipollas iría la cosa mejor.

Yo he estado a punto de ser atropellado en la acera, mis hijos pequeños también y me llevan los demonios pero creo que la solución está en controlar más eso.

En cuanto a los carriles bici, por mi se los podían meter muchos por el culo. La mayoría están mal diseñados, construidos y mantenidos. En muchos lugares son más peligrosos que ir por la propia calzada y además, en una bici de carretera, con una rueda de grosor aproximado a un 1,2 cm, imaginad lo que es subir y bajar los pequeños bordillos que nos regalan esos magníficos carriles. Los carriles bici como ocurren en muchos países y ciudades europeas, no son más que un arcén bien amplio y a lo sumo separado por unas bandas de goma; con eso me daba más que satisfecho.

En fin, la calle y la carretera es lo que es, la selva, la ley del más fuerte y el ciclista tiene todas las papeletas.
 
Soy ciclista de carretera, montaña y ocasionalmente de ciudad.

Me resulta curioso como el tema de las bicis en el foro provoca encendidos debates. Y digo que me resulta curioso porque muchos de los que aquí ponen a parir a los ciclistas, son los que en otros hilos se rasgan las vestiduras cuando las atacadas por incívicas son las motos. Vemos la paja en el ojo ajeno pero no la viga en el propio.

En mi ciudad hay aceras en las calles del centro, desgastadas por el paso de la gente. Ahora el Ayuntamiento está con una maquinilla dándole de nuevo textura al mármol para que agarre pues cuando llueve es peligroso.... Creo que sería necesario empezar a pensar en que los peatones paguemos un impuesto por el desgaste de acera.

En mi ciudad hay mucha gente que cruza por donde le sale del alma y si me la trago en mi bici de 2500 pavos, probablemente me quede sin ella... Creo que sería necesario que los peatones pagasen un seguro por los daños que pueden provocar.

Es cierto e innegable, que el uso de la bicicleta se está extendiendo de una forma enorme pero mas que seguros, impuestos y licencias, se debería esmerar más la policía local en pillar por banda a los inconscientes que van como locos. Probablemente, con un mayor control de gilipollas iría la cosa mejor.

Yo he estado a punto de ser atropellado en la acera, mis hijos pequeños también y me llevan los demonios pero creo que la solución está en controlar más eso.

En cuanto a los carriles bici, por mi se los podían meter muchos por el culo. La mayoría están mal diseñados, construidos y mantenidos. En muchos lugares son más peligrosos que ir por la propia calzada y además, en una bici de carretera, con una rueda de grosor aproximado a un 1,2 cm, imaginad lo que es subir y bajar los pequeños bordillos que nos regalan esos magníficos carriles. Los carriles bici como ocurren en muchos países y ciudades europeas, no son más que un arcén bien amplio y a lo sumo separado por unas bandas de goma; con eso me daba más que satisfecho.

En fin, la calle y la carretera es lo que es, la selva, la ley del más fuerte y el ciclista tiene todas las papeletas.


Cuatísima razón tienes diayu, en especial estoy de acuerdo en lo subrayado.
La mayoría de carriles bici está mal diseñados, muchos de ellos ocupan más que la propia acera donde están colocados (un error, pues deberían estar entre la calzada y la acera); no tiene en cuenta al peatón que usa la acera y se dirige a un paso de cebra para cruzar; aquí en Valencia por ejemplo, hay unas pequeñas señales pintadas en el carril bici de "ceda el paso"...ni Dios lo cumple!!

Pero es que a esos gilipollas a los que te refieres les tendrían que grabar a fuego varias cositas, a saber:
1.- está prohibido circular en bici por una acera
2.- no se debe timbrar a unos peatones que van por la acera para que se quiten de enmedio para que pases tú, ciclista
3.- el peatón es la parte más "débil" y siempre tiene preferencia

Venga....y ahora lo copias 200 veces :D

pd: y por la misma regla de tres, por supuesto, enseñarle al peatón que no debe ir andando ni corriendo por el carril bici
 
Lo de los carriles bici que los paguen los ciclistas me suena a lo de que las protecciones de los guardarraíles para los motoristas, las paguemos los motoristas. Caray, de mis impuestos se han pagado las de coches y camiones. No me parece tan descabellado que ellos paguen los míos como motorista cuando yo he pagado mi parte de los suyos y... me matan si me choco con ellos. En los carriles bici, que se respetan tirando a poco y usan frecuentemente mamás con carritos, gente corriendo o paseando y básicamente se lo pasan por el forro gran parte de los ciudadanos, al final es un peligro intentar ir por él. Yo uso uno ahora que voy a rehabilitación a diario en bici y me encuentro coches aparcados siempre en el mismo punto, siempre también en la entrada de un taller de coches donde cambian neumáticos y casi todo el mundo pasea por él. De hecho el otro día venía una panda de trabajadores del polígono cercano que por la hora iban o venían de almorzar. Usaban todo el carril bici y toda la acera. Empecé a tocar mi timbre y ni puto caso. Al final, pie a tierra. Les dije que era un carril bici y me contestaron que si por ello tenía derecho a atropellarles... ¿? mejor no discutir con gente con semejantes argumentos. Sin embargo me los he cruzado más días y ya se apartan. No sé si logré algo o ha sido casualidad.

Hace unos meses un chaval atropelló a un vecino mío con un monopatín. Le dislocó un hombro. Un mes de inmovilización. ¿quién decía lo de los 10 días? Cuando mi hijo iba a la guardería, un día fuimos a un parque cercano con otro crío y sus papás. Al doblar una esquina, un chaval en bici se comió literalmente al otro niño, haciéndole sangre en el pómulo. Aunque no le pusieron puntos, le ha quedado cicatriz y ya hace 4 o 5 años de aquello. Los accidentes contra vehículos de ruedas existen. A mí me han tocado las aletas esas separadoras que se ponen en las sillitas de bebé en bici. Si me han dado en la aleta que no sale apenas del ancho del manillar, imagina lo cerca que me pasaron. Desde ese día no me aparto nada. El que venga detrás que se espere. Lo siento mucho. Mi carril es mi carril y el que quiera adelantar, que disponga de ese metro y medio cuando la calle sea ancha o haya más carriles. Ni que se les gastara el volante por usarlo. Peligros conduciendo bicis hay muchos. Y peligros que provocan las bicis, también. En ciudad con lo de las bicis municipales hay muchísimas acciones incívicas que antes no ocurrían. Gente no tiene ni idea de conducir, no señalizan, se incorporan o salen sin señalizar nada, van por las aceras, por los carriles bici, pasan pasos de peatones a toda castaña obligando a los coches a frenar cuando NO tienen preferencia... en fin, que curiosamente piensan que siempre tienen derecho a circular como les dé la gana y yo, en cambio, pienso que no puedo ir por la acera y es peligroso ir por la calzada. Vamos, que yo me siento proscrito y fuera de la ley en casi cualquier circunstancia, teniendo un seguro de responsabilidad civil y otro de accidentes que me cubre haciendo bici -preguntado expresamente- y también haciendo kayak por si en algún desembarco o surfeando una ola acabo atropellando a alguien. Me dijo la del seguro que el kayak igual se podría considerar una actividad de riesgo. Le dije que sí, que me podría comer un tiburón. Un kayak de mar puede llevar una velocidad de una persona a pie. Pabernos matao. Igual estaba pensando en un kayak de aguas bravas.

Me estoy yendo del tema. Un seguro de responsabilidad civil, que me da igual que sea el de la casa, uno personal o uno de la bici, me parece necesario. De hecho nos ahorraría tener que contratar a un abogado en caso de accidente contra otro vehículo, aunque yo soy partidario de saltarme al abogado de la compañía e ir con uno especializado en reclamaciones por accidente. En mi primer accidente en moto, con una rotura de escafoides y tras haber renunciado al abogado de la compañía, el abogado de la compañía compareció en el juicio aunque ya habíamos cerrado un acuerdo con el contrario. Me dijo en plan guay que si por lo menos había cerrado 200.000 pesetas -aún era en pesetas-, que es lo que me correspondería por los días de baja y por los que ellos hubieran luchado. Pues sí, más de un millón me dieron... y con el abogado de mi seguro hubieran peleado por 200.000. Esa es la diferencia cuando tu abogado va a porcentaje o va a sueldo de la compañía: que te indemnicen más o que te ahorres el abogado aunque ganes mucho menos. Yo lo tengo claro y el que quiera entender lo que me ocurrió a mí, que se aplique el cuento si alguna vez tiene un accidente.
 
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