¿alguien sabe...?

comando GS

Curveando
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Buenos días, os comento:
Estoy mirando un coche de 2ª mano para comprar (a un particular) y me surgen varias dudas respecto a la viñeta.
Si compro el coche el día 2 de enero ¿la viñeta la paga el antiguo dueño por estar el coche a su nombre el día 1 de enero de 2012?.
¿La tiene que pagar al hacer la transferencia y darme el recibo de pago o la paga cuando su ayuntamiento se la mande?
Si es asi, y si no la paga.. ¿puedo yo tener problemas con la administración, o hacienda actuará contra el responsable de pagar la viñeta? (el titular del vehículo el día 1 de enero)
Espero vuestra ayuda.
Un saludo.
 
Cuando hablas de "viñeta", a qué te refieres? Al impuesto de circulación? Si es así, hasta donde yo sé, cuando se vende y trasfiere un vehículo, tienen que estar todos los impuestos al día por parte del vendedor. En tu caso creo que lo suyo es llegar a un acuerdo con el vendedor y descontarte ese impuesto del precio del vehículo para posteriormente abonarlo tú.

Un saludo.
 
Creo que el numerito lo ha de pagar el titular en el año en vigor, es decir que si lo compras el 31 de diciembre lo pagas tu y si lo compras el 1 de enero lo paga el.

V,sssss
 
Lo que está claro es que sin el impuesto de rodaje, no podrás hacer la transferencia en tráfico.

Yo supongo que eso le compete al que te vende el vehiculo, igual que con la itv, al vendertelo deberá estar con todos los documentos en regla.

Pero igual que con quien paga la transferencia
( normalmente lo hace el que compra ), eso ya son acuerdos entre comprador y vendedor.
Mucha gente en el precio incluye la transferencia al nuevo nombre.

Saludos.
 
[highlight]Lo que está claro es que sin el impuesto de rodaje, no podrás hacer la transferencia en tráfico.
[/highlight]
Buenos días, yo ya se que sin el no se puede transferir, el coche tiene la viñeta (que es como se le llama aqui) paga, pero si lo compro ahora la del año que viene me tocará a mi pagarla, sin embargo, si lo compro el 2 de enero, el propietario actual, la tendrá que pagar para poderlo transferir, y por lo tanto será su responsabilidad, pues si lo quiere vender, tiene que estar al corriente de todos los cargos con el fisco. El precio del coche ya está ajustado...
Un saludo.
 
lo suyo si vas a comprar el coche y lo uses todo el 2012 que te hagas cargo tu, pero todo depende del acuerdo yo la ultima compra que fue a primeros de enero de hace dos años lo pagamos mitad cada uno
 
Re: ¿alguien sabe...?ue lo tienes que pagar tu

el impuesto lo pagas por años si compras el uno de enero lo tendrás que pagar tu :-[
por que el por adelantado paga el 2011 :)
y los datos del 20012 son a tu nombre :)

mira a ver si diciéndole que descuentes una cantidad por que lo tienes que pagar tu en vez de el y si traga es lo que te ahorras :) :)
si no lo entiendes te lo aclaro no se si mejor ;)
 
Sin ánimo de contradecir a ningún compañero y con la única intención de aclarar la duda de comandoGS, el artículo 96.2 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dice que el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se devenga el primer día del período impositivo, por lo que el sujeto pasivo es sin duda el propietario del vehículo el día 1 de enero de cada año.

No tiene sentido, en mi opinión, negociar el pago con el comprador, ya que en caso de incumplimineto el deudor tributatio seguiría siendo el vendedor, porque él era el propietario del vehículo en dicha fecha. Si se compra un vehículo el 2 de enero se ha de presentar el impuesto pagado del año anterior (en vigor) y el comprador se desentiende del de ese año porque en ningún caso será responsable de su pago.


Vs
 
Añadiendo a la informacion de CHEMAST el unico problema es si al siguiente año quieres volver a venderlo y el anterior propietario no lo ha abonado.
 
yo tanto no afino  :)
pues ya sabes la pasta pone el :-? 8-)si es día uno y si va a ser el dia dos se la pides porque higual no lo sabe :) :) ;)
 
el hecho de que el recibo del 2012 no salga al cobro hasta el mes que toque, nada impide pagarlo antes del inicio del peridodo de recuadación en voluntaria, yo lo he hecho varias veces, eso evita cualquier problema futuro, es más, si yo fuera el comprador y comprara después de primero de año, exigiría el recibo del año en curso al vendedor, solo tiene que ir a su Ayuntamiento y pagarlo.
 
4A48425F4A484B44434449440D0 dijo:
Creo que el numerito lo ha de pagar el titular en el año en vigor, es decir que si lo compras el 31 de diciembre lo pagas tu y si lo compras el 1 de enero lo paga el.

V,sssss
Exacto
 
Hola, sin animo de contradecir a nadie, pero creo que todas las posibilidades son validas, esta claro que el que lo tiene que pagar es el dueño del vehiculo a fecha 1 de enero del año en curso.

el año pasado cuando compre la RT, era 14 de enero y lo pago el vendedor, es mas, lo pago a posteriori, por que hasta abril-mayo que salen los del año en curso, en muchisimas comunidades, para hacer la transferencia no te piden el del año, si no el del anterior, por que entienden que todavia no han salido al cobro.

ademas, a titulo informativo, os dire que en el año 2009 compre una moto en enero, hice la transferncia en albacete con el recibo del año anterior,la vendi en abril y el comprador hizo la tranferncia en madrid con el mismo recibo, (2008).

de todas las maneras, si en el contrato de compra-venta poneis una clausula como por ejemplo " el vendedor se compromete a entregar toda la documentacion necesaria para la transferencia del vehiculo en la jefatura de trafico de la provincia del comprador, incluyendo recibo del impuesto de circulacion del año en curso"", con esto ya no hay mas papeleta que valga.

pero insisto , el unico problema que se puede presentar es que quieras volver a vender el vehiculo en el segundo semestre de ese mismo año, para lo cual lo necesitarias ( el impuesto ,claro), por lo demas sin ningun tipo de problemas ;)
 
Hombre yo no tengo mucha idea pero creo que no es un dinero significativo para decidir la compra del vehiculo, como te han dicho si le exiges a el el pago y no lo realiza (aunque le corresponda a el, situación que se ha dado muchas veces porque el impuesto se paga en abril del año proximo) el problema lo tendras tu porque no podrás transmitirlo, aunque el dinero que te ahorras pueden ser 100 €
 
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