Certificado conformidad me piden una pasta

ROBERKO

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R850R BELGA Hola he ido a la itv y lo ke creia yo que era el COC no lo es incluso lo pone.. pero me han dicho que no pone ningun dato,me han dado el tel de un Ingeniero de Gandia Angel, he hablado con el,, bueno un xico muy atento me ha explicado que la moto no tiene la homologacion Europea y tal aparte me ha dicho de venir a ver la moto para certificar que no tiene ninguna modificacion y tal pero joder 160 del coc y 200 de sus servicios se me va de madre, el certificado de tuv reinhald tendra el mismo valor o me gastare los 120 estos mas todos los otros si conoceis a alguien por la zona de la safor o ribera alta de Valencia que me pueda ayudar se lo agradeceriaa gracias
 
Desde que salió hace varios años la "Ley Anti-Tunning" como se le llama, poner solamente unos anti-niebla o cualquier tontería y homologarla, cuesta un "güevo". Yo intenté poner unos antiniebla que costaban unos 35 €, el certificado de homologación 200 €, la ITV 20€ y anotarlo en la ficha técnica unos 40 €. Ir sumando... tenemos unos gobernantes que legislan con la navaja en la mano. Ah!, los antiniebla deben ser tener la homologación "UE", pues aún así, hay que hacer otro certificado de homologación de que son adecuados para la moto, etc, etc.
 
Y qué pasa si los accesorios son opcionales de origen? es decir, yo compro una moto nueva, le pongo x accesorios, por ejemplo, los faros auxiliares de leds...? me tienen que dar en la casa una ficha de homologación? vienen ya con su documento? han de pasar ellos la itv antes de entregarme la moto?
 
No solo se necesita la homologación del producto que compras, tiene que estar homologado el montaje en "tu modelo" de moto. Las casas que fabrican accesorios no quieren gastarse la pasta para homologar su producto para cada modelo de moto del mercado.

"En principio" los que te vende tu marca como accesorio original debería haber realizado ya la homologación.
 
Si lo he entendido bien, son 360€ + la ITV. No me parece tanta pasta... Me imaginaba que iba a ser mucho más.
 
Roge si son de la casa salen en la ficha

No solo se necesita la homologación del producto que compras, tiene que estar homologado el montaje en "tu modelo" de moto. Las casas que fabrican accesorios no quieren gastarse la pasta para homologar su producto para cada modelo de moto del mercado.

"En principio" los que te vende tu marca como accesorio original debería haber realizado ya la homologación.

OK no obstante lo preguntaré en el conce
 
No sé si esperabas menos, pero digo que sigue sin parecerme tanto. Depende de el precio que hayas pagado por la moto.
 
Desde que salió hace varios años la "Ley Anti-Tunning" como se le llama, poner solamente unos anti-niebla o cualquier tontería y homologarla, cuesta un "güevo". Yo intenté poner unos antiniebla que costaban unos 35 €, el certificado de homologación 200 €, la ITV 20€ y anotarlo en la ficha técnica unos 40 €. Ir sumando... tenemos unos gobernantes que legislan con la navaja en la mano. Ah!, los antiniebla deben ser tener la homologación "UE", pues aún así, hay que hacer otro certificado de homologación de que son adecuados para la moto, etc, etc.

Gabriel, yo tengo montados antinieblas en la RT, y no hace falta homologar nada,las motos aunque no los traigan de serie pueden montar antinieblas delanteros e incluso trasero, ojo no confundamos antinieblas,con focos de largó alcance, estos si tenemos q homologarlos y q figuren en la ficha técnica como tal, para poder montar los antinieblas,estos tienen q estar homologados por la Unión Europea y respetar unas medidas de colocación, estas medidas son genericas para todos los vehículos y q podemos encontrar en internet.
Pongo un enlace para q veáis la nueva ley q afectas a la moto para poner accesorios a estas , leerle esta muy interesante.
ITV MOTOS ? Accesorios ? Nueva legislación | Sinoespornoir.com

Perdón por poner esto aquí y al compañero ROBERKO desearle q todo se solucione lo antes posible.
 
Billor por eso que comentas tu.. es un precio más que razonable creo que pago i auu he visto en el tuv reí son 136 pero y si voy a la Itv i tengo que volver xungoo
 
Ufff!!!! que lío y que putada, paga o no terminas nunca.

Estás en una situación incomoda y no veo remedio.

Vamos, que quieren que pases por caja si o si, pero que

tampoco me estraña nada, cuando dijiste que era Belga

con matrícula extranjera. Eso es un EXTRA, muy malo.

Dentro de poco coincidiremos en alguna salida del Foro

comentando las anécdotas de la compra de tu moto.

Ánimo!!!!
 
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Pero es una R850R de primera o de segunda generacion?

Diria que las de primera no tienen el Certificado Europeo de Homologacion, mientras que las segundas si, lo que suele facilitar (€€€) las cosas.

Saludos
janSolo
 
Su modelo no es el primero, es el segundo y yo tengo el tercero

por lo menos el cuadro de Roberko salió tres años después de

la primera R 850 R.

Hola Jan solo, tú subiste a la mía en la quedada de K´s en

Alicante hace dos años de ello.

¿te acuerdas?

Un Saludo
 
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Su modelo no es el primero, es el segundo y yo tengo el tercero

por lo menos el cuadro de Roberko salío tres años después de

la primera R 850 R.

Vaya, contamos diferente entonces :)

Yo cuento segun el realoem. Modelo 259 (desde el año 94 al 02) y modelo R28 (desde el 02 al 07).

Tu seguramente divides el primer modelo 259 entras las "primeras primeras" con solo el velocimetro en el cuadro de instrumentos, y las otras que ya tenian velocimetro y cuentavueltas.

Hola Jan solo, tú subiste a la mía en la quedada de K´s en

Alicante hace dos años de ello.

¿te acuerdas?

Un Saludo

Si que lo recuerdo si. Y el asiento tipo "silla de montar" de mi RT me va mejor, para mi corto pataje, de lo que me iba la tuya en aquella prueba.

Saludos
janSolo
 
Gabriel, yo tengo montados antinieblas en la RT, y no hace falta homologar nada,las motos aunque no los traigan de serie pueden montar antinieblas delanteros e incluso trasero, ojo no confundamos antinieblas,con focos de largó alcance, estos si tenemos q homologarlos y q figuren en la ficha técnica como tal, para poder montar los antinieblas,estos tienen q estar homologados por la Unión Europea y respetar unas medidas de colocación, estas medidas son genericas para todos los vehículos y q podemos encontrar en internet.
Pongo un enlace para q veáis la nueva ley q afectas a la moto para poner accesorios a estas , leerle esta muy interesante.
ITV MOTOS ? Accesorios ? Nueva legislación | Sinoespornoir.com

Perdón por poner esto aquí y al compañero ROBERKO desearle q todo se solucione lo antes posible.

He preguntado en todas las ITV de Guadalajara, Alcalá de Henares y Torrejón de Ardoz y me han contestado lo mismo. No se pueden poner los antiniebla sin certificado de homologación (aún estando estos homologados), después hay que inscribirlo en la ficha técnica.

Se puede hacer por las buenas, pero si te para la Benemérita... premio directo.
 
He preguntado en todas las ITV de Guadalajara, Alcalá de Henares y Torrejón de Ardoz y me han contestado lo mismo. No se pueden poner los antiniebla sin certificado de homologación (aún estando estos homologados), después hay que inscribirlo en la ficha técnica.

Se puede hacer por las buenas, pero si te para la Benemérita... premio directo.

Pero es sencillo. Si están homologados, justo después de instalarlos vas a la ITV y te lo hacen en el momento. Es como la bola de remolque del coche ¿no? ¿O hace falta que BMW Ibérica los homologue como antinieblas para esa moto?
 
He preguntado en todas las ITV de Guadalajara, Alcalá de Henares y Torrejón de Ardoz y me han contestado lo mismo. No se pueden poner los antiniebla sin certificado de homologación (aún estando estos homologados), después hay que inscribirlo en la ficha técnica.

Se puede hacer por las buenas, pero si te para la Benemérita... premio directo.

Gabriel, no dudo lo q t han dicho, pero yo he pasado la itv con ellos,y la semana pasada un conocido mío, itv de Talavera de la reina, sólo se fijan en la homologación(si son antinieblas) y las medidas q deben tener sobre el suelo y sobre las luces cortas.( nunca se deben poner en la misma línea q las cortas)

LO SIGUENTE ESTA COPIADO DE LA DGT.

1.1.6.- ALUMBRADO DE NIEBLA.

La luz antiniebla delantera es la luz utilizada para mejorar el alumbrado de la carretera en caso de niebla, nevada, tormenta o nube de polvo. La luz antiniebla trasera es la luz utilizada para hacer el vehículo más visible por detrás en caso de niebla densa (Anexo X RGV)

1.1.5.a.- Alumbrado delantero de niebla.

Siempre de forma opcional, pueden llevarla los automóviles en general, las motocicletas con o sin sidecar, vehículos de tres ruedas, tractores agrícolas de obras o servicios, y las maquinas automotrices agrícolas o para obras.

En cuanto al número, los automóviles en general, los tractores y las maquinas automotrices llevarán dos, y las motocicletas con o sin sidecar y los vehículos de tres ruedas, una o dos. Emitirán luz de color amarillo - selectivo o blanco, pero en las motocicletas con sidecar será en todo caso blanco. Estarán situadas en la parte delantera del vehículo. En los tractores y máquinas automotrices agrícolas se situarán en los bordes exteriores.

Su finalidad es aumentar la iluminación de la vía por delante del vehículo en condiciones climatológicas o ambientales adversas que reduzcan la visibilidad, y se utilizarán en caso de niebla intensa, nevada, nubes de humo o polvo o cualquier otra circunstancia análoga. También podrá utilizarse en vías estrechas con muchas curvas, entendiéndose por tales las que, teniendo una calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, estén señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí.

Solamente se podrá encender en caso de que estén funcionando las luces de posición y podrá utilizarse aislada o simultáneamente con las luces de corto alcance o, incluso, con las de largo alcance.

Un nuevo elemento es el conocido como “luces angulares”, o “luces para curvas”, que son dispositivos opcionales de alumbrado, compatibles con los faros principales del vehículo, que se activan al tomar una curva iluminándola con mayor intensidad. En la actualidad, este dispositivo se monta en diferentes modelos de vehículos sobre las luces antiniebla, coexistiendo ambos mecanismos en el mismo faro del vehículo., y deben cumplir una condición, según la normativa de los diferentes reglamentos de Naciones Unidas y de la Unión Europea: que no se activen a más de 40 km/h.


ESTO OTRO DEL BOE.

[Bloque 44: #a17]
Artículo 17. Dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica.
Con las excepciones que se señalan en el artículo 18, los únicos dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica que se regulan en la reglamentación que se recoge en los anexos I y X para los distintos tipos de vehículos de motor y remolcados, son los que se especifican a continuación:
1. Todo automóvil, con excepción de los que se reseñan en los apartados siguientes, puede llevar:
Luz antiniebla delantera.
Luz de estacionamiento, si la longitud del vehículo no es mayor de 6 metros y su anchura no es mayor de 2 metros. En los de vehículos que no reúnan ambas condiciones estará prohibida.
Luz de alumbrado interior del habitáculo.
Catadióptricos no triangulares o luces de posición laterales, si la longitud del vehículo no es mayor de 6 metros.
Dispositivos luminosos o reflectantes de señalización de apertura de puerta, sólo visible en esta circunstancia.
Luz de gálibo para vehículos comprendidos entre 1,80 y 2,10 metros de anchura.
Luz de gálibo trasera en las cabinas con bastidor.
Catadióptricos delanteros no triangulares.
Tercera luz de freno.
2. Toda motocicleta puede llevar:
Luz antiniebla delantera.
Luz antiniebla trasera.
Catadióptricos laterales no triangulares.
Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.
3. Toda motocicleta con sidecar puede llevar:
Luz antiniebla delantera.
Luz antiniebla trasera.
Catadióptricos laterales no triangulares.
Sin necesidad de homologar .
Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.
Todos los dispositivos autorizados para los vehículos automóviles de cuatro ruedas a que se refiere el apartado 1.

GABRIEL, aquí t dejo un enlace de un motero q cuenta su historia para poner luces de carreteras( largó alcance ),si lo lees verás q para montar faros de largó alcance si es necesario su homologación, pero para montar antinieblas no es necesario.
http://www.portalmotos.com/foro-mot...tv-y-las-homologaciones...-ojo-tocho.../76777
 
Última edición:
GABRIEL, aquí t dejo un enlace de un motero q cuenta su historia para poner luces de carreteras( largó alcance ),si lo lees verás q para montar faros de largó alcance si es necesario su homologación, pero para montar antinieblas no es necesario.
LA ULTIMA DE LAS ITV Y LAS HOMOLOGACIONES... OJO, TOCHO... - Foro motos

Pues yo entiendo que para los antinieblas SI que es necesario todo el follon de la homologacion. Lo que no es necesario es la tonteria de los 20cm de separacion.

Saludos
janSolo
 
Pero es sencillo. Si están homologados, justo después de instalarlos vas a la ITV y te lo hacen en el momento. Es como la bola de remolque del coche ¿no? ¿O hace falta que BMW Ibérica los homologue como antinieblas para esa moto?

No. Eso que cuentas es lo que se hacia antes.

Comprabas un faro homologado, lo instalabas, ibas a la ITV a que te lo apuntaran y listo.

Cuando salio la ley "anti-tuning" hubo un periodo de gracia, que era el tiempo que tardases en pasar la primera ITV tras la entrada en vigor de la ley, en el que ibas a la ITV, decias que "eso ha estado ahi desde siempre" (aunque lo hubieras instalado el dia anterior), y te lo apuntaban.

A partir, de ahi, un drama:
El faro (o lo que sea) tiene que estar homologado
Certificado de conformidad del fabricante conforme el accesorio se puede instalar en el vehiculo.
Factura del instalador (no puedes hacerlo tu aunque sean dos tornillos y dos cables).
Proyecto e ingeniero.
Y finalmente la ITV.

Vamos, que se le quitan a uno las ganas de modificar nada en el vehiculo. Es decir, justamente lo que pretendian.

Saludos
janSolo
 
Ahora se acaba de ir el ingeniero de ver la r me lo a medido todo a comprobado que la moto esta toda legal,que no se ha modificado nada,todo una gilipollez bueno si se puede decir eso,el hombre ha echo su trabajo,me ha sableado y esperemos que sean por bien empleados, mañana a la gestoria,ya que he echo mas o menos calculos y el tiempo que perdere yo y la mala leche que se me va aponer tiene mas valor que lo que pueda pagar pagar deporte nacional
 
Roberko!!!! que ya casi la tienes.

Te tendremos que volver ha felicitar, amic!!!!
 
Gabriel, Jansolo, perdonar q sea tan pesado sobre las luces antinieblas, pero leer esto.

En cuanto a la iluminación, las luces de cruce (cortas), carretera (largas), de matrícula y de frenado son obligatorias para todas las motos y scooters de más de 50 cc. En el caso de los ciclomotores, las de carretera, los intermitentes y la luz de matricula no son obligatorias. El color de dichas luces será siempre blanco para el faro delantero (excepción hecha en vehículos homologados y matriculados con luces amarillas) Las luces traseras serán siempre de color rojo. Los indicadores de cambio de dirección o de sentido de la marcha serán siempre de color naranja. En todos los casos si el vehículo dispone de una sola luz deberá situarse en el plano longitudinal medio del vehículo y si son dos luces, simétricas con respecto al mismo plano. Actualmente los neones están prohibidos porque distraen al resto de los conductores, siendo, como ya hemos dicho al inicio, falta grave si vamos a pasar la ITV con ellos.

En cuanto a la sanción, si circulas con luces no homologadas encendidas, pueden sancionarte con entre 90 y 150 € por cada elemento no homologado. Por ejemplo te pueden denunciar por llevar "la luz de freno en el baúl,está homologada"evidentemente, como cualquier cosa que se venda en la comunidad económica europea, y eso no implica que se pueda montar en el vehículo. Los famosos kits de xenon para coche o moto que tanto se venden ahora están homologados, pero nadie duda de que su montaje es ilegal y de que si te empapelan por llevarlos, no hay recurso posible. Como dato curioso, el único tipo de luz que se puede montar en una motocicleta sin llevarla a homologar, son los faros antiniebla, ya que no se contemplan como reforma de importancia. El único requisito que han de cumplir es que estén a la misma altura y equidistantes del eje central de la moto.

Esta copiado de este enlace.
Alta visibilidad en moto, otra incongruencia más - Canariasenmoto.com
 
. Como dato curioso, el único tipo de luz que se puede montar en una motocicleta sin llevarla a homologar, son los faros antiniebla, ya que no se contemplan como reforma de importancia. El único requisito que han de cumplir es que estén a la misma altura y equidistantes del eje central de la moto.

Esta copiado de este enlace.
Alta visibilidad en moto, otra incongruencia más - Canariasenmoto.com

Perdona Monveloz pero ese enlace que citas esta equivocado y te remito al Real decreto 866/210 de 2 de julio y al Manual de Reformas de vehiculos revision 2ª de marzo de 2014. Actualmente poner unos antinieblas es considerada reforma y tienes que aportar informe de taller, certificado de conformidad de laboratorio, pasar ITV que te los anotará en la ficha técnica. No me gasté los 200€ que me costo todo por gusto. Y perdon por la intrusión en el post.
http://www.bmwmotos.com/foro/modelos-r-boxer/454507-tarde-de-bricolaje-antinieblas-r1200rt.html
Vss.
 
Última edición:
Perdona Monveloz pero ese enlace que citas esta equivocado y te remito al Real decreto 866/210 de 2 de julio y al Manual de Reformas de vehiculos revision 2ª de marzo de 2014. Actualmente poner unos antinieblas es considerada reforma y tienes que aportar informe de taller, certificado de conformidad de laboratorio, pasar ITV que te los anotará en la ficha técnica. No me gasté los 200€ que me costo todo por gusto. Y perdon por la intrusión en el post.
http://www.bmwmotos.com/foro/modelos-r-boxer/454507-tarde-de-bricolaje-antinieblas-r1200rt.html
Vss.
Muchas gracias x la aclaración,bueno es saberlo, pero como ya he dicho anterior mente, en mi ciudad parece ser q hacen la vista gorda o no lo saben, x q yo he pasado la itv con ellos, y la semana pasada un conocido mío, y nadie dice nada, decir q hay 4 itv.
me imagino q esa ley afectara a las motos matriculadas a partir de una fecha o un año en concreto, como pasa con las ecomatrículas ( las de plásticos).A mi dieron un certificado en la itv para enseñar y no tener problemas con la GC,q dice q al estar mi moto matriculada antes del 2012, puede llevar esa matrícula con referencia( homologación)XXXX,y las motos matriculadas a partir del 2012 tienen prohibido llevar esa matrícula, pueden llevar esa matrícula pero con otra referencia.
Gracias compañero.
 
De todas formas, es alucinante. Compras unos faros, que están homologados y que el fabricante ha pagado ya por esa homologación y resulta que te piden un certificado de que esa homologación y montaje es correcta. Pero lo tiene que hacer un perito industrial!!!!. Entonces los talleres que tienen licencia y están capacitados para ello... los cerramos?. En definitiva, este es el país del trinque.
 
Pues me estáis haciendo la picha un lío con el tema de los faros auxiliares...repito que se los quiero poner en la moto nueva, son los accesorios de la marca (Yamaha)...:(
 
Yo no ya no digo nada, estoy echo un lío, pero la semana q viene tengo q ir a l itv a q me pongan en la documentación la homologación de un gancho para llevar un remolque en un camión q hemos puesto. Tengo q hablar personalmente con el ingeniero de la itv, así que se lo preguntare.
 
Me ha comentado el ingeniero que ni Tuv ni iada le hacen el COC que no tiene la homologación europea que puedo hacer voy a la Bmw???
 
No es cierto. Las homologaciones Europeas empezaron a utilizarse a finales de los 90. Esa moto debe tener una homologación nacional belga o alemana, que tiene su equivalente nacional en España (sino no se podría vender), por lo que BMW o TUV Rheinland te hace una ficha técnica reducida en la que indique la homologación nacional y a la itv. Antes de verano me traje un 512TR del 96 de Italia con homologación Nacional Italiana, y en menos de 30 minutos me dieron una ficha técnica. Me fui a la itv que tienen en Alcorcon, me lleve la ficha ese mismo día, al día siguiente a pagar en Hacienda y dos días después estaba matriculando el auto en la DGT de Alcorcon.
 
pues el ingeniero que vino a mi casa me ha dicho que en iada no se por que motivo no le dan el COC dice que esta paralizados y no hacen certificados A ver mañana que dice de todas maneras mañana voy a enviarle fotos a un gestor de tuv a ver que dice si me lo hace me como al ingeniero
 
Yo tengo bastante relación con ellos, as que si quieres mándame un privado con la docu que tengas y te echo una mano.
saludos
 
Nicort gracias te agradezco tu ayuda, y la tengo mucho en cuenta,me habia dicho el ingeniero que se habian paralizado las homologaciones por las dos empresas que dependen del ministerio IADA y no recuerdo la otra que estaban en una especie de huelga este mediodia me ha llamado y me ha dicho que hoy empezaban a hacer otra vez certificados eso me ha comentado esta semana tendre el certificado espero tener todo claro esta semana, a ver si termina bien esto
 
Bueno, ¿como va el tema?, me tienes en ascuas, espero que puedas disfrutarla pronto, es una gran moto.
 
octar y yo tambien estoy igual que maneraa,pues el tema va que de momento he pagado 396eur para la ficha simple y el certificado de comformidad,que lo tendre esta semana,despues llevar la documentacion a la itv,me avisaran para llevar la moto,cuando este todo esto a trafico a matricular y cambio de nombre a lo tonto dos semanas mas seguro sigo informando cuando lo tengaa voy a ponerlo en el foroo segurooo ya tengo ganas de sacarla a la luz
 
Pues si que estas bien!!!!, te había salido más rentable comprarte una matriculada en España. Bueno, paciencia y deja de armarla :D que ya he leido lo del filtro de aceite.
 
Ya eso creo yo pero no se porque motivo me puse en contacto con tuv y no hacian una especie de huelga,despues el tio este vino a casa a medir la moto hizo el paripee fotos y no se que mas, su historia 200 euros y 196 del COC que ha pedido a IADA es una pasta pero me lo recomendaron en la itv, lo de trafico ire yo y compensare un poco,de todas maneras la moto si no pasa nada raro mas aun me sale a cuenta ya que el precio de compra fue barato pero solo por el dolor de cabeza tiene razon octar no se si vale la pena,, despues de hablar con el ingeniero que me recomendaron en la itv(bueno ellos no recomiendan se lo pregunte yo si conocia a alguien de confianza), ya que me parecia caro los396 eur intente ponerme en contacto con Tuv un tal juan antonio le llame varias veces y no recibi contestacion,despues le envie la documentacion por watsup y nada asta el momento por eso tambien como lo veo todo tan liado me decidi a pagar los 400 lereles, porque sino dentro de un mes aun estoy igual
 
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