Fotocopias compulsadas

serena

Acelerando
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Hoy hablando con varios amigos uno aha comentado que se puede conducir legalmente con una fotocopia del carnet copulsado en un organismo oficiasl, que a el se la habian compulsado en el Ayuntamiento de su pueblo y que ya le habian parado en varias ocasiones sin denunciarle.
Si alguien lo sabe que informe, pues por despiste en infinidad de ocasiones no llevo nimguna documentacion y es cierto guardaria un fotocopìa junto a la documentacion de la moto.
Gracias por anticipado y saludo a todos
 
Hola, compañero.
El tema de las compulsas es controvertido, pues "organismo oficial" es desde la diputación hasta el cabildo pasando por los ayuntamientos o delegaciones de gobierno... Oficialmente, quien puede compulsar documentos y que éstos tengan validez, es el organismo emisor de ese documento: un permiso de obras el ayuntamiento, una cédula de habitabilidad el consejo o cabildo, un permiso de residencia la Delegación de Gobierno..., y todos los documentos de tráfico (o sea, permiso de circulación, carnet de conducir y demás), pues la Dirección de Tráfico local... La ficha técnica, el organismo competente en tu localidad: el Consejo o Cabildo, Diputación o ente autonómico que tenga las competencias...
Una compulsa de un ente local no tendría validez ante un organismo superior, por tanto la compulsa de un funcionario de ayuntamiento no valdría ante Tráfico (Guardia Civil y demás). Ante la duda yo recomiendo compulsar toda documentación ante Notario (validez oficial ante cualquier ente u organismo en España), aunque nos cueste 30 o 40 euros... Respecto a carnés de conducir, documentación del vehículo, etc., bastaría con la compulsa de Tráfico de la localidad.
Saludos.
 
Llevo la documentación compulsada por notario.
Sirve para la UE.

Hacen las fotocopias en un papel timbrado especial y apostillado. 5€.

Lo que no se si el señor de la ITV me la sellará tambien la copia compulsada para no tener que compulsar otra vez todo. Lo intentaré.
 
Creo, independientemente de si es un carnet o cualquier otro documento, que las compulsaciones tiene fecha de caducidad y sólo valen para los efecto de la compulsación durante unos meses, que no se cuantos son... si 1, 2, 3 o si 6.

Si el notario dice otra cosa, otra cosa será, pero, cuidado no nos pillen con la fecha de consumo preferente pasada de fecha.
 
Por cierto, me parece que la información de la página que mostráis no está actualizada. El recibo del seguro creo que no es obligatorio, aunque si lo es tenerlo al día. De perogrullo...

Son datos del 2003 y hoy en el 2011 algo ha cambiado además de la crisis.
 
Y en trafico presentas copias,cotejan y te ponen el sello no?
Entonces cada vez que pasa itv,a trafico de nuevo a que te compulsen la ficha?.

El recibo del seguro no es obligatorio,pero si te paran y no lo llevas encima y ellos no tienen cobertura para comprobar si estas asegurado,de momento te ponen una receta,y mil vueltas para que te quiten la multa.

Y pregunto: es obligatorio llevar la pegatina de la itv?
Saludos
 
Si que es obligatorio llevar la pegatina de la ITV, si encuentro un link lo añado, y creo que el informe de la ITV también.
 
342324382B510 dijo:
Yo los llevos sellados por un cuartel de la PGC. Perfectamente válido. ;)



Y eso lo puedo pedir ,yo por ejemplo , ;que me lo hagan o me mandaran al....................... ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D En serio Emilio es que vivo muy cerca de la Comandancia.........cuando vengo los miercoles de los Barriles paso despacito ::) ::) ::) ::) ::)
 
332534373B37560 dijo:
Creo, independientemente de si es un carnet o cualquier otro documento, que las compulsaciones tiene fecha de caducidad y sólo valen para los efecto de la compulsación durante unos meses, que no se cuantos son... si 1, 2, 3 o si 6.

Si el notario dice otra cosa, otra cosa será, pero, cuidado no nos pillen con la fecha de consumo preferente pasada de fecha.


Las compulsas, no caducan. ;)
 
5D404D4A425A42405B402F0 dijo:
[quote author=342324382B510 link=1318006314/7#7 date=1318019545]Yo los llevos sellados por un cuartel de la PGC. Perfectamente válido. ;)



Y eso lo puedo pedir ,yo por ejemplo , ;que me lo hagan o me mandaran al....................... ;D ;D ;D ;D ;D ;D ;D En serio Emilio es que vivo muy cerca de la Comandancia.........cuando vengo los miercoles de los Barriles paso despacito ::) ::) ::) ::) ::)[/quote]

No creo que te pongan problemas para hacerlo. ;)
 
Entiendo que la documentación que compulses será válida por el periodo de vigencia del documento ;D si te caduda la ITV y la pasas,deberas volver a compulsar,igual con el carnet ;)ese dato es el que determina la "fecha de caducidad"de la compulsa

Saludos
 
0C3D373336343332392F5C0 dijo:
Entiendo que la documentación que compulses será válida por el periodo de vigencia del documento ;D si te caduda la ITV y la pasas,deberas volver a compulsar,igual con el carnet ;)ese dato es el que determina la "fecha de caducidad"de la compulsa

Saludos


Sactamente,caduca el documento,no la compulsa.Si compulsas un DNI con caducidad,por ej a 2014,el documento caduca,y obviamente,la compulsa no te valdrá,por que el documento compulsado,ha caducado.
 
Para el cambio de nombre de un vehículo, concretamente "cuando vendí" mi moto, (ja,ja),  me mandaron una documentación, y dicha documentación, compulsada, me advirtieron que tenía una caducidad, no recuerdo si de tres o seis meses.

Quizá depende del documento, o del objetivo para el cual el documento está compulsado, ¿quién me lo comentó...?, no lo recuerdo, quizá esté más que equivocado o tal vez lo haya soñado, y no me extrañaría nada pero tal vez fue la Policía Municipal de Mislata, una población próxima a Valencia. No me hagáis mucho caso...

   
 
muchas gracias a todos por haber contestado, pero sobre todo por poner la pagina de trafico, esta se lo dare a algunos compadres mas oir si lo quieren hacer y yo mimso lo hare en el Ayuntamiento del mi pueblo.
Saludos a todos
 
2B293A26293E29480 dijo:
Y en trafico presentas copias,cotejan y te ponen el sello no?
Entonces cada vez que pasa itv,a trafico de nuevo a que te compulsen la ficha?.

El recibo del seguro no es obligatorio,pero si te paran y no lo llevas encima y ellos no tienen cobertura para comprobar si estas asegurado,de momento te ponen una receta,y mil vueltas para que te quiten la multa.

Y pregunto: es obligatorio llevar la pegatina de la itv?
Saludos
si son obligatorias la pegatina y el ultimo informe de la itv, lo regula el reglamento general de vehiculos
saludos
 
yo llevaba toda la documentacion tarjeta itv y permiso de circulacion compulsada por el departamento financiero, eso era valido hasta hace poco que me dio por preguntarselo a un municipal. hace 3 o 4 años me pararon y no me dijeron nada, no se si sacarian unas revision o algo que anularia las fotocopias compulsadas por alguien que no sea del min del interior
 
Referente a la documentación se necesita el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica con la itv en vigor si procede.
El recibo de seguro (esto no es obligatorio llevarlo), pero caso de no poder comprobar la vigencia mediante terminal informática proceden como si no tuvieras, por lo cual,siempre es mejor llevar el recibo.
Esto en cuanto al vehículo.
En cuanto al conductor el carnet de conducir en vigor.

Referente a las fotocopias los únicos autorizados son lo vehículos de alquiler, que llevan la fotocopia cotejada por la DGT, organismo emisor, todo lo demás no tiene validez legal, salvo lo del Notario, el resto es tolerado por cortesía institucional no por validez legal.

Y por último referente al carnet de conducir no es valida ninguna fotocopia excepto la cotejada por la DGT.

Espero que os sirva de algo,,,, perdonad el rollo.
 
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