LAFORJADELHERRERO
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He participado en otra ocasión en otro foro y para aclarar ideas ya comenté como está tema. De todos modos hago aquí un breve resumen.
Comentaré solo el caso en que se adquiere una motocicleta residiendo en España. Los casos en que resides fuera fuera de España y realizas un cambio de residencia son los menores y no los comento. A no ser que alguien esté interesado.
Pues bien. Compras una motocicleta, o un turismo, o un camión, en Holanda, por ejemplo. Y lo quieres matricular en España.
En cuanto a la situación técnico administrativa del vehículo hay dos casos:
1º Que el vehículo esté dotado de homologación europea
2º Que el vehículo carezca de homologación europea.
Caso 1. Vehículo con homologación europea.
Un vehículo dotado de homologación europea dispone de una contraseña de homologación en su documentación del país de origen.
En la práctica totalidad de vehículos, también existe la denominada "placa del fabricante", que está fijada en las motocicletas.
Hay casos en que por repintado o reparación, esta placa se ha retirado.
Es muy importante verificar antes de comprar que el vehículo está dotado de homologación europea. Pues de otro modo su matriculación con matrícula ordinaria (no histórica) puede llegar a ser inviable.
Tambien es muy importante verificar que estos vehículos no presentan lo que en ESpaña se denomina "reforma de importancia". Pues si esta reforma existe y además está registrada en la documentación de origen. La ITV debería de rechazar editar la tarjeta ITV.
Si todo es correcto. La matriculación de estos vehículos es simple. Pasar por la ITV y luego por la DGT. Pagas a unos, pagas a otros y listo.
No hay que fiarse nunca de la fecha de primera matriculación de un vehículo. Te puedes encontrar que este vehículo, en el país donde se matriculó, no pertenece a la homologación europea. Yo me lo he encontrado en alguna ocasión. Puede ser un prototipo, un vehículo de desarrollo del fabricante, una serie corta nacional, una homologación nacional, un final de serie y algún otro caso raro. Lo dicho. Verificar que la motocicleta tiene contraseña CE.
Caso 2. Vehículo sin contraseña CE.
Hay varios casos.
El más normal es que se trate de un vehículo anterior a la homologación europea. En esa época cada país homologaba los vehículos con reglamentación nacional.
En este caso solo se podrá matricular con matrícula ordinaria en España si se acredita que este vhículo es equivalente al que se homologó en su momento en España con el Reglamento Nacional de la época.
Esto solo puede acreditarse, si es el caso, mediante un Certificado de Condormidad del fabricante (COC) o mediante un informe d eun laboratorio acreditado en España. Y aquí está el problema.
En BMW las importaciones siempre (época moderna) las ha realizado BMW Ibérica. Pero te puedes encontrat que a lo largo de la historia han existido varios importadores. Casos de Harley Davidos, Ducati y unos cuantos más.
En este estado de cosas son varios los casos en que el actual importador se niega a facilitar el servicio alegando que el solo es responsable de los vehículos a partir de la fecha en que consta como tal en el registro de fabricantes/importadores del Ministerio de Industria. En este caso aconsejo contactar directamente con el fabricante.
El otro camino es pasar por el laboratorio. Pero te puedes encontrar, como sucede cada vez más. Que el laboratorio te dice que la motocicleta importada no corresponde a la versión que se homologó en España. Y en unos cuantos casos tienen razón. Pero no siempre. Cito un ejemplo.
Yo me he econtrado que todos los datos; pesos y medidas de las dos homologaciones, la del país de origen y la nacional española de la época, coinciden. Pero la potencia declarada difiere en 1,5 CV (antes en España se daba en CV).
Por más que les digas que en la época la potencia la declaraba el importador y no necesariamente se realizaban test en banco de INTA y que el importador no dio bien el dato, al pasarlo de KW a CV o que simplemente se equivocó. Pues no te harán el correspondiente certificado.
En estos dos casos, en los que ni te da respuesta el importador actual, ni te facilita el certificado el laboratorio. La única solución es solicitarlo al fabricante.
Pero cuidado. Esto no queire decir que el fabricante te envie un COC. Pues como ya he comentado, para un mismo modelo pueden existir variantes para cada país. En función de criterios puramente comerciales o de algún requisito técnico particular del país.
Todas las exenciones que he comentado en el caso 1, tambien son de aplicación en este caso. Te puedes encontrat serier cortas nacionales, homologaciones individuales, etc.
También es de aplicación el tema reformas. Si la motocicleta está reformada y documentada esta reforma en la documentación de origen. No debería de ser admitida por la ITV para su matriculación.
La cosa es algo más compleja y extensa que lo que comento, pero el resumen da una buena idea para situarse.
Es MUY MUY IMPORTANTE tener en cuenta que la Administración Española solo está obligada a matricular motocicletas si estas están homologadas den la CE o si estas están homologadas en España. Las excepciones, como el cambio de residencia, no las incluyo.
Luego. Y es un consejo que me tomo la libertad de dar. Si no tienes acreditación que la motocicleta está homologada en la CE o en España. Sencillamente, no la compres.
Comentaré solo el caso en que se adquiere una motocicleta residiendo en España. Los casos en que resides fuera fuera de España y realizas un cambio de residencia son los menores y no los comento. A no ser que alguien esté interesado.
Pues bien. Compras una motocicleta, o un turismo, o un camión, en Holanda, por ejemplo. Y lo quieres matricular en España.
En cuanto a la situación técnico administrativa del vehículo hay dos casos:
1º Que el vehículo esté dotado de homologación europea
2º Que el vehículo carezca de homologación europea.
Caso 1. Vehículo con homologación europea.
Un vehículo dotado de homologación europea dispone de una contraseña de homologación en su documentación del país de origen.
En la práctica totalidad de vehículos, también existe la denominada "placa del fabricante", que está fijada en las motocicletas.
Hay casos en que por repintado o reparación, esta placa se ha retirado.
Es muy importante verificar antes de comprar que el vehículo está dotado de homologación europea. Pues de otro modo su matriculación con matrícula ordinaria (no histórica) puede llegar a ser inviable.
Tambien es muy importante verificar que estos vehículos no presentan lo que en ESpaña se denomina "reforma de importancia". Pues si esta reforma existe y además está registrada en la documentación de origen. La ITV debería de rechazar editar la tarjeta ITV.
Si todo es correcto. La matriculación de estos vehículos es simple. Pasar por la ITV y luego por la DGT. Pagas a unos, pagas a otros y listo.
No hay que fiarse nunca de la fecha de primera matriculación de un vehículo. Te puedes encontrar que este vehículo, en el país donde se matriculó, no pertenece a la homologación europea. Yo me lo he encontrado en alguna ocasión. Puede ser un prototipo, un vehículo de desarrollo del fabricante, una serie corta nacional, una homologación nacional, un final de serie y algún otro caso raro. Lo dicho. Verificar que la motocicleta tiene contraseña CE.
Caso 2. Vehículo sin contraseña CE.
Hay varios casos.
El más normal es que se trate de un vehículo anterior a la homologación europea. En esa época cada país homologaba los vehículos con reglamentación nacional.
En este caso solo se podrá matricular con matrícula ordinaria en España si se acredita que este vhículo es equivalente al que se homologó en su momento en España con el Reglamento Nacional de la época.
Esto solo puede acreditarse, si es el caso, mediante un Certificado de Condormidad del fabricante (COC) o mediante un informe d eun laboratorio acreditado en España. Y aquí está el problema.
En BMW las importaciones siempre (época moderna) las ha realizado BMW Ibérica. Pero te puedes encontrat que a lo largo de la historia han existido varios importadores. Casos de Harley Davidos, Ducati y unos cuantos más.
En este estado de cosas son varios los casos en que el actual importador se niega a facilitar el servicio alegando que el solo es responsable de los vehículos a partir de la fecha en que consta como tal en el registro de fabricantes/importadores del Ministerio de Industria. En este caso aconsejo contactar directamente con el fabricante.
El otro camino es pasar por el laboratorio. Pero te puedes encontrar, como sucede cada vez más. Que el laboratorio te dice que la motocicleta importada no corresponde a la versión que se homologó en España. Y en unos cuantos casos tienen razón. Pero no siempre. Cito un ejemplo.
Yo me he econtrado que todos los datos; pesos y medidas de las dos homologaciones, la del país de origen y la nacional española de la época, coinciden. Pero la potencia declarada difiere en 1,5 CV (antes en España se daba en CV).
Por más que les digas que en la época la potencia la declaraba el importador y no necesariamente se realizaban test en banco de INTA y que el importador no dio bien el dato, al pasarlo de KW a CV o que simplemente se equivocó. Pues no te harán el correspondiente certificado.
En estos dos casos, en los que ni te da respuesta el importador actual, ni te facilita el certificado el laboratorio. La única solución es solicitarlo al fabricante.
Pero cuidado. Esto no queire decir que el fabricante te envie un COC. Pues como ya he comentado, para un mismo modelo pueden existir variantes para cada país. En función de criterios puramente comerciales o de algún requisito técnico particular del país.
Todas las exenciones que he comentado en el caso 1, tambien son de aplicación en este caso. Te puedes encontrat serier cortas nacionales, homologaciones individuales, etc.
También es de aplicación el tema reformas. Si la motocicleta está reformada y documentada esta reforma en la documentación de origen. No debería de ser admitida por la ITV para su matriculación.
La cosa es algo más compleja y extensa que lo que comento, pero el resumen da una buena idea para situarse.
Es MUY MUY IMPORTANTE tener en cuenta que la Administración Española solo está obligada a matricular motocicletas si estas están homologadas den la CE o si estas están homologadas en España. Las excepciones, como el cambio de residencia, no las incluyo.
Luego. Y es un consejo que me tomo la libertad de dar. Si no tienes acreditación que la motocicleta está homologada en la CE o en España. Sencillamente, no la compres.