He leido en el foro, un tema sobre si se puede adelantar con linea contínua o no. Y la verdad es que me he quedado sorprendido por las respuestas de la gente a éste tema.
Conducir una motocicleta o un turismo no se limita a tener buenas aptitudes para la conducción, sino tambien conocimientos sobre el Reglamento General De Circulación. Sí, digo bien, el Reglamento General de Circulación, ya que algunos hablan del Código de circulación... Señores y señoras: el Código está difunto desde que a mi padre se le cayo el pelo de la coronilla... y ya hace tiempo de eso..
Se han derogado tantos articulos del citado codigo que solo quedan tres en vigor. Asi que en adelante, llamadlo R.G.C. ( Reglamento General de Circulación)
A lo que yo iba, adelantar con linea contínua está prohibido si se invade el sentido contrario. Si para ello no invadís el sentido contrario y dejaís metro y medio entre las partes mas salientes de los vehículos entoces la maniobra está permitida. Y sigue llamandose adelantamiento y no rebasamiento como algunos insisten en llamarlo.
El concepto de rebasamiento es distinto. Rebasar a un vehículo es eso: pasar a un vehículo que esté inmovilizado. Pero si está en movimiento ambos vehículos... es un adelantamiento como un demonio!
Adelantar pisando una línea contínua está prohibido y es falta grave, la cual lleva aparejada la suspensión del permiso de conducir por un periodo no superior a tres meses.
El unico caso en el que podeis adelantar invadiendo el sentido contrario y pisando la línea continua es en el caso que el adelantado sea un ciclista o un grupo de ciclistas. Modificación del R.G.C. en el mes de Mayo del 2002.
Si teneis alguna duda más sobre el R.G.C. no dudeis en consultarmela ya que de eso, amigos míos estoy un pelín puesto.
Conducir una motocicleta o un turismo no se limita a tener buenas aptitudes para la conducción, sino tambien conocimientos sobre el Reglamento General De Circulación. Sí, digo bien, el Reglamento General de Circulación, ya que algunos hablan del Código de circulación... Señores y señoras: el Código está difunto desde que a mi padre se le cayo el pelo de la coronilla... y ya hace tiempo de eso..
Se han derogado tantos articulos del citado codigo que solo quedan tres en vigor. Asi que en adelante, llamadlo R.G.C. ( Reglamento General de Circulación)
A lo que yo iba, adelantar con linea contínua está prohibido si se invade el sentido contrario. Si para ello no invadís el sentido contrario y dejaís metro y medio entre las partes mas salientes de los vehículos entoces la maniobra está permitida. Y sigue llamandose adelantamiento y no rebasamiento como algunos insisten en llamarlo.
El concepto de rebasamiento es distinto. Rebasar a un vehículo es eso: pasar a un vehículo que esté inmovilizado. Pero si está en movimiento ambos vehículos... es un adelantamiento como un demonio!
Adelantar pisando una línea contínua está prohibido y es falta grave, la cual lleva aparejada la suspensión del permiso de conducir por un periodo no superior a tres meses.
El unico caso en el que podeis adelantar invadiendo el sentido contrario y pisando la línea continua es en el caso que el adelantado sea un ciclista o un grupo de ciclistas. Modificación del R.G.C. en el mes de Mayo del 2002.
Si teneis alguna duda más sobre el R.G.C. no dudeis en consultarmela ya que de eso, amigos míos estoy un pelín puesto.