Sentencia en Zaragoza sobre uso de "aparato" bluetooth

mataronet

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Sentencia de julio 2010, por la cual el juzgado estima el recurso y deja sin efecto la sanción de 150 € y 3 puntos del Ayuntamiento de Zaragoza.

Se trata de una sentencia que respalda lo que la AMM había venido defendiendo.
Existe una diferencia clara entre auricular (En los aparatos telefónicos y, en general, en todos los empleados para percibir sonidos, parte de ellos o pieza aislada que se aplica a los oídos) y altavoz (Aparato electroacústico que sirve para amplificar el sonido), y es lo que menciona la sentencia.

Ahora bien, esta sentencia es en base al Reglamento General de Conducción antiguo (art. 18.2).

En cuanto a la nueva legislación sancionadora Ley 18/2009 artículo 65.4.f  y en vigor, no tenemos conocimiento de sentencia alguna a favor o en contra de los usuarios.

Seguiremos informando.
DOCUMENTOS ADICIONALES (sentencia)

http://www.mutuamotera.org/gn/web/documentos/noticias/sentencia_auriculares_1294650415.pdf
 
Mmmmm

Ya veréis cuanto tardan en modificar el artículo si esta sentencia se empieza a circular por ahí...

Fijaros que se absuelve por la duda...

Manuel
 
POr algo no me hice abogado, ya qu eno entiendo ni papa de lo que pone :-[

Pero bueno, si al menos sirve para que no me (nos) multen por llevar el bluetooth del TOMTOM. Y eso que yo llevo el del Rider1 que es más pequeño y de hecho lo llevo dentro del casco.
 
Habrá que guardar el documento en el disco duro, porque si a alguien le cae una sanción, podría remitir los datos del juzgado, caso, sentencia, etc..., acompañando la copia en las alegaciones para descargo y anulación de la sanción.

Que un tribunal haya desestimado la sanción, no significa que la administración (en primera instancia) ó el juzgado al que apelemos conozcan la sentencia que aquí se cita.

Un saludo.
 
El problema es que no genera jurisprudencia si no lo dicta el tribunal Supremo, pero si que da algo de confianza. Habrá que ver con la nueva legislacion si sale alguna sentencia....
 
2D362F2B75757174440 dijo:
Me alegra la sentencia dictada.
¿Quién puso la sanción?
[highlight]Vaya librada de puntos y pasta.[/highlight]

De la pérdida de puntos se habrá librado, pero el tribunal no condena al pago de costas al ayuntamiento por lo que se habrá gastado bastante más en abogado y en procurador que lo que supone el coste de la sanción. :P

;)
 
1537243A39250918372037242439560 dijo:
[quote author=2D362F2B75757174440 link=1294684914/2#2 date=1294770700]
Me alegra la sentencia dictada.
¿Quién puso la sanción?
[highlight]Vaya librada de puntos y pasta.[/highlight]

De la pérdida de puntos se habrá librado, pero el tribunal no condena al pago de costas al ayuntamiento por lo que se habrá gastado bastante más en abogado y en procurador que lo que supone el coste de la sanción.  :P

;)


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Pues probablemente haya tenido que hacer frente a las costas judiciales pero gracias a eso nosotros tenemos una base sobre la que apoyarnos y el ha obtenido la gran satisfacción de demostrar lo incongruente de esa normativa/ley .Ole sus pantalones , mi enhorabuena a este señor y mis felicitaciones al Sr. Juez que supo interpretar el caso.
 
Pues yo veo, que aparte de que no crea jurisprudencia, que el Juez tampoco se aclara mucho, que tampoco deja la cosa muy clara, que ve una diferencia entre auricular, altavoz, que no aclara bien esa diferencia, vamos, diria yo mas, que si el Ayuntamiento de Zaragoza apela es capaz de hasta ganar el recurso.
 
454E4F5E5140424E010 dijo:
[quote author=1537243A39250918372037242439560 link=1294684914/8#8 date=1294852237][quote author=2D362F2B75757174440 link=1294684914/2#2 date=1294770700]
Me alegra la sentencia dictada.
¿Quién puso la sanción?
[highlight]Vaya librada de puntos y pasta.[/highlight]

De la pérdida de puntos se habrá librado, pero el tribunal no condena al pago de costas al ayuntamiento por lo que se habrá gastado bastante más en abogado y en procurador que lo que supone el coste de la sanción.  :P

;)


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Pues probablemente haya tenido que hacer frente a las costas judiciales pero gracias a eso nosotros tenemos una base sobre la que apoyarnos y el ha obtenido la gran satisfacción de demostrar lo incongruente de esa normativa/ley .Ole sus pantalones , mi enhorabuena a este señor y mis felicitaciones al Sr. Juez que supo interpretar el caso.
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Tienes toda la razón. Pero yo hacía referencia al tema de la pasta que decía el compañero, y en este caso rentable no ha sido.

;)
 
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