42687B65667A564B445E090 dijo:
Ehhhh, quién habla de desguace? 
Yo solo quiero una baja temporal para que pagar el impuesto de circulación, ya que si tengo un vehículo sin seguro, para que voy a pagar un impuesto de circulación?
Bueno, bueno, que solo estamos charlando sobre el tema. Tu consigue tu recibo y da la baja temporal
727565736761000 dijo:
[quote author=787D7371667B206C20140 link=1260635739/4#4 date=1261154323][quote author=6C46554B485478656A70270 link=1260635739/3#3 date=1261152745]Hoy he ido al ayuntamiento y como el ultimo pago a la carta fue el 25 de Noviembre, tengo que esperar hasta el 25 de Diciembre para que me den el justificante del impuesto de circulacion.
Vamos, que veo que me voy a quedar sin plazo.
Que cosas mas raras se escuchan, osea, que tienes pagado el sello, pero tardan un mes de darte el recibo, ¿pero eso como es?, yo no me lo explico >
Bueno, pues llegate a otra ventanilla, que no te atienda el mismo, y pidele un documento que acredite que no tienes ningún pago pendiente, que ese vehiculo no tiene ninguna carga en ese ayuntamiento.
Yo en los casos en los que he perdido el recibo, iba a por una copia, y lo que me daban era un certificado en el cual hacian constar que ese vehiculo no tiene ningún pago pendiente, o cargo pendiente, o algo asi.
Por otro lado, para la baja temporal, pues como te han dicho, a Jefatura de Trafico, con permiso de circulación, ficha tecnica y el impuesto de circulación, o en su defecto el certificado que te digo.
[highlight]Para baja definitiva, no lo puedes hacer tu, tiene que se a traves de un desguace autorizado, que certifica que ese vehiculo pasa a su destrucción[/highlight]. Esto lo han cambiado, por que la gente se dedicaba a dar de baja los vehiculos y los dejaban en la calle, para repuestos, de almacen, etc, y estaban las calles llenas de chatarra, o en los peores casos, los utilizaban, o los vendian, dados de baja.[/quote]
Es inexacto ya que depende del tipo del vehículo, copio y pego de la web de la DGT :
- Turismos y furgonetas de menos de 3.500 kgs
En este caso, la baja se tramitará por un Centro Autorizado de Tratamiento, previa entrega del mismo.
- Resto de vehículos
En este caso no es obligatorio llevar el vehículo a un Centro Autorizado de Tratamiento. Sin embargo, si es recomendable
[/quote]
Bueno, vale, yo hablaba de las motos, no de los camiones ;D