Después de releer todo el hilo y prestar atención a todas las opiniones y pocos argumentos llego a una conclusión:
El día 31/03/2019 un moto club organizó un evento motociclista en grupo previa inscripción de sus participantes.
El evento carecía de la correspondiente autorización que debe, obligatoriamente, solicitar el organizador de este tipo de actividades.
A su paso por el punto kilométrico 226,4 de la carretera N-110 en la población de Villacastín, (aquí se puede ver el punto exacto
https://www.google.com/maps/@40.7882895,-4.4214996,543a,35y,158.76h,44.9t/data=!3m1!1e3) el responsable de la organización de la comitiva es denunciado por incumplir el articulo 55.1 del reglamento de tráfico.
Que es este:
Sección 3.ª Competiciones
Artículo 55. Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos.
1. La celebración de pruebas deportivas cuyo objeto sea competir en espacio o tiempo
por las vías o terrenos objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor
y seguridad vial, así como la realización de marchas ciclistas u otros eventos, requerirá
autorización previa que será expedida conforme a las normas indicadas en el anexo II de
este reglamento, las cuales regularán dichas actividades.
2. Se prohíbe entablar competiciones de velocidad en las vías públicas o de uso público,
salvo que, con carácter excepcional, se hubieran acotado para ello por la autoridad
competente (artículo 20.5 del texto articulado).
3. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de muy
graves, conforme se prevé en el artículo 65.5.g) del texto articulado, sin perjuicio de las
medidas que adopten los agentes encargados de la vigilancia del tráfico para suspender,
interrumpir o disolver las pruebas deportivas no autorizadas.
No se denuncia a ningún participante por circular en grupo ni por participar en el evento.
Hasta aquí son los hechos probados. Ahora viene lo bueno:
Lo que yo creo, que no es más que fruto de mi imaginación, es que la comitiva fue sancionada en la zona de las dos rotondas que se corresponden con el punto kilometrico 226,4, que es un auténtico nudo de carreteras Posiblemente tantas motos circulando por ahí al mismo tiempo perturbaran de algún modo el tráfico en la zona, cosa que de haber sido un evento autorizado es más que problable que algún cuerpo de agentes encargados de la circulación hubiese evitado regulando el paso por ahí, colaborando y ayudando en la celebración del evento.
Una asociación autocalificada como ONG y denominada " Asociación Internacional Para la Defensa de los Motoristas", que cobra 30 € anuales por asociarse publica una noticia en su página web, que es esta:
https://seguridadmotociclistas.org/blog/2019/05/05/estan-denunciando-por-organizar-salidas-en-moto/
Cualquiera puede aprovechar la ocasión para darse una vueltecita por la página web de la ONG.
Un compañero de este foro se hace eco de la noticia e inicia un hilo con el título "La guardia civil esta multando por salir en grupo" , cosa que induce a una malinterpretación de la realidad, porque nadie ha multado a nadie por salir en grupo.
Y hecho esto se abre la caja de los truenos y sin contrastar las noticias ni informarnos de nada más afloran los detractores y defensores del agente que multó, del cuerpo de la GC, de la agrupación de tráfico, del Pere Navarro ese, de la administración, del sistema, de la interpretación de la norma e incluso de quién paga los cafés.
Desconozco si en Villacastín hay agentes de Policía Local, pero estoy convencido de que si esta sanción la hubiesen impuesto ellos no habría lugar a debate.