Me permito hacer un resumen y algún comentario sobre este tema.
Lo que generalmente se denomina "luces auxiliares" son en realidad luces, o luz, antiniebla delanteras. Las luces auxiliares no existen como tales en las Directivas y Reglamentos de homologación. En otros vehículos, como los camiones, tractores (maquinaria agrícola y de obras públicas) y todo terrenos, hay unas luces que se denominan de trabajo. Estas luces no están contempladas como tales en las homologaciones, pues solo se utilizan fuera de la via pública. Son eso, de trabajo.
Eso no quiere decir que las puedas montar homologadas. Pero no es necesario. Las que se montan en los TT en el techo para raid y demás suelen ser una combinación de largo alcance y antiniebla adicionales. Cuando pasas la ITV las has de desmontar.
Si colocas una luz adicional o dos luces adicionales que no sean anti niebla tendrás que eliminar la original con la misma función; cruce o carretera o las dos juntas.
Respecto a las luces anti niebla para motocicleta hay que tener en cuenta tres cosas.
1ª. Que estén homologadas como tales según Directiva 93/92/CEE o Reglamento (UE) 3/2014, en función de si es anterior a euro 4, o igual o posterior.
2º. No pueden estar combinadas con ninguna otra luz; cruce, carretera, diurna.
3º Si bien se admite que no se instale una luz de testigo. Es obligatorio que se indique el símbolo de la función antiniebla; en el mando o en cualquier otro sitio visible. Esto último creo recordar que no lo dice la Directiva de homologación de luces, pero si la de mandos y testigos, 93/29/CEE. Si bien es cierto que en la reforma de las luces no se menciona esta directiva, por lo que en mi opinión no debería de aplicarse.
Respecto a la conexión eléctrica. Los reglamentos de homologación no dicen nada al respecto. La puedes conectar como quieras, pero lo aconsejable es alimentarla directamente desde un circuito de bateria protegido por un fusible y activarla a través de un relé. Aunque un purista diría que si que se ve afectada la Directiva de emisiones electromagnéticas, los laboratorios y las ITV no lo consideran así. Al menos, hasta ahora. En los turismo la cosa puede cambiar a partir del nuevo reglamento de reformas que se supone saldrá en abril.