Multa por aminorar la velocidad

Perdón si se ha entendido una generalización.Me refiero al agente en concreto (Más que nada por su comentario al pararme..."De la del radar te has librado,pero de esta no").Está claro que hay y habra de todo como en todos sitios.Es más, tengo el placer de conocer a alguno de los buenos. Lo siento si he ofendido a alguien. ;)
Saludos!
 
3D322832302B302D2D3E3B5F0 dijo:
Perdón si se ha entendido una generalización.Me refiero al agente en concreto (Más que nada por su comentario al pararme..."De la del radar te has librado,pero de esta no").[highlight]Está claro que hay y habra de todo como en todos sitios[/highlight].Es más, tengo el placer de conocer a alguno de los buenos. Lo siento si he ofendido a alguien. ;)
Saludos!


+1

Gracias¡¡¡

Pienso que no has ofendido a nadie....



Salu2
 
Que verguenza de agentes,esa clase de autoridades son las que sobran,yo hubiera recurrido y denunciado al agente por abuso de autoridad chuleria,ya de paso
 
llego muy tarde...pero quiero dar mi opinión...creo que el problema que se discute aquí no es sancionable porque no está tipificado...lo que los agentes constatan y eso es un hecho no sujeto a apreciación o subjetividad...es que observan a un vehículo acercarse con exceso de velocidad sobre el que ellos llevan, el problema es que el exceso de velocidad solo es sancionable si está "cuantificado legalmente"...y aquí es donde hay un fallo legal que obliga a un comportamiento incorrecto -¿exceso de celo?- por parte de los agentes..querer sancionar por algo que no es lo que observan....el hecho probado que es el exceso de velocidad debería estar tipificado, de tal forma, que si no puede ser cuantificado llevaría aparejada, al menos, la sanción mínima....¿no será más bién la dificiente legislación la que en algunos casos induce a los agentes a actuar con "exceso de celo"?.
 
El pretexto de "exceso de celo", no es sino una capa de cobertura "legal" a lo que realmente significa: "Obsesión compulsivo-enfermiza por recaudar a cualquier costa, aunque sea injusto y abusivo".

Me recuerda a las injusticias que la administración comete y que en caso de tener que rectificar, dice que ha sido debido a "un error informático".

Un saludo.
 
hombre injusto, injusto...no creo...se trata de una conducta claramente antijurídica...conducir con exceso de velocidad...pero como no hay radar....no hay tipicidad...entonces me libro..a cada uno lo suyo ¿no?
 
Vaya de antemnano que no tengo nada que ver con la profesión de abogado, pero yo también soy de la opinión de que no procedía la sanción, toda vez que:
1.- la misma, en lo que al exceso de velocidad se refiere, sólo se basa en una apreciación personal, que no comprobada con la tecnología convenientemente prevista y homologada al efecto.

2.- a la vez, hablando de la reducción de velocidad, hay una interpretación de las intenciones que en todo caso dudo mucho que jurídicamente esté admitida. Por esta regla de tres, mañana mismo nos pueden enchironar porque a una agente le parece que tenemos intenciones de ... lo que sea: robar un banco, agredir a otro, traficar estupefacientes... sin más prueba que lo que el agente interprete u opine :P.

3.- El agente dice que "no se señalizó la reducción de velocidad". ¿Y cómo puede afirmar eso, si en todo momento el sancionado circulaba detrás de dicho agente?. No pudo ver si dió "toques de freno" para avisar de ello, aún en el caso de que ello sea exigible, sobre lo cual también tengo mis dudas ::).

Entiendo que cualquiera de las tres razones por separado ya de por sí son suficientes para la anulación del procedimiento sancionador, con lo que juntando las tres a la vez, no te digo.

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En todo caso, ¡qué lamentable es el rumbo que están tomando ciertas actitudes, absolutamente recaudatorias y que rozan no ya lo legal, sino también lo inmoral! (me refiero, por ejemplo, además de este caso, al post que hay de un agente que multa por no llevar el típico marco portamatrículas  :o).

Vsss
 
7A756F75776C776A6A797C180 dijo:
Hola amig@s!Mi consulta es la siguiente.El otro dia circulaba por la autovia.Circulaba a 140 y cuando me di cuenta estaba encima de un coche con radar movil. Al ver el radar frene un poco y me puse a 120 o 110,por lo cual ellos no me cazaron.Pero se dieron cuenta de que aminore la velocidad. En resumen. Me paran,me piden la documentacion y me multan. En la multa pone textualmente " Aminorar considerablemente la velocidad del vehiculo sin advertirlo previamente" A lo que yo le pregunte que cómo se advertia eso y se quedo mudo. Solo me dijo,de la del radar te has librado,pero de esta no. Vamos,que me la queriar endosar como fuera y lo consiguio, 200 euros. Mi pregunta es que si os a pasado algo similar,porque pienso recurrirla. Me ha metido 200 euros y mi direccion no es correcta.Bueno,espero vuestras opiniones.Un saludo y gracias!


por lo visto es legal, viene en una revista de coches... autofácil del mes pasado.....viene entre otros como pegar un derrape acelerando en un semáforo por ejemplo
 
Yo tambien llego tarde y me he leido entero este hilo tan majo, con aportaciones siemper hechas demanera constructiva y espiritu de ayuda.

Lo acaba de decir antes un compañero, exactametne lo mismo que he pensado y que no termino de entender y por tanto de aceptar.


-El agente dice que no señalizaste la reduccion de velocidad...pero...en base a que aparato homologado verificó esa reduccion?

Solo es una pareciacion. Es mas, para medir velocidades se hace uno de un aparato homologado..no una simple apreciacion.

En mi ignorante opnion, en su argumentacion estaba tu salvacion pues, por un lado indica que no señalizaste, complementandolo con una "apreciacion" personal de velocidad.

Pues bien, no se señalizó porque no hubo ninguna reduccion y la apreciacion de velocidad del agente no es "palabra de ley" en este caso.

Pero que mas da cuando la ley va en contra del ciudadano...
Siento los 100 pavos, compañero.
 
Te aconsejo que recuras la denuncia, ten cuidado con lo que pones en el recurso, ya que el recurso llega al agente que te ha puesto la denuncia y el se tiene que ratificar en la misma o no, por otro lado los agentes de trafico tiene presuncion de veracidad en los referente al trafico.
Te veo recuriendo la denunica por via contencioso administrativo
Suerte
 
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