Multa por circular por el arcén ¿merece la pena recurrir?

fermin65

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Buenas tardes bmwforeros:

Vivo en Madrid y cojo a diario el atasco de la M40.
Según las circunstancias suelo ir o por el arcén o entre los coches (normalmente despacio y con cuidado, pero ilegal claro).
Antes del verano me llegó una multa de 200€ por circular por el arcén, había un coche de la guardia civil en el carril derecho y no le vi hasta que ya estaba a su altura, imagino que me cogió la matricula y me denunció, pero no me paró. Me llegó la multa e indicaban que no me pudieron identificar (parar) por razones de tráfico. Pregunté al seguro y me dijeron que no merecía la pena recurrir porque era mi palabra contra la del agente, mejor pagar 100€ (con el descuento del 50%) que recurrir y tener que pagar 200.
El caso es que a menudo hay coches de la guardia civil en el atasco y me temo que me va a llegar alguna mas un día de estos, de hecho hoy he vuelto a adelantar a otro coche de la guardia civil, esta vez no por el arcén sino entre dos carriles.
La duda es ¿Merece la pena recurrir?¿Hay posibilidad de ganar si no te han parado?¿Alguno ha ganado un recurso de este tipo o es mejor aprovechar el 50% de reducción de la multa?

Muchas gracias y saludos.
 
Buenas tardes bmwforeros:

Vivo en Madrid y cojo a diario el atasco de la M40.
Según las circunstancias suelo ir o por el arcén o entre los coches (normalmente despacio y con cuidado, pero ilegal claro).
Antes del verano me llegó una multa de 200€ por circular por el arcén, había un coche de la guardia civil en el carril derecho y no le vi hasta que ya estaba a su altura, imagino que me cogió la matricula y me denunció, pero no me paró. Me llegó la multa e indicaban que no me pudieron identificar (parar) por razones de tráfico. Pregunté al seguro y me dijeron que no merecía la pena recurrir porque era mi palabra contra la del agente, mejor pagar 100€ (con el descuento del 50%) que recurrir y tener que pagar 200.
El caso es que a menudo hay coches de la guardia civil en el atasco y me temo que me va a llegar alguna mas un día de estos, de hecho hoy he vuelto a adelantar a otro coche de la guardia civil, esta vez no por el arcén sino entre dos carriles.
La duda es ¿Merece la pena recurrir?¿Hay posibilidad de ganar si no te han parado?¿Alguno ha ganado un recurso de este tipo o es mejor aprovechar el 50% de reducción de la multa?

Muchas gracias y saludos.

:) te paso un privi.
 
Hay que recurrir siempre,.... el 99% de las multas que se recurren y ganan no son porque el sancionado tenga la razon, sino por defectos de forma, de procedimiento, dejadez de la administracion,...
La que indicas tiene una "laguna" legal en el procedimiento que permite su "escamoteo"

Saludos

Oscar
 
Muy buenas.

Relacionado con ese primer mensaje, hoy mismo, en una de las salidas de la M40, la 7 que lleva al parque ferial y que normalmente tomo para ir al trabajo, he salido como siempre, por el lateral, intento ir por el carril en el lateral de los vehículos, pero ciertamente me meto en el arcén en las zonas más estrechas. El caso es que hoy, estaba el atasco normal y todos los coches parados pero había algo distinto, a unos 200m del semáforo de la rotonda donde está la E.S. de CEPSA me encuentro 2 camiones paradísimos sin ningún tipo de señal de parada, warning o similar... el caso es que al estar a su lado, aparte de por el tamaño, voy por la línea y arcén, y freno claramente, al llegar a la altura del último camión veo que no hay ningún coche, me extraño y freno, y de repente, me encuentro a un Guardia Civil corriendo por la vía hacia arriba por el carril, a lo que freno, y el se da la vuelta como asustado, me empieza a gritar que frene que le voy a atropellar, pero ya había frenado y estaba parando ante tal situación.
El caso es que el agente, se ha venido hacia mí en modo enfado ON, aunque como digo había parado ya, y estaba en el carril delante del primer camión, y le comento que no había visto ninguna señal de parada de vía o emergencia... a lo que me contesta que como lo voy a ver si voy por el arcén, le pido disculpas y el agente sigue un poco alterado, a lo que me indica que me va a denunciar, se va hacia la trasera de la moto, y se apunta la matrícula en la mano!!! si señores en la mano, con un boli. Le pido disculpas de nuevo por no haber visto nada de la situación, aunque había frenado, en previsión de lo que hubiera delante de los camiones, al agente va a su moto en la rotonda, y empieza a dar paso, dejo pasar a los camiones y tras el segundo inicio mi marcha, ya desde la rotonda le saludo pidiendo disculpas y ya me mete el grito final!!! Ya te llegará la denuncia!!! Gracias agente!!!.
Ahora bien, mi pregunta y duda es la siguiente, en caso de circulación por este tipo de vía, M40 y su salida en este caso la 7, atascada todas las mañanas, ¿se puede circular por el arcén? He visto algún intento del pasado de permitir en circunstancias especiales dicha circulación, pero no me queda claro. Por otro lado, el agente no me ha podido ver por donde venía, pues estaba de espaldas, lo ha intuido, y lo entiendo perfectamente, seguramente la denuncia llegue en este sentido, pero está prohibido también circular a pie por estas vías, ¿no es así?. ¿Vale la pena recurrir o paso directamente al pronto pago? Voy a consultar a mmi seguro en cualquier caso, estoy con Eurolloyd, pero quería saber si tenías alguna experiencia nueva en este sentido y valorar mis opciones.
Gracias a todos, ráfagas y V'sss aparte de precaución, que es lo que nos mantiene sobre nuestras monturas.
 
Salvo que tú vehículo esté obligado a circular por el arcén, que los hay, para el resto está prohibido.
Y lo de circular a pie no lo pillo.. Quieres decir que un policía en acto de servício no se puede bajar del vehículo? Creo que vas muy desencaminado..

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
Te doy la razón en la circulación por el arcén, simplemente exponía el caso, y cómo me he encontrado al agente, no estoy criticando la acción, simplemente como ha sido, entiendo mi falta, mi pregunta es si vale la pena o no hacer algo en caso de que la denuncia me llegue.
En cuanto a la circulación por el arcén, bueno, simplemente depende del tipo de vía, vehículo, e incluso situación, pero ese no es el caso, como te indicaba Finn expongo el caso para ver si habéis tenido una experiencia similar y valorar el siguiente paso, pagar o recurrir.
Gracias en cualquier caso por tu respuesta.
 
No te sientas criticado, simplemente me daba la impresión de que tal vez se podría enfocar tu "defensa" con un "ataque"... Con suerte mientras estaba regulando con el sudor se le borró la matrícula... :)

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
Última edición:
Se apuntó la matrícula a boli en la mano????? Pincho de tortilla y caña a que no te llega nunca la denuncia... verano, calor, sudor, y guantes de moto... dudo que te llegue. El calentón inicial del GC es normal, pero se le pasará.
Lo de recurrir, si es el caso que te llegue la denuncia, ¿vas a decir que no te vio porque estaba de espaldas? Nada, es su palabra contra la tuya, y él es autoridad, así que aunque tu sepas que miente, su mentira vale más que tu verdad.

En cuanto a lo de circular por el arcén, pues efectivamente es sancionable, pero porque la ley dice que es sancionable. No se ni cuantas veces se habrá debatido el tema, e incluso en algún proyecto de reforma de ley se hablaba de permitir la circulación en determinados casos. En M40, M30 atascos diarios, aglomeraciones, los que cogemos la moto a diario sabemos que, o vas por el arcén, o te vas en coche, con el a.a. y quemando combustible.
 
Última edición:
Circular entre filas está prohibido, otra cosa es que se haga la vista gorda en algunas condiciones.
El arcén está reservado para emergencias, ambulancias, bomberos, policias y políticos con sus escoltas que van tarde y no madrugan lo necesario.
Eso si, estos últimos es por motivos de seguridad, la suya porque la tuya no cuenta.
 
Jejejeje gracias a todos, ciertamente en 2011 hubo un proyecto de ley, coincidente con ciertas elecciones, en el que la Asociación Mutua Motera intentó discutir a nivel Administración sobre la posibilidad de en determinadas circunstancias poder circular por el arcén, os dejo el enlace que encontré: Las motos podrán circular por el arcén en caso de retención - Sociedad - El Periódico de Aragón

Y ciertamente, tomó nota en la mano el señor agente, hasta ahí mi única esperanza es esa, pero sé que no debía ir por ahí, pero todo ha sido extraño por la situación, diría que cómica en un momento dado, teniendo en cuenta las circunstancias del tráfico, etc...

Rafagas y V'ssss y gracias a todos
 
Si no recuerdo mal, por el arcén se puede circular en caso de avería, pues eso

Enviado desde mi SM-G900F mediante Tapatalk
 
todos los arcenes hay que recurrirlos si no te han parado , hay jurisprudencia de poder circular por arcen en caso de vehículos totalmente parados ya que se alega circular en perpendicular al vehiculo de tu izquierda sin pisar o invadir el carril de arcen todo esto a velocidad adecuada para en un segundo poder detener el vehiculo en caso de maniobra de cualquier vehiculo.e decir como si fueras a 20/30 por hora.
puedes pisar la ralla continua que delimita el arcen no sobrepasarla.
 
todos los arcenes hay que recurrirlos si no te han parado , hay jurisprudencia de poder circular por arcen en caso de vehículos totalmente parados ya que se alega circular en perpendicular al vehiculo de tu izquierda sin pisar o invadir el carril de arcen todo esto a velocidad adecuada para en un segundo poder detener el vehiculo en caso de maniobra de cualquier vehiculo.e decir como si fueras a 20/30 por hora.
puedes pisar la ralla continua que delimita el arcen no sobrepasarla.

De verdad te crees eso que dices? Estás confundiendo a los compañeros. Por el arcén se puede circular cuando hay que hacerlo a velocidad anormalmente reducida por avería, no para ir más rápido que el resto de vehículos que lo hacen por los carriles de circulación.

Cualquier recurso con ese enfoque está abocado al fracaso, lo que además impediría beneficiarse del 50% de la sanción, por lo tanto yo no se lo recomendaría a nadie.
 
todos los arcenes hay que recurrirlos si no te han parado , hay jurisprudencia de poder circular por arcen en caso de vehículos totalmente parados ya que se alega circular en perpendicular al vehiculo de tu izquierda sin pisar o invadir el carril de arcen todo esto a velocidad adecuada para en un segundo poder detener el vehiculo en caso de maniobra de cualquier vehiculo.e decir como si fueras a 20/30 por hora.
puedes pisar la ralla continua que delimita el arcen no sobrepasarla.

Yo tampoco quería escribir nada, pero es que lo que dices no tiene ningún sentido. Esta prohibido y si te pillan toca pagar. Si ya es MUY MUY complicado que los recursos prosperen, sin sentido mucho mas.
Si quieres poner datos concretos de lo que afirmas estaremos encantados de debatirlo, pero es multa clara como el agua.
 
Yo tampoco quería escribir nada, pero es que lo que dices no tiene ningún sentido. Esta prohibido y si te pillan toca pagar. Si ya es MUY MUY complicado que los recursos prosperen, sin sentido mucho mas.
Si quieres poner datos concretos de lo que afirmas estaremos encantados de debatirlo, pero es multa clara como el agua.

Pero segun el enlace que ha dejado el forero David Bodas ahora parece se puede circular? Las motos podrán circular por el arcén en caso de retención - Sociedad - El Periódico de Aragón
 
El artículo es de 2011... Tardan un pelin en aprobarlo...

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
Pero segun el enlace que ha dejado el forero David Bodas ahora parece se puede circular? Las motos podrán circular por el arcén en caso de retención - Sociedad - El Periódico de Aragón

Lo había leído y se lleva ya algún tiempo hablando de la reforma, con la cual estoy de acuerdo siempre que se circule con precaucion y no como un carril mas de la carretera, pero en este hilo estamos hablando del recurso de una multa a dia de hoy con la legislación actual. Si el compañero quiere dar mas datos de lo que afirma, podremos aprender todos.
 
cada cual es libre de pensar lo que quiera ,por lo que os leo , pero recurrir con la alegación de no sobrepasar la línea ya que vais perpendicular al vehiculo de vuestra izquierda y sera retirada. a partir de hay que cada cual haga lo que quiera.pero estan ganadas todas.
 
Última edición:
A mí me han sacado la moto de debajo del culo por culpa de un coche que no miraba para adelante. Por ese motivo, si llego a un coche parado en cualquier tipo de vía, sea urbana o interurbana, me meto por donde sea con tal de no ser el último de la fila. Y "por donde sea" incluye el arcén, entre coches o por los árboles. Y si me multan, me multan, pero el último no me quedo. Si por ir por el arcén o entre coches me para un agente, pues le contaré mi caso si me deja. No tiene porqué atenuar nada si el agente decide multarme, la regla es clara, pero para mí es de largo más seguro quitarme literalmente de en medio que permanecer esperando a ver si sufro otro alcance y me ponen en órbita o me dejan en silla de ruedas para los restos. Si ya dándote por detrás en coche casi te garantiza un latigazo cervical, imagina en moto donde te llevas una galleta en la espalda de órdago. Si las normas son en pro de la seguridad, hay algunas que nos hacen más vulnerables e intento no verme afectado por esas "deficiencias de reglamentación". Es la que es y la acepto, pero no me pienso quedar a esperar a ver si el de detrás frena o no. Simplemente evito esa opción.

Si ya estás en el atasco y decides hacer lo que está prohibido, pues que sepas que te puede caer una multa. Es como correr y que te pillen. No son cosas que ocurran por casualidad. Sabes conducir, sabes el reglamento y decides si te mantienes o no dentro de las normas y que no hacerlo implica posibilidad de que te pillen y te multen. Tú mismo. A mí me pusieron una multa por ir por el arcén. De las 2 que me han puesto en moto en esta vida, por cierto. Atasco, pleno sol, verano... y me multaron porque coincidió que detrás mío apareció la patrulla de la GC haciendo algo tan peligroso como lo que hacía yo: venir por el arcén, pero mucho más rápido y sin prioritarios. Les ví, me metí entre dos coches, les dejé pasar y me pararon. No sé por qué tenían tanta prisa para ir por el arcén si luego pararon a multarme. Simplemente les fue muy fácil hacerlo. Fueron 30.000 pesetas de cuando no había "prontopago". Yo sabía que no podía ir por el arcén y ellos me multaron por ello. No hay más.

El otro día hubo un accidente en la A7. Llegué con la moto y era último. Levanté la mano, intermitente (no llevo warning) y miraba más por el retrovisor que por delante. Como el de detrás no ponía el warning, me metí entre el de delante y una autocaravana y avancé varios puestos hasta estar delante de algo más pesado que un coche: un camión. Sin problemas. Si llego a ver claramente que el de detrás ponía warning y deceleraba, igual me quedo -o no me meto tanto-, pero si tengo la mínima duda, me quito de en medio. Haya GC o el Papa de Roma. Es como una vez que estando el semáforo en rojo, ví por el retrovisor un todoterreno que venía derrapando por mi carril. ¿Qué quieres que haga? pues saltármelo y apartarme de mi carril para dejarle sitio. Acabó encima del paso de peatones. Vamos, que me hubiera dado. ¿me lo salté? sí. ¿me podrían multar por ello? sí. ¿me lo volvería a saltar? sí. ¿aunque hubiera un guardia delante? Aunque hubiera 5. Ese es el tema. Ahora, saltármelo porque me aburro... pues ya no.
 
señores ante todo hablamos en vehículos parados , o es que nadie estando la GC o los mossos en vez de adelantarlos en una autovía por el carril central les ha adelantado por el arcen , ojo sin casi invadirlo, pegados al coche de la izquierda.en eso segun juicios ganados impera el sentido común.por eso la DGT lo estaba debatiendo para autorizarlo,por haberse ganado juicios.
 
cada cual es libre de pensar lo que quiera ,por lo que os leo , pero recurrir con la alegación de no sobrepasar la línea ya que vais perpendicular al vehiculo de vuestra izquierda y sera retirada. a partir de hay que cada cual haga lo que quiera.pero estan ganadas todas.

¿ Pero como van a estar ganadas todas, si esta prohibido adelantar por la derecha en carretera? Ademas si el agente escribe que se circulaba por el arcen adelantando a los vehículos, es por el arcen, no es por la via, con lo cual tampoco cuela. Se de muchísima gente que les han multado por circular por el arcen y todos han tenido que pagar, solo tienes que leer este foro.
Si tan seguro estas podrias poner datos concretos de alegaciones, jurisprudencia, experiencia, etc, y ayudar a la gente, no tanto secretismo.
 
Última edición:
señores ante todo hablamos en vehículos parados , o es que nadie estando la GC o los mossos en vez de adelantarlos en una autovía por el carril central les ha adelantado por el arcen , ojo sin casi invadirlo, pegados al coche de la izquierda.en eso segun juicios ganados impera el sentido común.por eso la DGT lo estaba debatiendo para autorizarlo,por haberse ganado juicios.

¿ Que en vez de adelantar a la GC por el carril central lo haces por el arcen? No entiendo nada. Ademas es peligrosísimo ir adelantando por la derecha a 10 cms de un vehiculo por no pisar el arcen (que esta prohibido) porque tienes todas las papeletas de que te tiren al suelo. Con un vespino igual cabes, pero con una moto grande muy difícil lo veo.

No todas las caravanas son de vehículos parados, en algún momento se mueven o circulan a velocidad lenta.

Repito ¿puedes poner algún enlace a juicios ganados con esa argumentación?
 
Última edición:
Para mi también prevalece mi seguridad sobre determinadas normas de tráfico... Sobre todo muchas que están pensadas para los automóviles y no para motocicletas..

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
Te voy a poner alguna normativa:

Artículo 82. Adelantamiento por la izquierda. Excepciones.
1. En todas las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y
seguridad vial, como norma general, el adelantamiento deberá efectuarse por la izquierda del
vehículo que se pretende adelantar (artículo 32.1 del texto articulado).
2. Por excepción, y si existe espacio suficiente para ello, el adelantamiento se efectuará por la
derecha y adoptando las máximas precauciones, cuando el conductor del vehículo al que se pretenda
adelantar esté indicando claramente su propósito de cambiar de dirección a la izquierda o parar en
ese lado, así como, en las vías con circulación en ambos sentidos, a los tranvías que marchen por la
zona central (artículo 32.2 del texto articulado).


Con lo cual no se puede adelantar a nadie por la derecha.


Artículo 85. Obligaciones del que adelanta durante la ejecución de la maniobra.
5. El conductor de un vehículo de dos ruedas que pretenda adelantar fuera de poblado a otro
cualquiera lo hará de forma que entre aquél y las partes más salientes del vehículo que adelanta
quede un espacio no inferior a 1,50 metros.


No se puede adelantar a nadie pegado a su lado, hay que dejar 1.50 m.
 
Que conste que yo también me cuelo con la moto por donde puedo con mucha precaucion y mil ojos si hay policía, pero si me multan, poco hay que hacer.
 
Pepe, creo que llevas un lío monumental. Hablas de jurisprudencia, de recursos ganados..., de verdad, estoy convencido de que no hay jurisprudencia al respecto, entre otras cosas porque tendría que haber llegado el contencioso a la Sala de tal del Supremo, si tú conoces alguna ponla y la miramos, pero ya te digo que no la vas a encontrar. Respecto a recursos ganados... no hay ninguno y menos cuando como en este caso la infracción es clara. Circular por el arcén está prohibido y hacerlo próximo a los vehículos detenidos en el primer carril de circulación, entre éstos y el arcén, una negligencia, pues no hay espacio suficiente para hacerlo con seguridad. Otra cosa es que todos, o la mayoría, lo hagamos en un momento u otro, pero si nos pillan lo sensato es pagar y callar pues el recurso, salvo que nos suene la flauta y se les pasen los plazos, lo tenemos perdido fijo.
 
La verdad que el debate es interesante, ciertamente como ya dije incumplí y tendré que pagar si me llega la denuncia, pero que ha habido intentos de cambiar y adaptar las leyes en pro de la seguridad de todos nosotros, está claro, pero no llega, y como decís algunos, si lo veo me quito del medio, ya me pasa casi cada mañana cuando algún fanatico de los 10cm se me pega al colín, toque de freno o salida hacia adelante? Ufff les hago una seña para que se aparten, pongo el warning y si no salir de su alcance claramente.

os actualizare si me llega la denuncia y en qué condiciones.

Rafagas y V'sssss
 
.....estaremos atentos....yo voto porque no te llegará, que fue un susto para que te sirva de escarmiento.......la circulación por el arcén no está legalizada, salvo para casos muy excepcionales, y todo depende de la situación del tráfico, muchas veces, ante los atascos, son las propias fuerzas de seguridad las que te animan a circular por el arcén, pero hacerlo de "motu propio" no ayuda mucho cuando las fuerzas del orden están cerca.......................eso sí, si no están, pues ya que vamos yendo poco a poco y con vista..........
 
Marditoz Roedore están escondidos para darte el capon cuando menos te lo esperas.
Aquí por Barcelona conforme vas llegando a la capital y la via esta congestionada las motos cogen el arcen y vamos tirando palante, diría que aquí hacen la vista gorda o al menos a mi me da la sensación. Despacito pero palante.
Entre vías ya no me atrevería a circular porque le veo mas peligro que miedo a la multa.
 
eso, vamos a liarla más :D Ni por la derecha, ahora dice Macauy que ni por la izquierda... debe ser que ahora se pasa directamente por encima... o por debajo

Perdon, quise decir derecha. Ya esta subsanado. :rolleyes2:
 
Y ahora fuera de cachondeo, espero que el compañero Pepe Lopez aclare lo que ha expuesto y no quede este hilo como tantos y tantos que no se soluciona nada. ;)
 
hola macauy , hay poco mas que hablar , aquí preguntan vale la pena recurrir y yo digo si , todo lo demás es hablar mas de lo mismo,que tu no lo compartes pues no recurras ya esta, que yo digo blanco y tu negro pues bien , pero permíteme escriba y no me pidas aporte un notario
que de fe de muy buen rollo ja ja ja y cada cual se exprese ya que esto es un foro de variopintas opiniones o vivencias.un saludo compañero
 
hola macauy , hay poco mas que hablar , aquí preguntan vale la pena recurrir y yo digo si , todo lo demás es hablar mas de lo mismo,que tu no lo compartes pues no recurras ya esta, que yo digo blanco y tu negro pues bien , pero permíteme escriba y no me pidas aporte un notario
que de fe de muy buen rollo ja ja ja y cada cual se exprese ya que esto es un foro de variopintas opiniones o vivencias.un saludo compañero

No te diriges a mí Pepe, pero te pediría que cuando afirmes algo tan contundentemente que lo refrendes de algún modo, a poder ser con la documentación que afirmas que existe.

Dicho lo anterior, sé que no es posible que hagas tal cosa porque sencillamente no existe la jurisprudencia de la que hablas y la tozuda realidad es que pocos recursos se ganan y muchos menos cuando efectivamente la infracción se ha cometido y cuando, por si fuera poco, la palabra de un agente encargado de la vigilancia del tráfico que denuncia, hará fe de la infracción cometida, salvo prueba en contrario, ahora bien, si de lo que se trata es de hablar por hablar, pues vale, di lo que te apetezca que yo por mi parte pondré el contrapunto.
 
hola macauy , hay poco mas que hablar , aquí preguntan vale la pena recurrir y yo digo si , todo lo demás es hablar mas de lo mismo,que tu no lo compartes pues no recurras ya esta, que yo digo blanco y tu negro pues bien , pero permíteme escriba y no me pidas aporte un notario
que de fe de muy buen rollo ja ja ja y cada cual se exprese ya que esto es un foro de variopintas opiniones o vivencias.un saludo compañero

No es cuestión de opiniones, has afirmado cosas que pueden confundir a la gente, cosas concretas que de ser ciertas tienen una muy fácil demostración. Se te ha pedido de buen rollo que demuestres tus afirmaciones que han sido muchas y algunas, bastante controvertidas y al final escurres el bulto.
 
Última edición:
hola amigo , macauy y dibi , por vuestro escrito denoto que no me habéis leído , preguntan si vale la pena recurrir , y yo digo si.
dice que no le pararon , por lo que se sobreentiende no hubo conduccion temeraria y que los vehículos estaban parados , hoy dia por suerte
y cada vez mas aunque el reglamento muy claramente diga la prohibición de circular por el arcen , tambien es verdad que a vehiculos parados
una moto se sobreentiende el que no haga caravana y sea la ley mas laxa , el reglamento tambien prohíbe pisar linea continua y la gran mayoría de coches en carreteras muy utilizadas por ciclistas no habiendo peligro para la circulación para no ir a 20 por hora los adelantan utilizando parte de la calzada contraria ,si DGT quisiera con reglamento en mano miles de multas diarias, pero por sentido común las revocarían para evitar un malestar generalizado , con esto quiero decir que un arcen es prohibido, pero las revocan (en casos claros de vehiculos parados y velocidad acorde a parar en segundos )por suerte muchas cosas de poco calado cada vez van a mejor.espero que con esto ya os valga, ya que ni voy ni tengo que demostrar nada puesto que esto es como os dije antes un foro de amigos .
 
Adelantar ciclistas con línea continua está permitido... en fin.
 
Pepe Lopez, cuando empezaste a escribir sobre recursos pensé que eras experto en la materia de una forma u otra, pero me he dado cuenta (con todos mis respetos) que no tienes ni idea. Acabas de inventarte que la Administración es laxa con los coches que adelantan en continua a ciclistas y por sentido común las revocan cuando ESTA PERMITIDO !!!!
Y vale que estamos entre amigos, pero es que has hecho unas afirmaciones que vaya tela! Te recuerdo algunas:

Hay jurisprudencia en caso de circular por el arcen con vehículos parados ya que se alega circular pegado al vehiculo sin pisar el arcen. ¿Pero que jurisprudencia? ¿Dónde esta publicada? ¿Cómo se va a poder alegar eso si no se puede circular pegado a un vehiculo ni adelantar por la derecha? Esta prohibido.

Estan ganadas todas. Pues si están ganadas todas (afirmación) enseñanos una al menos para corroborarlo.

o es que nadie estando la GC o los mossos en vez de adelantarlos en una autovía por el carril central les ha adelantado por el arcen , ojo sin casi invadirlo, pegados al coche de la izquierda.en eso segun juicios ganados impera el sentido común.por eso la DGT lo estaba debatiendo para autorizarlo,por haberse ganado juicios.
No se puede adelantar por el arcen y menos a la policía, eso es una barbaridad lo que cuentas. Se han ganado juicios ¿eso es afirmación u opinión? Pon algún juicio ganado por eso.

Si se hacen afirmaciones y se confunde a la gente y los compañeros te preguntamos que menos que poner alguna prueba, no vale salir por la tangente.
 
David Bodas....al final te llegó la multa o se le borró la matricula con el sudor ? estoy intrigado si llevaba un boli normal o indeleble :embarassed:
 
A los funcionarios de a pie les dan BiC normal... :D... Si les dan.... Yo apuesto a que si era un follón gordo en pleno verano se le borró..

"La moto cura cosas que la medicina no puede ."
 
hola amigo , macauy y dibi , por vuestro escrito denoto que no me habéis leído , preguntan si vale la pena recurrir , y yo digo si.
dice que no le pararon , por lo que se sobreentiende no hubo conduccion temeraria y que los vehículos estaban parados , hoy dia por suerte
y cada vez mas aunque el reglamento muy claramente diga la prohibición de circular por el arcen , tambien es verdad que a vehiculos parados
una moto se sobreentiende el que no haga caravana y sea la ley mas laxa , el reglamento tambien prohíbe pisar linea continua y la gran mayoría de coches en carreteras muy utilizadas por ciclistas no habiendo peligro para la circulación para no ir a 20 por hora los adelantan utilizando parte de la calzada contraria ,si DGT quisiera con reglamento en mano miles de multas diarias, pero por sentido común las revocarían para evitar un malestar generalizado , con esto quiero decir que un arcen es prohibido, pero las revocan (en casos claros de vehiculos parados y velocidad acorde a parar en segundos )por suerte muchas cosas de poco calado cada vez van a mejor.espero que con esto ya os valga, ya que ni voy ni tengo que demostrar nada puesto que esto es como os dije antes un foro de amigos .

Empiezo a entender que no quieras explayarte más. Cuanto más escribes más te lías.

Mira, una cosa es lo que a ti te parezca y otra muy distinta lo que es o no es reglamentario. Eso de que se sobreentiende que una moto no haga "caravana"... pues no, oiga, mire usted, las motos como el resto de vehículos están sujetos a los distintos reglamentos y han de cumplir las normas. Si no las cumplen y son denunciados no se puede recurrir con el argumento de que como es una moto no va a hacer "caravana", porque ya me veo al funcionario denunciante, que es el que va a recibir tu recurso para que lo conteste, desternillándose de risa. Así las cosas tú dices que SÍ vale la pena recurrir, lo que quiere decir que no te vas a beneficiar del descuento del 50% en el importe de la sanción y que la desestimación del recurso está (salvo que sonara una rara flauta), asegurada.

Dices que el Reglamento también prohibe pisar la línea continua para adelantar a unos ciclistas, ya te han contestado que eso tampoco es cierto. Si hay visibilidad y no hay peligro se puede invadir el sentido contrario de la circulación, incluso con línea continua, para realizar un adelantamiento a ciclistas o VE que transiten ocupando parte del arcén (éstos sí que pueden circular por él). También dices que que la DGT revocaría miles de denuncias, si se produjeran, por este concepto..., con todo el cariño, no tienes ni idea.

Opinar sí, pero con algo de fundamento, o sin él siempre que no se asegure algo que va contra las normas y el sentido común.
 
me vuelvo a reafirmar en la consulta , si merece la pena recurrir , y para mi es si , hay despachos especializados en solo recurrir multas y como bien sabeis no les falta faena ya que son recurribles la inmensa mayoría de denuncias, que quereis seguir en vuestras trece , perfecto,pero por favor por mucho que digais basándoos en el reglamento hay cientos de despachos que basándose en el reglamento las recurren y ganan. si os vais a agarrar a una coma para seguir escribiendo mas de lo mismo , os agradeceria me dejarais tener mi opinion en lo de recurrir , ya que como digo cientos de despachos viven de ello , espero con esto acabar estos escritos repitiendo siempre lo mismo.
buscar algún despacho e informaros , un saludo.
 
me vuelvo a reafirmar en la consulta , si merece la pena recurrir , y para mi es si , hay despachos especializados en solo recurrir multas y como bien sabeis no les falta faena ya que son recurribles la inmensa mayoría de denuncias, que quereis seguir en vuestras trece , perfecto,pero por favor por mucho que digais basándoos en el reglamento hay cientos de despachos que basándose en el reglamento las recurren y ganan. si os vais a agarrar a una coma para seguir escribiendo mas de lo mismo , os agradeceria me dejarais tener mi opinion en lo de recurrir , ya que como digo cientos de despachos viven de ello , espero con esto acabar estos escritos repitiendo siempre lo mismo.
buscar algún despacho e informaros , un saludo.

He tenido la suerte o la desgracia de contestar a innumerables recursos de ésos a los que te refieres y te puedo asegurar que en su inmensa mayoría, dan pena por lo inconsistentes. No te creas que hay un abogado detrás de cada recurso ni un recurso redactado expresamente para cada denuncia. Lo último que haría sería confiar el resultado a una empresa de ésas quita multas.

Sí que te doy la razón en que hay mucha gente que vive de ello lo que no quiere decir que obtengan buenos resultados. Ellos ganan siempre y si pierden el que paga la broma es el cliente.
 
los despachos especializados en estos asuntos la gran mayoria trabajan a resultas (cobran si ganas), ya que para obtener clientela en un sector muy saturado o se dan seguridades al cliente o por lo mismo que dices nadie recurriría.
 
los despachos especializados en estos asuntos la gran mayoria trabajan a resultas (cobran si ganas), ya que para obtener clientela en un sector muy saturado o se dan seguridades al cliente o por lo mismo que dices nadie recurriría.

Qué seguridad le dan al cliente, si pierden el recurso paga acaso el abogado el 50% de la sanción al cliente?
 
hola dibi , a veces en la vida uno cree unas cosas y hasta que no estas metido en harina no ves las otras , no se de donde eres , pero seguro que en algúna carretera de esas de dios hemos estado cerca , si nos viéramos igual que tu estoy segurísimo me podrias explicar cosas reales yo también , con lo que solo espero nos veamos o quedemos a desayunar o comer alguna vez y cambiemos impresiones, un saludo
 
No hay problema en desayunar o tomar unas cervezas y charlar, no estaremos muy lejos, yo te escribo desde Cerdanyola, pero me temo que yo no te iba a convencer y, por supuesto, tú a mí tampoco ;)
 
Menos mal que hay foreros como Dibi que saben de que hablan por que hay alguno que como escribir es gratis suelta cada prenda ....
 
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