Multa por quedar atrapado en atasco

josedelarosa

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Esta es la situación: Cruzo semáforo en ambar y el vehiculo que me precede frena por que va a girar a su izquierda y el trafico no se lo permite, me detengo y al iniciar la marcha en medio del cruce se pone el semaforo ya rebasado en rojo y todo esto ante la mirada de los municipales que evidentemente me detienen y me preparan una receta 200 pavos. Ahora que hago?? recurro ?? o pago pronto y me ahorro 100€?? supongo que si opto por el prontopago me quitan automaticamente los puntos. Gracias de antemano.
 
La denúncia debe ser por detenerte sobre la parrilla, si esta bién señalizada págala con descuento. En el supuesto que no existan marcas viales puedes intentar un recurso.
 
Buenas,

como dice el compañero, estabas parado en la parrilla? o era un cruce sin dicha parrilla, si es asi, alguien te lo podra confirmar creo que la multa no es correcta, puesto que ese semaforo ya no te aplicaba al haberlo rebasado y tendrias que hacer caso a la señalización horizontal (ceda o stop).

Salut i Vsss
 
Al pasar en ambar ya cometes la infracción, pero si quieres recurrela.

Suerte.
 
Tendriamos mas posibilidades de ayudarte si nos dijeras el motivo de la denuncia, si fue por interrumpir el trafico en un cruce, si fue por reiniciar la marcha cuando el semaforo ya estaba en rojo, o si fue por poner en peligro al resto de usuarios, al tener los otros el semaforo en verde..........o por pitarle al que giraba a la izquierda.......
 
Hola DELIUMRT:

Si recurres, no pongas que rebasaste el semáforo en ámbar o estarás reconociendo una infracción.
De todas formas hay que pensárselo para recurrir hoy las multas, pierdes la bonificación del 50% y es muy raro que estimen las alegaciones. Claro que cada ayuntamiento es un mundo.
Como sabemos una vez terminado el procedimiento en vía administrativa hay que meterse en un contencioso que es bastante más caro que pagar la multa y sin seguridad de ganarlo.
Los ayuntamientos también lo saben y aunque en los expedientes se hayan cometido todo tipo de irregularidades se aprovechan de esta situación para recaudar, saben que no vamos a llegar al juzgado.
Es una vergüenza pero es lo que ocurre en el 90% de los ayuntamientos y ahora que están “tiesos” pues peor.

Saludos y suerte.
 
Gracias por vuestros consejos, el semaforo lo pasé en ambar y no había parrilla la multa dice "no detenerse en semaforo en rojo" :( aunque no es cierto me lo tomaré como un donativo de 100€ a mi Excmo.Ayto. ::) la putada es lo de los puntos. :'(
Rafagas a todos
 
Con todos mis respetos, no estoy de acuerdo contigo......eso no es del todo cierto.

El texto denunciable es:

""No respetar el conductor de un vehículo la
luz roja no intermitente de un semáforo.""

Artículo 146 del vigente RGC, penalizada con 4 puntos y 200 €. No hace mención alguna a semáforos en ámbar.



Te podrían denunciar, en todo caso, y buscándote las cosquillas, por no pararte estando el semáforo en ámbar, cuando el conductor sabe de antemano que está demasiado cerca para evitar rebasarlo, y éste pasa a fase roja, que no es lo mismo.

El año pasado, en el mes de marzo, hubo un problema con ese tema en las fotos que remitían por rebasar los semáforos en rojo en calles de Madrid, cuando en realidad estaban en ámbar.


Un saludo, y repito que puedo equivocarme, de hecho, ya me sucedió el otro día por querer ser demasiado rápido en las ayudas.
 
7D7F747F687B767F687B697F681A0 dijo:
Con todos mis respetos, no estoy de acuerdo contigo......eso no es del todo cierto.

El texto denunciable es:

""No respetar el conductor de un vehículo la
luz roja no intermitente de un semáforo.""

Artículo 146 del vigente RGC, penalizada con 4 puntos y 200 €. No hace mención alguna a semáforos en ámbar.



Te podrían denunciar, en todo caso, y buscándote las cosquillas, por no pararte estando el semáforo en ámbar, cuando el conductor sabe de antemano que está demasiado cerca para evitar rebasarlo, y éste pasa a fase roja, que no es lo mismo.

El año pasado, en el mes de marzo, hubo un problema con ese tema en las fotos que remitían por rebasar los semáforos en rojo en calles de Madrid, cuando en realidad estaban en ámbar.


Un saludo, y repito que puedo equivocarme, de hecho, ya me sucedió el otro día por querer ser demasiado rápido en las ayudas.

Buen comentario... Ojo a lo que aconsejamos. ::)
 
Tal como dice el Reglamento de conductores, ante una luz de semáforo amarilla [highlight]no intermitente[/highlight] se parara en las mismas condiciones que si fuese [highlight]roja[/highlight], pero añade unas excepciones, cuando si paras puedes provocar un accidente o si no tiene tiempo material para parar (se pone ambar en el momento en que se llega al semáforo). Eso que hacemos muchos de acelerar cuando se pone en ambar para no pillar el rojo es una sanción de la misma cuantía que no respetar el rojo, salvo por los puntos.
Lo que pasa al hacer esta ultima acción es que no nos damos cuenta y pese al acelerar cuando llegamos al semáforo este [highlight]ya está en rojo[/highlight] y la infracción real es no respetar el semáforo en rojo.
Otra cosa es quedarse en medio del cruce, ante lo que tenemos la obligación de salir lo antes posible, esté como esté el semáforo que nos afecta. ;)
 
No se denunciará a nadie (y no se viene haciendo, salvo el caso que expliqué con anterioridad en éste mismo post) por pasarse un semáforo en fase de luz ámbar, la única legislación que existe para denunciar una infracción semafórica, ratificada en el nuevo Reglamento General de Circulación, es el apartado k, del artículo 65, publicada en BOE. número 283, de fecha martes 24 de noviembre de 2009, en la página 99.603, en la que recuerda textualmente:

"NO RESPETAR LA LUZ ROJA DE UN SEMÁFORO".


El mismo texto existe en el vigente cuadro de sanciones de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Artículo 146 del vigente RGC, penalizada con 4 puntos y 200 €. No se hace mención alguna a sancionar o denunciar semáforos en ámbar.

Si alguien encuentra algún texto oficial, que diga que se sancionará el no respetar un semáforo en fase de luz ámbar, que lo ponga y diga donde se encuentra, y yo me la envainaré, hasta entonces, queda vigente lo que dice el Reglamento General de Circulación que he enunciado con anterioridad.

Un saludo.

Otro saludo.
 
3B3932392E3D30392E3D2F392E5C0 dijo:
Si alguien encuentra algún texto oficial, que diga que se sancionará el no respetar un semáforo en fase de luz ámbar, que lo ponga y diga donde se encuentra, y yo me la envainaré, hasta entonces, queda vigente lo que dice el Reglamento General de Circulación que he enunciado con anterioridad.

¡oído cocina! Que soy un crack en temas de Tráfico ;)

Aquí lo tienes:

Reglamento General de Circulación (R.D. 1428/2003, de 21 de noviembre

Artículo 146c: No detenerse, pudiendo hacerlo sin peligro, ante la luz amarilla no intermitente de un semáforo.

Cuantía de la sanción: 200€, con descuento del 50%, 100€ y no implica la pérdida de puntos del carnet de conducir.
 
Efectivamente, pero me referia a articulos sancionables que esten actualmente en vigor en el nuevo Reglamento General de Circulacion, el que comentas, aparecía en el sancionador del año 2009.





Un saludo

Tienes que entender, que cuando circculas con un semaforo en verde, tendrias que ser adivino para saber en que momento se va a poner el semaforo en ambar, por lo que es imposible preveerlo............y, por tanto, no te van a denunciar...........distinto es o seria cuando el semaforo ya esta en ambar y  lo vemos con claridad, rebasandolo a sabiendas de que podemos detenernos, ya que si continuamos, sabemos que lo rebasaremos en rojo, que es el supuesto que existe para estos casos, eso si seria denunciable, como ya habiamos aclarado en anteriores post's.
 
............pero ahora te pe paso una copia del actual Reglamento Sancionador, en la página dedicada al tema de semaforos, expedido por la DGT y que es utilizado por quien se encarga de sancionar las distintas infracciones que cometemos habitualmente, es el actualizado del año 2010.....y ya no aparece......





PORTADA:

 
34363D3621323F362132203621530 dijo:
Efectivamente, pero me referia a articulos sancionables que esten actualmente en vigor en el nuevo Reglamento General de Circulacion, el que comentas, aparecía en el sancionador del año 2009.
Negativo. Estás equivocado.   En el que tú llamas nuevo Reglamento General de Circulación, es tan solo una modificación del RD 1428/2003.

Busca en el BOE y con fecha 07/03/2011 verás las modificaciones. El Reglamento es el mismo, solo que con algunas modificaciones.

Y si te vas al Artículo 146.c verás que estoy en lo cierto.

34363D3621323F362132203621530 dijo:

Lo que tú pones aquí no es el Reglamento completo. Solo es el chuletario, que no me importa decirte... usamos los Agentes de Tráfico.  He dicho usamos, así que comprenderás que del tema entiendo un poquito  ;)

Y también te equivocas con que es actualizado de 2010, porque el actualizado es de marzo de 2011 como te he dicho más arriba.

Este "chuletario" es como un abreviado de lo que habitualmente constituyen el 90% de las denuncias. Pero cuando hay dudas o cuando es algún concepto que no viene recogido en ese "librillo", entonces es cuando tiramos del que muchos llamamos "El libro gordo de Petete", y que además del Reglamento de Circulación, lleva también el de conductores, vehículos, seguro...  más de 1000 páginas.


34363D3621323F362132203621530 dijo:
Tienes que entender, que cuando circculas con un semaforo en verde, tendrias que ser adivino para saber en que momento se va a poner el semaforo en ambar, por lo que es imposible preveerlo............y, por tanto, no te van a denunciar...........distinto es o seria cuando el semaforo ya esta en ambar y  lo vemos con claridad, rebasandolo a sabiendas de que podemos detenernos, ya que si continuamos, sabemos que lo rebasaremos en rojo, que es el supuesto que existe para estos casos, eso si seria denunciable, como ya habiamos aclarado en anteriores post's.
No se si darte la razón en parte o no darte nada  ;D

Un semáforo en ambar es ROJO. El Artículo 146.c lo deja muy muy muy claro:

Artículo 146. Semáforos circulares para vehículos

c) Una luz amarilla no intermitente significa que los vehículos deben detenerse en las mismas
condiciones que si se tratara de una luz roja fija, a no ser que, cuando se encienda, el vehículo se
encuentre tan cerca del lugar de detención que no pueda detenerse antes del semáforo en condiciones de
seguridad suficientes.


Evidentemente, lo mejor es pagar y que te apliquen el descuento del 50%. Pero si recurres, ten en cuenta que tus pliegos de descargo (o sea, el recurso) va a ir a parar a las manos del Agente que te ha puesto la denuncia.

Él y solo el propio Agente que te ha puesto la denuncia es el único con derecho a retirarla o bien, lo que suele pasar en la mayoría de las veces, ratificarse en el hecho denunciado.

Os puedo asegurar a todos, que estamos bastante cansados de los típicos recursos de empresas quitamultas con tropecientos fólios de "paja" que si leyes de indefensión, que si ley de presunción de inocencia, y mil leyes que ni ellos saben lo que son, pero te ponen fechas, BOE's...

Menos mal, que para que no perdamos toda una mañana buscando entre folios lo que de verdad están reclamando, las Jefaturas de Tráfico y nuestras Unidades, ya nos subrayan las dos líneas (si llegan) de lo importante.  La mayoría se resumen en "El Agente denunciante falta a la verdad" o "El Agente de la Autoridad por todo ello miente...".  En fin.


Eraser1, no es por desanimarte, pero el Artículo creo que te he demostrado que existe.  Otra cosa es como te hayan puesto la denuncia y en qué casos.

Si rebasas el semáforo en ambar y podías frenar sin provocar colisión por alcance al coche que circulaba detrás tuyo, ya sabes: ambar = rojo.

Deliumrt, lo dice claro:  "Esta es la situación: Cruzo semáforo en ambar y el vehiculo que me precede frena por que va a girar a su izquierda y el trafico no se lo permite, me detengo y al iniciar la marcha en medio del cruce se pone el semaforo ya rebasado en rojo y todo esto ante la mirada de los municipales que evidentemente me detienen y me preparan una receta 200 pavos."
 
Estás tremendamente equivocado XR-Xcully y si como dices utilizas el "chuletero", pues significa que perteneces a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado....y eso me apena todavía más.

He intentado, desde el año 1978 que me subí a mi primera moto oficial, explicar a mis compañeros, lo que significa el espíritu de la Ley, en cada uno de sus artículos, y no se debe denunciar a nadie por sobrepasar un semáforo estando en fase de luz ámbar, salvo casos muy específicos, en los que se ponga en peligro al resto de conductores.......casos en los que deberá caer todo el peso de la Ley sobre los infractores.


La norma específica lo deja claro para exculpar a estos conductores "infractores" de semáforos en ámbar: """está permitido pasar un semáforo en ámbar siempre y cuando la deceleración necesaria para quedarse por detrás de la línea de detención no se pueda realizar en condiciones de seguridad.""

Por ésta misma razón se exculpó a miles de conductores que habían sido denunciados por las cámaras situadas en los semáforos de Madrid. (Juzgado de por medio)

Con eso, se invalida cualquier acto de denuncia por rebasar los semáforos en fase de luz ámbar en casos de circulación normal......por eso las modificaciones en el nuevo Reglamento........no para ir a buscarse al viejo el apartado correspondiente para sancionar.......no....ese no es el espíritu de la Ley....

Y no me hables de Pliegos de Descargo y de lo que te ponen las empresas y los particulares, porque seguramente he contestado más Pliegos de Descargo que tú en mis 31 años de motorista................y ésto dicho sin ánimo de menosprecio, sino por razones de edad, porque supongo que soy más veterano que tú.......


Y no hablaré más de éste tema en público por razones obvias, si quieres, resolvemos por privado nuestras discrepancias, ya que, en el fondo, supongo que somos compañeros.

Eso sí.....nunca denuncies a nadie por rebasar un semáforo en fase de luz ámbar.....a menos que sea por chulería del conductor que lo hace a sabiendas de que no le da tiempo a pasar....................nadie puede preveer el cambio de un semáforo de verde a ámbar y de ahí que el Nuevo Reglamento "deje en el olvido chuletero" (que sí que [highlight]usamos[/highlight] los agentes de Tráfico) lo de la luz semafórica ámbar y se "acuerde" únicamente de rebasar los semáforos en rojo. Eso es de justicia.

Un saludo.
 
me dices XR-Xcully, en uno de tus apartados:
[highlight]Y también te equivocas con que es actualizado de 2010, porque el actualizado es de marzo de 2011 como te he dicho más arriba.
[/highlight]



Y se me olvidaba decírtelo.....la DGT imprimió y remitió los nuevos Codificados en el año 2010.......aunque puede que a algún Destacamento llegaran en el 2011, pero la DGT lo deja claro en su contraportada.


   
 
Un motorista... parar en ambar con un vehículo detrás, puede estar en riesgo de que le alcancen. Yo, si no lo veo muy claro, no paro en ambar, si esta luz me "sorprende" con la moto llevando coches detrás.

Bueeeno. En España, siempre ha sido así;

Verde = Pase Ambar = acelere Rojo = no pase ;)

Gracias por las explicaciones a todos.
 
Mi experiencia, hace un año, por detenerme en un semáforo en ámbar (luz fija) en Madrid, es la siguiente: el coche de atrás debía andar despistado y salimos disparados mi mujer, la moto y yo. Afortunadamente no tuvo consecuencias serias, solo los daños de la moto.
Así que .....
Saludos
 
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