Antes ibas al abogado quita multas y su estrategia era que no cogieras ninguna carta certificada de tráfico. Eso funcionaba para librarte de la multa por falta de comunicación hasta que prescribía el plazo. Ahora ya no prescribe y si correos echan para atrás una notificación porque no estás en tu domicilio o por qué no quieres cogerla o porque no te llega, el proceso de cobro sigue su curso y tráfico te da por avisado si no has presentado recurso a los 30 días y si en este periodo no recurres ya no podrás beneficiarte del 50% de pronto pago. Pero la multa no se anula por falta de comunicación.
En tu caso la multa no te ha llegado pero la multa no estará anulada con toda seguridad, seguramente te llegará más adelante. Si no te llega será por traspapeleo ya que no suelen ser muy eficientes.
Ten en cuenta que si cambias de domicilio estás obligado a comunicarlo a tráfico antes de 15 días. Eso muchos no lo saben y les llega el embargo directamente sin haberse enterado de que le han multado.
A ver, que igual no me expliqué bien.
La multa no llegó en primera instancia.
Ni correo ordinario, certificado ni nada.
Luego me llega la notificación certificada en vía de recaudación ejecutiva.
Ahí recurrí y además me respondieron, no hubo silencio administrativo.
Esto ya vi la resolución con certificado fnmt en la web del ayuntamiento, mis carpetas / mis procedimientos.
La fase de recaudación se canceló y la multa con posibilidad de pronto pago no la volvieron a enviar.
No se, es fácil.
A mi me llega una multa de 100 pavos, con foto, sin foto, de parking...
No pierdo el tiempo, 50 pavos y a otra cosa mariposa.
Que habré pagado 3 en 20 años entre pitos y flautas.
Este caso fue reciente, 2019 o así.
Lo que no pueden es cercenar derechos porque correos o quien sea, que también usan otra empresa, la caguen.
Y sino que notifiquen vía telemática, que se puede. Estamos en 2023.